Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Junio de 2016, número de resolución KLEM201600011

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLEM201600011
Tipo de recursoMisceláneos
Fecha de Resolución24 de Junio de 2016

LEXTA20160624-019-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO GUAYAMA

Panel Especial

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrido
v.
GERALDO RIVERA MASSÓ
Peticionario
KLEM201600011

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Vicenty Nazario y el Juez Rivera Torres

Vicenty Nazario, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 24 de junio de 2016.

El 10 de mayo de 2016 se recibió ante la Secretaría de este Tribunal de Apelaciones una Carta informativa firmada por el señor Geraldo Rivera Massó quien, conforme surge del escrito, se encuentra confinado en el Anexo 500 de la Institución Penitenciaria de Guayama.

En la mencionada carta el señor Rivera Massó alegó que tanto el 23 de diciembre de 2015 como el 19 de febrero de 2016 remitió a este foro revisor mociones por derecho propio acompañadas de cartas informativas, pero que este Tribunal de Apelaciones no ha atendido ninguno de sus escritos. Además, que su esposa se comunicó con este Tribunal y le informaron “que estaba en turno”. Por ello, requirió a este foro revisor, mediante la Carta informativa que nos ocupa, que atendamos su caso.

Conforme a las alegaciones del señor Rivera Massó realizamos una búsqueda en el secretaría de este Tribunal de Apelaciones y no encontramos moción o carta alguna adicional a la recibida el 10 de mayo de 2016. Tampoco ninguna solicitud de revisión judicial o recurso de algún otro tipo. En fin, en nuestros sistemas de registro no aparece recurso alguno adicional al presente que fuese presentado por el señor Rivera Massó. Siendo ello así, nos corresponde determinar que no tenemos jurisdicción para atender el reclamo del señor Rivera Massó, ya que no recurre de determinación final alguna.

Conforme se establece en el Artículo 4.002 de la Ley 201-2003, Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2003, el Tribunal de Apelaciones revisará, como...

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