Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2017, número de resolución KLCE201602101

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201602101
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Enero de 2017

LEXTA20170131-0062-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-FAJARDO

PANEL II

SCOTIABANK DE PUERTO RICO
Peticionario
v.
EDGARDO VAN RHYN, SU ESPOSA CARMEN MARÍA RAMÍREZ GIRONA TCC CARMEN M. RAMÍREZ GIRONA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Recurridos
KLCE201602101
Certiorari
procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan
Civil Núm.
K CD2016-0069
(504)
SOBRE:
COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE PRENDAS E HIPOTECA

Panel integrado por su presidente el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Juez Colom García y la Jueza Cortés González

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2017.

Scotiabank de Puerto Rico (Scotiabank) comparece y nos solicita la expedición del recurso de certiorari presentado y la revocación de una determinación realizada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI). En la referida determinación, el TPI ordenó la paralización de los procedimientos por el término de sesenta (60) días, por surgir de los autos del caso que la parte demandada, Edgardo Van Rhyn, su esposa Carmen María Ramirez Girona y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (los Van Rhyn) estaban siendo evaluados para las alternativas de mitigación de pérdidas; y ordenó el archivo administrativo del presente caso.

Evaluado el recurso presentado, EXPEDIMOS el auto de certiorari y REVOCAMOS la determinación del TPI. Veamos.

I

Scotiabank presentó una demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca, por la vía ordinaria, contra los Van Rhyn. Según alega la demanda, los Van Rhyn dejaron de pagar las mensualidades vencidas e intereses de hipoteca en el Condominio Las Alturas de San Juan. Contestada la demanda, Scotiabank presentó una Moción Solicitando se Dicte Sentencia Sumaria y el TPI le concedió a los Van Rhyn, veinte (20) días para contestar. Los Van Rhyn solicitaron una prórroga y Scotiabank se opuso.

El TPI dictó una Resolución el 14 de octubre de 2016, en ella ordenó la paralización del caso por sesenta (60) días. Expresó que de los autos del caso surgía que, la parte demandada está siendo evaluada para las alternativas de mitigación de pérdidas. Especificó que, vencido el término, las partes deberían informar al Tribunal del estado procesal del caso, para la continuación de los procedimientos y estipular o litigar sus reclamaciones.

Scotiabank solicitó reconsideración de tal orden. Alegó que conforme a la ley federal no se detiene un proceso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca por el mero hecho de que la parte demandada se encuentre en conversaciones para llegar a una alternativa de pago; y que tiene que completar la documentación requerida para efectuar una evaluación y determinar si una alternativa de pago es válida. Solicitó que se le deniegue a la...

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