Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2017, número de resolución KLRA201700038

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201700038
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2017

LEXTA20170228-0166-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

ERNEST SWALLOW
Recurrente
v.
ONOFRE JUSINO
Recurrido
KLRA201700038
Revisión Administrativa Procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella Núm.: SJ0016970 Sobre: Prácticas Engañosas

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, la Jueza Colom García y el Juez Candelaria Rosa

Ramírez Nazario, Erik Juan, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2017.

El recurrente, señor Ernest Swallow, comparece ante nos por derecho propio y nos solicita que revoquemos la Resolución emitida y notificada el 16 de noviembre de 2016, por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). Mediante dicho dictamen, el foro administrativo declaró no ha lugar la Querella por alegadas prácticas engañosas que presentó el recurrente en contra del señor Onofre Jusino (señor Jusino).

Considerado el recurso presentado y los documentos que le acompañan, al igual que el escrito en oposición, a la luz del derecho aplicable resolvemos desestimar el recurso instado por falta de jurisdicción, por tardío. Veamos.

I.

El caso ante nuestra consideración surge, de una querella presentada por el señor Swallow ante el DACo. En dicha querella, éste alegó que el señor Jusino incurrió en prácticas engañosas al momento de rendir sus servicios como calígrafo, pactados en un contrato suscrito por las partes el 16 de agosto de 2016. Surge del expediente, que el propósito de dicha contratación era que el señor Jusino realizara un análisis caligráfico como parte de un procedimiento de adveración y protocolización de testamento ológrafo.

De igual manera, se desprende del expediente que las partes pactaron que el recurrente pagaría por sus servicios al señor Jusino la suma de $1,000.00, sin incluir comparecencias ante el tribunal.

En el recurso ante nos el recurrente señala que luego de informarle que cobraría $165.00 por su comparecencia ante el tribunal, posteriormente el señor Jusino aumentó dicha suma a $4,800.00. El señor Swallow indicó que, por considerar onerosa dicha cantidad de dinero, se quejó ante DACo porque “no sabía qué hacer”. Cabe destacar, que el señor Swallow no acompañó con su recurso copia de la querella presentada ante el DACo. Sin embargo, de la comparecencia del señor Jusino se desprende que éste presentó su contestación a la querella el 26 de octubre de 2016.

El 16 de noviembre de 2016, el DACo dictó y notificó la Resolución objeto del presente recurso de revisión. En su determinación, el foro administrativo concluyó que surgía claramente del contrato que las comparecencias del señor Jusino ante el tribunal no estaban incluidas dentro de lo pactado por las partes. Ante ello, el...

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