Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Noviembre de 2016, número de resolución KLRA201600576
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201600576 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 15 de Noviembre de 2016 |
| | Revisión Administrativa procedente de la Oficina de Gerencia de Permisos Ref.: 2015-SRQ-070356 2015-SRQ-070330 |
| | Revisión Administrativa procedente de la Oficina de Gerencia de Permisos Ref.: 2015-SRQ-070356 2015-SRQ-070330 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.
Rodríguez Casillas, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 15 de noviembre de 2016.
Examinado el recurso presentado, la Resolución recurrida no cumple con los requisitos de una determinación final que contenga determinaciones de hecho y conclusión de derecho; por lo que estamos ante una resolución interlocutoria para la cual carecemos de jurisdicción para atenderla. Veamos.
El 7 de junio de 2016 las señoras Sara Quiles e Irma Arroyo radicaron ante nos el recurso de revisión judicial KLRA201600576; y de e igual forma, el 9 de junio de 2016 el Municipio de Isabela presentó ante nos un recurso de revisión KLRA201600595 (parte recurrente o recurrentes). Solicitan que revoquemos una Resolución emitida por la División de Reconsideración de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) y notificada el 10 de mayo de 2016. Los recurrentes indican que la OGPe erró, a saber:
Erró la OGPe al archivar la querella núm. 2015-SRQ-070356 y determinar que le corresponde a la Junta de Planificación notificar correctamente la determinación de la Junta Revisora en el caso núm. 2013-RVA-0027.
Erró la OGPe al archivar la querella núm. 2015-SRQ-070330 sin ofrecer explicación alguna y a pesar de haber reconocido que una de las torres de comunicación permanece construida en violación al permiso de construcción en el caso núm.
2012-044421-PCO-51501.
El 20 de junio de 2016 la OGPe nos solicitó la consolidación de los casos de epígrafe. Además, el 22 de junio de 2016 la agencia nos radicó una moción en la que solicitó la “devolución” de los casos para hacer determinaciones de hecho y conclusiones de derecho; ya que reconoce que la Resolución recurrida no atendió todos los asuntos ante sí. De igual modo, el 29 de junio de 2016 Wireless Solution Inc., parte proponente/aquí recurrida, se unió a la moción de la OGPe.
El 30 junio de 2016, ordenamos la consolidación de los casos de epígrafe y el 14 de julio de 2016 declaramos no ha lugar la solicitud de devolución de los recurridos. Oportunamente, los recurridos presentaron sendos alegatos en oposición.
Sabido es que los tribunales existen para atender casos que sean...
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