Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2017, número de resolución KLCE201602344
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201602344 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2017 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Caso Núm. TPI115-0784 Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria |
Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Jueza Vicenty Nazario y el Juez Rivera Torres.
González Vargas, Troadio, Juez Ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2017.
Una de las partes demandadas en este caso acude ante este Tribunal y nos solicita que revoquemos una orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia de Bayamón (TPI). La orden está relacionada con cierta evidencia que el tribunal no permitió descubrir a los demandados. Adelantamos que luego de examinar el trámite del caso, la determinación recurrida y los argumentos de los peticionarios, denegamos expedir el auto.
En marzo de 2015, Scotiabank de Puerto Rico interpuso una demanda de cobro de dinero y ejecución de hipoteca en contra del señor José Marín Harbott y su esposa, la señora Yolanda Burgos Santana (Marín-Burgos). También, al amparo de la Regla 181 del Reglamento Hipotecario la entidad bancaria demandó al señor Edgardo Maldonado Maldonado y su esposa, la señora Ana Iris García Alicea (Maldonado-García) como titulares registrales del inmueble objeto de la demanda. En cuanto a estos últimos, Scotiabank aseveró que por ser los nuevos titulares registrales, respondían por todas las cargas y gravámenes que persiguieron al inmueble, lo que incluía la deuda aquí reclamada.
Scotiabank alegó que los Marín-Burgos suscribieron un pagaré hipotecario con vencimiento a la orden por $326,400, con intereses a razón de 7% anual. La garantía hipotecaria se constituyó sobre un inmueble que radica en el municipio de Toa Alta, según descrito en la demanda. La entidad bancaria señaló que los demandados adeudaban $293,028.84 por concepto de principal, más intereses acumulados desde el 1 de septiembre de 2014, incluyendo recargos por mora, gastos, costas y honorarios de abogado.
Surge del expediente que en octubre de 2015 el representante legal de los Maldonado-García solicitó a la abogada del banco examinar el pagaré hipotecario de la propiedad. Posteriormente, el Banco compareció al tribunal e insistió en que los deudores eran los Marín-Burgos y que los Maldonado-García fueron traídos solamente porque aparecían como titulares registrales del inmueble. En tal sentido señaló que quienes estaban autorizados para ver el pagaré original eran los otorgantes (los Marín-Burgos) y no los Maldonado-García. Por último, el Banco aseveró que como único los Maldonado-García podrían revisar el pagaré original era mediante orden expedida por el tribunal. El 26 de febrero de 2016, el TPI emitió una orden para permitir a los Maldonado-García revisar el pagaré...
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