Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Agosto de 2016, número de resolución KLRA201501126

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201501126
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución16 de Agosto de 2016

LEXTA20160816-024-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL ESPECIAL

JR QUALITY METAL CORP. Recurrente
v.
JUNTA DE CALIDAD AMBIENTAL
Recurrida
KLRA201501126 REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Junta de Calidad Ambiental Querella Núm.: OA-14-TE-053 Sobre: Orden de Mostrar Causa y Cese y Desista

Panel integrado por su presidenta la Jueza Ortiz Flores, el Juez Ramos Torres y el Juez Rivera Torres.1

Rivera Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de agosto de 2016.

Comparece ante este tribunal apelativo JR Quality Metal Corp. (JR Quality o recurrente) y nos solicita la revisión del dictamen emitido por la Junta de Gobierno de la Junta de Calidad Ambiental (JCA o recurrida) que acogió el Informe del Oficial Examinador y le impuso multas administrativas ascendentes a $30,997.00.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos el dictamen recurrido.

I.

El presente caso se originó el 13 de marzo de 2014 con una inspección en las facilidades de JR Quality, dedicada a la manufactura de ataúdes, por la Sra.

Sonia Feliciano Heredia, Supervisora de la División de Cumplimiento de Desperdicios Peligrosos de la JCA. La señora Feliciano Heredia examinó si la empresa cumplía con las normas legales locales y federales relativas a los desperdicios sólidos peligrosos y preparó un Informe de Inspección el 3 de abril de 2014. El informe discutía las áreas visitadas y los hallazgos sobre las deficiencias ambientales encontradas.2

A raíz de lo anterior, la JCA emitió la Orden Administrativa Núm. OA-14-TE-053 contra JR Quality que desglosó las violaciones a la reglamentación ambiental y propuso una penalidad total de $134,500.3

Debido a la contaminación y/o riesgo de contaminación, la JCA le ordenó a JR Quality: (a) a corregir de inmediato todas las deficiencias ambientales y someter evidencia del cumplimiento; (b) al cese y desista de almacenar desperdicios sólidos peligrosos sin estar rotulados; (c) al cese y desista inmediatamente

de manejar desperdicios sólidos peligrosos en su instalación si no adquiría el material para contener un derrame, descarga o para actuar en caso de una emergencia; (d) a hacer una determinación de peligrosidad de los desperdicios que generaba y someter los resultados a la JCA; (e) a mostrar causa por la que no se le debía imponer la multa propuesta de $134,500 y (f) a cumplir de inmediato con las leyes y reglamentos ambientales de la JCA. Además, se le citó a una vista administrativa.

El 20 de junio de 2014 JR Quality contestó la Orden Administrativa. Negó la mayoría de las alegaciones y adujo que su instalación siempre estuvo en cumplimiento con las leyes correspondientes. Añadió que la multa propuesta era arbitraria y caprichosa, pues no se ajustaba a la realidad de los hechos. El 7 de noviembre de 2014 la Representante del Interés Público de la JCA y JR Quality presentaron un Informe mediante el cual estipularon varios hechos.4

Tras varios trámites procesales, se celebró una vista en su fondo los días 12 y 17 de noviembre de 2014. En la misma testificó por parte del Interés Público de la JCA: la Sra. Sonia Feliciano Heredia y la Sra. Lorna M. Rodríguez Díaz y por parte de JR Quality: Luis Ayala Vázquez, Manuel E.

Rivera Bushberg, Eugenio García Pérez y el Ing. José A. Longo Figueroa.

A continuación, un resumen de los testimonios vertidos en la vista.

Sra. Sonia Feliciano Heredia

Supervisora de la División de Cumplimiento de Desperdicios Peligrosos de la JCA. El 13 de marzo de 2014 inspeccionó las facilidades de JR Quality. Describió que un desperdicio sólido tenía 4 características: reactivo, tóxico, flamable y corrosivo. Expuso que el desperdicio pasaba por un análisis para poder identificar sus características y describir que tipo de sustancia es. Manifestó que durante la inspección en JR Quality percibió que generaban thinner.

En el área de almacenamiento de desperdicios peligrosos encontró 18 contenedores sin ningún tipo de rotulación, protección o barrera que impidiera el paso de personas no autorizadas.5

Testificó que la Sra. Mayra Vélez y los empleados de JR Quality le informaron que los contenedores que observó eran desperdicios para su disposición. Catalogó a la empresa como un generador de pequeñas cantidades, pues generaba entre 100 a 1,000 kilogramos al mes de desperdicios peligrosos. También encontró en las facilidades una bañera de 220 galones llena de thinner sin cubrir ni rotular. Atestó que en la empresa le explicaron que la bañera estaba en desuso y que su contenido era para disposición.6

Relató que los desperdicios peligrosos debían tener un label que indicara el tipo de desperdicio y la fecha en que se colocó. Explicó que el thinner estaba identificado como un desperdicio por la Agencia de Protección Ambiental (EPA) y que los empleados de JR Quality desconocían que estaban trabajando con desperdicios peligrosos. Añadió que en la empresa nadie estaba adiestrado para el manejo de los mismos. Narró que cuando había un desperdicio destapado era importante que estuviera una persona en todo momento para mantener el control y un manejo apropiado. Precisó que en JR Quality no tenían un dique para contener un derrame en esa área y los desperdicios encontrados llevaban allí por lo menos 2 años.7

La señora Feliciano Heredia contó que JR Quality no tenía un número de identificación de desperdicios sólidos asignado por la EPA. Reseñó que el manifiesto sobre el transporte de desperdicios de JR Quality solo reflejó que Vieques Septical transportó agua contaminada con aceite y que ésta compañía no estaba autorizada para transportar desperdicios sólidos.8

La testigo narró que el taller de JR Quality contaba con un espacio amplio con cuatro áreas de trabajo subdivididas: el welding area, donde se pegaban las piezas, polishing area, donde se lijaba la pieza, team work area, de ensamblaje y termination area, donde se le colocaban los clavos para poder abrir y cerrar la tapa del ataúd. Añadió que en el espacio amplio del taller había un área satélite no identificada por la compañía que tenía unos drones y una bañera. Acentuó que JR Quality estaba operando como un small quantity generator porque generaba de 100 a 1,000 kilogramos de desperdicio sólido peligroso mensual.9

Enfatizó que cuando hacía una inspección de desperdicios peligrosos no era necesario tocarlos, pues no se sabía cuan perjudicial podían ser para la salud. Especificó que los empleados de JR Quality desconocían que el thinner era un desperdicio peligroso y que el problema principal de la empresa era que acumulaban los desperdicios peligrosos sin disponer de ellos adecuadamente.10

Sra. Lorna M. Rodríguez Díaz

Supervisora de la División de Permisos de Desperdicios Peligrosos en la JCA. Relató que la caracterización11 de un desperdicio era responsabilidad del generador y este debía determinar lo que manejaba y como disponerlo adecuadamente. Manifestó que el thinner era un solvente usado y por lo tanto un desperdicio peligroso.

Reseñó que la determinación de las multas era una cuestión de la división legal de la JCA y que había un penalty policy que le daba un range a las violaciones. Entendió que JR Quality admitió el desconocimiento de la reglamentación que quizás los llevó a manejar inadecuadamente los desperdicios peligrosos.12

Continuó relatando que desconocía si JR Quality generaba 100 kilogramos o menos o 100 kilogramos o más de desperdicios peligrosos. Explicó que al referir las violaciones a la División Legal de la JCA no evalúa su potencial de riesgo, ni entra en la extensión de la desviación del requisito reglamentario. Detalló que se le aplicaron los requisitos de pequeño generador a JR Quality porque acumularon thinner usado desde el 2012. Admitió que desconocía como usaban el thinner usado en JR Quality.13

Sr. Luis Ayala Vázquez

Supervisor de la planta JR Quality. Indicó que el día de la inspección por la JCA nadie le preguntó sobre lo que estaba pasando, ni se dirigieron a él. Precisó que en la planta utilizaban thinner para diluir las pinturas y para lavar, luego lo depositaban en un dron. Explicó que la bañera con thinner se utilizó para despintar las cajas cuando se dañaban. Destacó que el thinner que botaban en la tarde era el mismo que reusaban para despintar las cajas dañadas, que en algunas ocasiones eran 20 o 30. Narró que el thinner lo utilizaban para quitarle el aceite con el que venían las piezas de metal porque sino el primer no pegaba. Aclaró que la bañera con thinner no era para disponer de los desperdicios, sino para despintar las cajas, pues este actuaba como ablandador. Testificó que dejaban la caja un día o dos en thinner para entonces limpiarlas. Manifestó que el antiguo dueño de la planta quería que se reusara el thinner, por lo que siempre se usaba ya fuera para limpiar las piezas en el área de hojalatería o para diluir la pintura. Explicó que la bañera tenía un panel de madera encima para que nadie introdujera las manos.

El testigo declaró que conocía que los desperdicios que generaba JR Quality eran peligrosos. Sin embargo, no sabía cómo se disponían los desperdicios con las compañías Safety Kleen o Vieques Septical.14

Sr. Manuel E. Rivera Bushberg

Presidente de JR Quality, enunció que la inspectora de la JCA lo entrevistó cuando terminó la inspección en su planta y le preguntó acerca del thinner. Este le indicó que no sabía lo que eran desperdicios peligrosos.

Conocía que el thinner era un producto peligroso por ser flamable. Destacó que en la fábrica se manejaba con mucho cuidado y se sellaban los drones cuando terminaban de recolectarlo.

Al momento de la inspección no estaba adiestrado con el manejo de desperdicios peligrosos, desconocía de su metodología. Destacó que el thinner se seguía utilizando por lo que no tenía que rotular los receptáculos o drones donde lo almacenaban. Narró que Safety Kleen se llevó los desperdicios peligrosos después de la...

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