Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2016, número de resolución KLCE201601295
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201601295 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2016 |
| | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Caso Núm. J DP2014-0537 (602) SOBRE: Daños y perjuicios |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Gómez Córdova, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Grana Martínez.
Grana Martínez, Jueza Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2016.
Los peticionarios, Miguel A. Pola Borrero y Mariangeliz Pola Quiñones, solicitan que revisemos una decisión en la que el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Ponce, concluyó que el Tribunal de Apelaciones ordenó la desestimación de la totalidad de la demanda contra el Hospital Metropolitano. La decisión recurrida fue dictada el 2 de junio de 2016. Oportunamente, la parte peticionaria presentó una moción de reconsideración, la cual fue rechazada por el TPI el 13 de junio de 2016.
Los hechos que anteceden a la presentación de este recurso son los siguientes.
El señor Miguel A. Pola Borrero y su hija menor de edad, Mariangeliz Pola Quiñones, presentaron una demanda por impericia médica contra varios demandados, incluyendo al recurrido Hospital Metropolitano. Mediante moción, el Hospital solicitó la desestimación de la reclamación del señor Miguel A. Pola Borrero por prescripción. El recurrido no alegó que la reclamación de la menor, Mariangeliz Pola, también estuviera prescrita. El señor Pola se opuso a la desestimación de su reclamación. El hospital replicó reafirmándose en que la causa de acción incoada por el Sr. Miguel A. Pola Borrero estaba prescrita.
El 2 de octubre de 2015, el TPI dictó una sentencia parcial en la que desestimó la reclamación del señor Miguel A. Pola Borrero, pero no hizo referencia alguna sobre la reclamación de la menor, Mariangeliz Pola. El peticionario apeló la decisión. El 29 de febrero de 2016, el Tribunal de Apelaciones confirmó que la reclamación del señor Miguel A. Pola Borrero contra el hospital estaba prescrita. La sentencia dictada por el Tribunal de Apelaciones no contiene expresión alguna en cuanto a la reclamación de la menor codemandante. La sentencia del Tribunal de Apelaciones se convirtió en final y firme.
El 2 de junio de 2016 se realizó la Conferencia sobre el Estado de los Procedimientos. Durante esa vista, el TPI concluyó que el Tribunal de Apelaciones había resuelto que la reclamación de la menor Mariangeliz Pola estaba prescrita. La parte peticionaria planteó que la sentencia dictada por el Tribunal de Apelaciones no tuvo el efecto de desestimar la reclamación de la menor edad. El hospital en cambio avaló la decisión del TPI. El foro recurrido se reafirmó en que lo dictaminado incluía la...
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