Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Diciembre de 2016, número de resolución KLCE201601002

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201601002
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2016

LEXTA20161219-008-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y AIBONITO

PANEL VI

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrido
v.
HÉCTOR TORRES VEGA
Peticionario
KLCE201601002
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Criminal Núm.: D VI2002G0009 y otros Sobre: A 83/Asesinato en primer grado clásico

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González, y las Juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes.

Surén Fuentes, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de diciembre de 2016.

Comparece, representado por la Sociedad para Asistencia Legal, el señor Héctor Torres Vega (señor Torres Vega o el peticionario), mediante el recurso de certiorari de título presentado el 1 de junio de 2016. Solicita que se expida auto de certiorari y se revoque la Resolución Post-Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI), el 16 de marzo de 2016, notificada el 29 de dicho mes y año. El peticionario y su representación legal fueron notificados el 10 de mayo de 2016. En dicho dictamen se enmienda la Sentencia emitida el 13 de junio de 2002 a los únicos efectos de eliminar la convicción y pena por la infracción al Artículo 4.04 de la Ley de Armas en el caso D LA2002G0070, dejando inalterada el resto de la Sentencia.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, expedimos el auto de certiorari y confirmamos la Resolución recurrida.

I.

Por hechos ocurridos el 5 de noviembre de 2001 al señor Torres Vega se le acusa el 17 de enero de 2002 de cometer los siguientes delitos:

  1. Una infracción del Art. 83 del Código Penal de 1974, 33 LPRA sec. 4002 (asesinato en primer grado en su modalidad de felony murder rule); caso criminal D VI2002G009 en donde se alega reincidencia habitual.

  2. Dos tentativas de infracción del Art. 83 del Código Penal, supra, casos criminales D VI2002G010 y D VI2002G011 en donde se alega reincidencia habitual en ambos.

  3. Una tentativa de infracción del Art. 171 del Código Penal, 33 LPRA sec. 4277 (escalamiento agravado); caso criminal D VI2002G0103 en donde se alega reincidencia habitual.

  4. Una infracción al Art. 166 del Código Penal, 33 LPRA sec. 4272 (apropiación ilegal); caso criminal D VI2002G0102 en donde se alega reincidencia agravada.

  5. Una infracción del Art. 179 del Código Penal, 33 LPRA sec. 4285 (menos grave-daños); caso criminal D PD2001M0642.

  6. Una infracción al Art. 172 del Código Penal, 33 LPRA 4278 (menos grave-posesión de herramientas para escalar); caso criminal D PD2001M0643.

  7. Tres infracciones de los Arts. 4.04 a la Ley de Armas, 25 LPRA sec. 458c; casos criminales D LA2002G0068, D LA2002G0069, D LA2002G0070, y en todos se alega reincidencia agravada.

  8. Tres infracciones de Art. 4.15 de la Ley de Armas, 25 LPRA sec. 458n.; casos criminales D LA2002G0071, D LA2002G0072, D LA2002G0073, y en todos se alega reincidencia agravada.

  9. Una infracción de Art. 2.14 B-1 de la Ley de Armas, 25 LPRA sec. 456m; caso criminal D LA2002G0074 en donde se alega reincidencia agravada.

  10. Una infracción de Art. 4.07 de la Ley de Armas, 25 LPRA sec. 458f; D LA2002G0075 en donde se alega reincidencia agravada.

    Luego de múltiples trámites y procesos, incluyendo el que se celebrase un juicio por jurado, el 10 de junio de 2002 al señor Torres Vega se le encuentra culpable de todos los delitos por los cuales fue acusado. Ello con excepción a la infracción por el Artículo 4.07 de la Ley de Armas, supra, el...

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