Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Enero de 2016, número de resolución KLCE201501427

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201501427
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución29 de Enero de 2016

LEXTA20160129-027 Pueblo de PR v. Méndez Valentín

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÚEZ-AGUADILLA

PANEL ESPECIAL

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Apelado
v.
HÉCTOR MÉNDEZ VALENTÍN
Apelante
KLCE201501427
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez Caso Núm. ISCR200901462 SOBRE: Infr. Art. 99 del Código Penal

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González y las Juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes.

Piñero González, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de enero de 2016.

Comparece el señor Héctor Méndez Valentín (señor Méndez Valentín o el peticionario) y solicita la revocación de una Determinación emitida el 13 de julio de 2015 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez (TPI), notificada el 20 de julio del corriente año. Mediante el referido dictamen el TPI declaró No Ha Lugar la Moción al Amparo de la Regla 192.1 y 185 de Procedimiento Criminal presentada por el peticionario el 6 de julio de 2015.

Por los fundamentos que pasamos a exponer DENEGAMOS la expedición del auto de Certiorari.

I.

Por hechos ocurridos entre los años 1992 y 1998, así como en el año 2005, el 5 de octubre de 2009 el Ministerio Público presenta acusaciones en contra del señor Méndez Valentín por infracción a los Artículos 99(a)(8c) y 122 (7c) del Código Penal de Puerto Rico de 1974 y por infracción al Artículo 142(H)(3c) del Código Penal de 2004. Particularmente al peticionario se le imputa acceso carnal con la perjudicada, mientras ésta era menor de catorce (14) años y además, con quien tenía relación de parentesco por ser ésta su hija. El juicio se celebra por Tribunal de Derecho y el 23 de marzo de 2010, tras adjudicarle credibilidad al testimonio de la perjudicada, el TPI emite fallo de culpabilidad en contra del peticionario.

El 26 de mayo de 2010, tras recibir el Informe Pre Sentencia, el TPI celebra el Acto de Imposición de Sentencia. Allí el TPI hace constar que se encuentra culpable al señor Méndez Valentín de ocho (8) cargos de Artículo 99 (violación), siete (7) cargos de Artículo 122 (Incesto), ambos del Código Penal de 1974 y por tres (3) cargos del Artículo 142(H) (agresión sexual) del Código Penal de 2004. El TPI declara además, concurso de delitos en las convicciones por infracción al Artículo 122 del Código Penal de 1974. El Ministerio Público presenta solicitud de agravantes y la defensa presenta los atenuantes. Así las cosas el TPI impuso la siguiente pena:

En los casos ISCR200902071, ISCR200901462 AL 01468 (8 cargos) por Artículo 99(a) y a tenor con el Artículo 60 del Código Penal de 1974 y la Regla 171 de Procedimiento Criminal, el Tribunal encontró los siguientes agravantes; edad de la víctima 6 y 7 años y su vulnerabilidad, crueldad, ningún respeto humano y rechazo a las normas de decencia violando a su propia hija de nombre…

y a una amiga de ésta,… En consecuencia en los ocho (8) cargos de Artículo 99(a) Violación, el Tribunal lo sentenció a la pena máxima de veinticinco (25) años de cárcel en cada uno de los casos, consecutivos entre sí para un total de doscientos años (200).

….En cuanto a los casos ISCR200901469 al 01471 por infracción al Artículo 142(H), el Tribunal encontró fallo de culpabilidad por Agresión Sexual inciso (H),… A tenor con el nuevo Código Penal y el Artículo 72 y la Regla 161 de Procedimiento Criminal, el Tribunal encuentra los mismos agravantes, la edad de la víctima…. Que comenzó desde los seis (6) años y esta era su hija, la crueldad, ningún respeto humano, el rechazo a...

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