Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Octubre de 2016, número de resolución KLCE201601196

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201601196
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2016

LEXTA20161024-013-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE-AIBONITO

PANEL IX

UNITED STATES DEPARTMENT OF AGRICULTURE
Peticionario
V
YLDA RITA(SUCN) CINTRON QUIÑONES
KLCE201601196 Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Caso Núm.: J CD2014-1176 Sobre: EJECUCION DE HIPOTECA
Recurridos

Panel integrado por su presidente, Juez Bermúdez Torres, la Juez Nieves Figueroa y el Juez Flores García.

Nieves Figueroa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de octubre de 2016.

Comparece ante nosotros, mediante recurso de certiorari, el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (en adelante “USDA” por sus siglas en inglés). Solicita la revocación de la Resolución y Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce (en adelante “TPI”), mediante la cual el Tribunal declaró No Ha Lugar la Moción Solicitando Sentencia Sumaria presentada por el USDA hasta tanto se gestione la declaratoria de herederos de la señora Ylda Quiñones Cintrón.

Examinado el recurso presentado, así como el derecho aplicable, acordamos expedir el auto y revocar la Resolución y Orden recurrida.

I.

Surge del expediente ante nuestra consideración que el 9 de diciembre de 2014 el USDA presentó una Demanda sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca contra los herederos de la señora Ylda Rita Cintrón Quiñones t/c/c Hilda Rita Cintrón Quiñones t/c/c Hylda Rita Cintrón Quiñones, a saber, Carmen Rodríguez Cintrón, Amaury Rodríguez Cintrón, Zulma Rodríguez Cintrón, Elsha Rodríguez Cintrón, Hilda Rodríguez Cintrón, Maria del Rosario Rodríguez Cintrón, Fulano de Tal y Sutana de Tal. El USDA alegó que la señora Cintrón Quiñones suscribió un pagaré a su favor por la cantidad de $45,400.00, a una tasa de interés anual de 9.075%, así como una hipoteca en garantía de dicho pagaré. No obstante, sostuvo que la señora Quiñones Cintrón incumplió con el contrato de préstamo hipotecario al dejar de pagar las mensualidades vencidas. Por tal razón, el USDA alegó que la suma principal de $91,233.94, más intereses y cargos por demora, está vencida, es líquida y exigible.

Además, solicitó que, de no satisfacerse las cantidades adeudadas, se ordenara la venta en pública subasta de la propiedad hipotecada.

El 9 de febrero de 2015 el señor Amaury Rodríguez Cintrón presentó su Contestación a la Demanda. Reconoció que su madre había contraído cierta obligación con garantía hipotecaria con el USDA, pero desconoce los términos, condiciones y cuantías. Además, aceptó que las partes incluidas en la Demanda son los únicos hijos de la señora Cintrón Quiñones. El señor Amaury Rodríguez Cintrón alegó afirmativamente que el USDA carece de una causa de acción que justifique la concesión de un remedio “por cuanto no ha habido interpelación judicial a los efectos de la aceptación o rechazo del caudal hereditario de doña Ylda Rita Cintrón Quiñones... cuya comunidad hereditaria no se ha constituido conforme a derecho.” (Énfasis suplido.)

Además, sostuvo que el USDA no alega ser el tenedor legítimo del pagaré hipotecario cuya obligación pretende ejecutar, lo cual es indispensable para tener legitimación activa en la presente causa de acción.

El 6 de julio de 2016 la señora Carmen Rodríguez Cintrón presentó su Contestación a Demanda. Al igual que Amaury Rodríguez Cintrón, reconoció que su madre había contraído cierta obligación con garantía hipotecaria con el USDA, pero desconoce los términos, condiciones y cuantías.

También aceptó que las partes incluidas en la Demanda son los únicos hijos de la señora Cintrón Quiñones. No obstante, no levantó ninguna defensa afirmativa.

Luego de varios trámites procesales, el 22 de septiembre de 2015 el USDA presentó una Moción Solicitando Sentencia Sumaria. Alegó como hecho incontrovertido que la señora Cintrón Quiñones había suscrito un pagaré a su favor, el cual garantizó con una hipoteca. También alegó ser el dueño y tenedor de dicho pagaré. Debido al fallecimiento de la señora Cintrón Quiñones, el USDA alegó que había incluido a cada uno de sus herederos para que le respondieran solidariamente por el préstamo reclamado. Finalmente, el USDA sostuvo que el señor Amaury Rodríguez Cintrón había aceptado en su Contestación a la Demanda la existencia de dicha obligación, por lo que procedía su pago ya que la misma está vencida, es líquida y exigible.

Junto con su Moción Solicitando Sentencia Sumaria, el USDA acompañó copia del pagaré, de la escritura de hipoteca voluntaria y de un estudio de título de la propiedad hipotecada. A diferencia de lo alegado en el contenido de la Moción Solicitando Sentencia Sumaria, no surge que se haya incluido una supuesta Declaración Jurada que acreditaba los atrasos en los pagos y el monto adeudado.

El 24 de noviembre de 2015 el señor Amaury Rodríguez Cintrón presentó una Moción en Oposición a Solicitud de Sentencia Sumaria. Alegó que no procedía dictar sentencia sumariamente, pues existe controversia, entre otras cosas, sobre si el USDA es el tenedor legítimo del pagaré en cuestión.

Además, sostuvo que aunque había admitido la existencia de la obligación, desconocía especificó desconocer la cuantía, los términos y condiciones de la misma, lo cual se encuentra en controversia. Finalmente, el señor Amaury Rodríguez...

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