Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2016, número de resolución KLAN201600864

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201600864
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2016

LEXTA20161031-034-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ-UTUADO

PANEL XI

ADOLFO FERNANDEZ PEREZ, FRANCES ALVAREZ EMOUS Y JENNIFER WOLLMAN SEPULVEDA
Apelados
v.
CARMEN IRIS IRIZARRY SANTANA
Apelante
KLAN201600864 Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de San Germán Caso Núm.: AOP2016-41 AOP2016-42 AOP2016-43 Sobre: LEY 284

Panel integrado por su presidente, Juez Figueroa Cabán, el Juez Rivera Colón y la Juez Nieves Figueroa.

Nieves Figueroa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 31 de octubre de 2016.

Comparece ante nosotros la señora Carmen Iris Irizarry Santana (en adelante “señora Irizarry” o “peticionaria”), mediante recurso intitulado “Apelación”. Solicita la revocación de las Órdenes de Protección emitidas por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de San Germán (en adelante “TPI”), mediante las cuales el Tribunal determinó que ésta había incurrido en conducta constitutiva de acecho al haber insultado, amenazado y perseguido a los recurridos, temiendo éstos por su seguridad. Así, ordenó que por espacio de un año la señora Irizarry debe abstenerse de penetrar o acercarse al Sector El Bosque de San Germán. Toda vez que la señora Irizarry recurre de unas órdenes interlocutorias y no de una sentencia, el recurso es verdaderamente un certiorari. Por tanto, lo acogemos como tal, pero mantenemos inalterada su designación alfanumérica por motivos de economía procesal.

Examinado el recurso presentado, así como el derecho aplicable, acordamos expedir el auto de certiorari y confirmar las Órdenes de Protección recurridas.

I.

Surge del expediente ante nuestra consideración que el 18 de abril de 2016, cada uno de los recurridos, el señor Adolfo Fernández Pérez (en adelante “Adolfo”), la señora Frances Álvarez Emous (en adelante “Frances”) y la señora Jennifer Wollman Sepúlveda (en adelante “Jennifer”), presentó una Petición de Orden de Protección sobre Ley Contra el Acecho en Puerto Rico contra la señora Irizarry. Adolfo alegó que “[l]levamos con este problema varios años.

Esta señora va todos los días a llenar la acera de comida para los gatos. Los vecinos y yo hemos tratado de hablar con ella y no hace caso. Ella no vive en nuestra calle y alega de que [sic] tiene permiso. Si tuviera permiso echaría la comida dentro de la propiedad. Sin embargo, lo tira en la acera. Yo ya no puedo más con la peste de ‘caca’ y ‘orines’ [sic] de los gatos. Ella no respeta y viene todos los días con actitud amenazante”.

Por su parte, Frances solicitó al TPI que “ordene a la Sra.

Carmen Irizarry Santana, a remover la comunidad de gatos que son de su pertenencia, ya que durante el plazo de más de dos años... alimenta dichos animales frente a la residencia Tetuán 21. Estas acciones de la Sra. Irizarry coartan mis derechos y los de mis vecinos y sus hijos de utilizar las aceras...

Cuando está alimentado a los gatos prohíbe el paso de menores de edad por dicha acera. La acera donde está la residencia de los menores. [...] tanto acera como entrada a mi casa y las cunetas están minadas de excremento.” Añadió que fue “amenazada hace 18 meses frente a mi hogar. La señora amenazó la vida de mis perros. Usando palabras ‘soeces’ contra mis vecinos y mi primo, residente de Tetuán 25... Que en la noche de ayer, 4/17/16, después de ser ordenada por el oficial agente Ramón H. Flores Vega (19861) a desalojar el área [y] dirigirse al cuartel estatal de San Germán, y claramente establecer que no podía volver al área, en actitud retante siguió transitando las calles antes mencionadas...

Que luego de expresar que ella tenía conocimiento de dónde yo residía, me informó que ‘tuviera mucho cuidado con mis perros’, siendo esto razón para temer por mis perros y mi propiedad... Que luego de estos sucesos la Sra.

Carmen Irizarry, en dos ocasiones transitó por frente [sic] a mi hogar de manera retante, obligándome a volver al cuartel estatal para informar lo que estaba sucediendo.”

Asimismo, Jennifer solicitó al TPI que ordenara a la señora Irizarry a “remover a toda la comunidad de gatos que ella alimenta todos los días sin fallar y debido a dicha conducta mi hija no puede jugar en la acera de mi residencia debido a que dicha señora le impide el paso cuando los gatos están comiendo aparte de que su comunidad de gatos se meten a mi residencia a hacer sus necesidades y tengo que estar limpiando constantemente por la peste a orín y excremento en mi balcón y en mi patio. [...] El viernes 15 de abril [de 2016]

fue a eso como de las 4:00 de la tarde el sargento Ríos de la policía estatal fue a mi casa a decirme que dicha [señora] fue el 10 de abril [de] 2016 al cuartel estatal a querellarse y hacer alegaciones contra mi sobrino que es menor de edad y contra mi persona... que había un hombre enmascarado en mi casa agarrándose sus partes privadas frente a ella y luego yo salí de mi hogar y dejé a mi hija sola en mi hogar con el supuesto hombre que alega dicha [señora]

lo cual nunca sucedió porque yo estaba en mi hogar con mi sobrino, primos y mi hija todos menores de edad cocinando y viendo películas en familia. Viernes 15 de abril [de] 2016 va el sargento Ríos a mi hogar a darme constancia de lo que la [señora] alega sucedió el domingo. Cuando llega yo tranquila me acerco a ella para tratar de hablar y comenzó a insultarme y llamó a la policía y ayer la madre de mi sobrino fue [a] hablar con ella y sucedió lo mismo, llamó a la policía y vinimos al cuartel a hablar con el sargento Ríos que se encontraba de turno el cual nos orientó para venir a pedir dicha orden.”

El 18 de abril de 2016 el TPI escuchó el testimonio bajo juramento de Jennifer, quien indicó que la señora Irizarry frecuenta el barrio donde ella vive y que ha tenido problemas con todos los vecinos. Declaró que la señora Irizarry indica tener permiso para alimentar a los gatos. Jennifer relató que el 10 de abril estaba en su casa con sus primos, sobrino y su hija, todos menores de edad, cocinando y viendo televisión. Según la testigo, ese día la señora Irizarry alegó que vio un hombre enmascarado en su balcón tocándose las partes privadas y dirigiéndose a ella. La señora Irizarry alegó que Jennifer se fue de la casa y dejó a su hija sola con el hombre enmascarado. Jennifer declaró que el viernes 15 de abril llegó el sargento Ríos, quien le informó que el domingo pasado (10 de abril) la señora Irizarry había ido al cuartel a denunciar lo ocurrido. Jennifer le dio su versión de los hechos al sargento y negó lo alegado por la señora Irizarry. El sargento le dijo a Jennifer que regresaría otro agente quien haría una investigación de lo alegado por la señora Irizarry. Jennifer indicó que se preocupó por las repercusiones que dichas acusaciones podrían tener en cuanto a su hija, si las autoridades le creían a la señora Irizarry.

De otra parte, Jennifer relató que los gatos de la señora Irizarry orinan y hacen sus desperdicios en la acera, por lo que ella continuamente le reclama a la señora para que se los lleve. Jennifer especificó que son aproximadamente 20 gatos y que la señora Irizarry no vive en esa calle. Indicó que el día anterior se encontraba en su casa la madre de su sobrino y ésta última fue a donde la señora Irizarry a conversar sobre sus acusaciones y se pusieron a discutir. La señora Irizarry llamó a la policía, Jennifer le explicó a la policía lo ocurrido y, según Jennifer, la señora Irizarry la hizo quedar como una “embustera” frente a los agentes. Jennifer reiteró que ella no se mete con la señora Irizarry, pero ésta última vino a “meterse” con ella y su hija. Por lo antes expresado, Jennifer indicó que acudió la noche antes al Tribunal a presentar la petición de orden de protección. Alegó que la señora Irizarry tiene una actitud retante y que hace amenazas. Jennifer hizo referencia a que la señora Irizarry ha tenido problemas en la corte con otros vecinos. Según Jennifer, la señora Irizarry se inventó que su cuñada la empujó y le dio con una escoba. Además, indicó sentirse intimidada por la señora Irizarry porque ésta hizo unas alegaciones que no son verdad y que la pueden meter en problemas innecesariamente. Declaró que la señora Irizarry también se ha inventado que los vecinos le matan los gatos.

Luego de escuchar el testimonio de Jennifer, el TPI determinó que citaría a una vista posterior a la señora Irizarry y a los demás recurridos para poder escuchar las versiones de todos.

Finalmente, el 6 de mayo de 2016 se celebró una vista ante el TPI a la que comparecieron los tres recurridos y la señora Irizarry. Surge de la regrabación de la vista que primero testificó Adolfo. Declaró que lleva teniendo problemas con la señora Irizarry desde hace dos o tres años. Indicó que “le molesta, le afecta y le saca de tiempo” la presencia de la señora en su acera porque ella no vive allí, aunque sí conoce a alguien que tiene una casa en la calle Tetuán. Según Adolfo, la señora Irizarry va todos los días a echarle comida a los gatos y tira unos cartones con comida que saca de unos sacos que tiene en el baúl de su carro. Relató que primero empezó con 6 gatitos y luego fue aumentando a más de 20 gatos, lo cual describió como una invasión de gatos. Como resultado de ello, declaró que cuando lava su carro no le dura limpio más de dos días porque los gatos se trepan encima. Explicó que se dañó su planta eléctrica por el orín de los gatos y que no soporta el olor.

Indicó que si va a pasar por la acera de su residencia, la señora Irizarry no se lo permite porque los gatos están comiendo.

De otra parte, Adolfo declaró que siente temor porque la señora Irizarry lo maldice y lo amenaza diciéndole “cuidado con lo que tu hagas si te atreves a matar un gato.” Explicó que se ha visto afectado por la actitud de la señora Irizarry y no se atreve a entrar a su casa cuando llega porque ella está allí. Relató que hace unos años ya había venido al Tribunal y le habían dado...

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