Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2016, número de resolución KLRA201600617

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201600617
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Junio de 2016

LEXTA20160630-0201-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL ESPECIAL

MANUEL MARTÍNEZ MELÉNDEZ
Recurrente
V.
DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
Recurrido
KLRA201600617
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Caso Núm.: B-646-16 Sobre: CÓMPUTOS

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Coll Martí; la Jueza Lebrón Nieves y la Jueza Brignoni Mártir

Lebrón Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2016.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones por derecho propio, el señor Manuel Martínez Meléndez (en adelante, el recurrente) mediante lo que aparenta ser un recurso de Revisión Administrativa. En el recurso de epígrafe, el recurrente no formula, ni discute señalamiento de error alguno, sino que este se limita a alegar, en esencia, que la Sra. Ivelisse Sepúlveda, Coordinadora Regional de la División de Remedios Administrativos le dio la razón mediante la Respuesta de Reconsideración sobre que la Técnica de Récord Criminal lo entreviste en cuanto a su liquidación de Sentencia, debido al cómputo erróneo de esta.

Adujo además, que a la fecha de hoy, la Técnica de Récord Criminal ha hecho caso omiso a la orden expedida por la Coordinadora Regional de la División de Remedios Administrativos. La Respuesta de Reconsideración fue emitida el 1 de junio de 2016 y notificada al recurrente el 2 de junio de 2016.

Por los fundamentos antes expuestos, se confirma la Resolución recurrida. De otra parte, según dijéramos, se le ordena al Técnico de Récord Criminal para que en el término de veinte (20) días, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Sentencia, proceda a entrevistar al recurrente y lo oriente para aclarar dudas sobre la liquidación de su Sentencia.

I

El 12 de mayo de 2016, el recurrente presentó Solicitud de Remedio Administrativo ante la División de Remedios Administrativos. En la referida solicitud, el recurrente expuso lo siguiente:

Favor de enviar a buscar al confinado Sr. Manuel Martínez Meléndez, para aclarar cómputos del mínimo y máximo. [. . .].

El 5 de mayo de 2011, notificada el 12 de mayo de 2016, la agencia recurrida emitió la Respuesta al Miembro de la Población Correccional. En la referida Respuesta al recurrente se le indicó lo siguiente:

[. . .] Usted será entrevistado para que exponga sus inquietudes y poder aclarar dudas...

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