Sentencia de Tribunal Apelativo de 2 de Marzo de 2017, número de resolución KLAN201601845

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201601845
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2017

LEXTA20170302-001 - Amapola Real Estates Services v.

Elizabeth Leon Cruz

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-CAGUAS

PANEL V

AMAPOLA REAL ESTATES SERVICES, INC.
Demandante-Apelante
V.
ELIZABETH LEÓN CRUZ; DORIS LEÓN CRUZ
Demandadas-Apeladas
KLAN201601845
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Caso Núm. E CD2013-0934 SOBRE: Cobro de dinero (incumplimiento de contrato)

Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, y las Juezas Grana Martínez y Romero García.

Grana Martínez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 2 de marzo de 2017.

La apelante, Amapola Real Estates Services, Inc., solicita que revoquemos una sentencia, en la que el foro primario desestimó la demanda por insuficiencia de prueba. La sentencia apelada se dictó el 6 de octubre de 2015, y notificó el 8 de octubre de 2015. La apelante solicitó reconsideración, que fue denegada el 15 de noviembre de 2016. El dictamen se notificó el 22 de noviembre de 2016.

El 13 de febrero de 2017, las apeladas, Elizabeth León Cruz y Doris León Cruz, presentaron su alegato en oposición al recurso.

I

Los hechos que anteceden a la presentación de este recurso son los siguientes.

La apelante presentó una demanda en la que reclamó a la apelada el pago de la comisión acordada en un contrato de autorización para la venta exclusiva de un bien inmueble. Amapola alegó que, el 21 de octubre de 2009, la apelada contrató sus servicios para la venta y administración de la propiedad descrita en la demanda. Amapola señaló que no logró la venta durante la vigencia de ese contrato, pero, el 9 de agosto de 2010, consiguió un cliente y arrendó la residencia. No obstante, la apelada vendió la propiedad al arrendatario sin informárselo y se negó a pagarle la comisión acordada.

La apelada alegó que, cuando vendió la propiedad, el contrato de autorización para la venta exclusiva estaba vencido, y el contrato de administración del alquiler no contemplaba el pago de comisión.

El Tribunal de Primera Instancia realizó una vista a la que comparecieron ambas partes en compañía de sus abogados. Las partes estipularon la admisión de la prueba documental siguiente: 1) Contrato de Autorización de Venta Exclusiva otorgado el 21 de octubre de 2009, 2) Contrato de Arrendamiento otorgado el 9 de agosto de 2010, 3) Contrato de Opción de Compraventa otorgado el 1ro de diciembre de 2012, 4) Escritura Núm. 66 de 31 de marzo de 2012, otorgado ante el notario Ignacio José Gorrín Maldonado, 5) carta que reclamó el pago de la comisión, cursada por la parte demandante a la parte demandada, y 6) copia de tres recibos expedidos por la parte demandante.

El foro apelado escuchó el testimonio de Carmelo Díaz López, representante autorizado de la apelante. La apelada solicitó la desestimación de la demanda por insuficiencia de prueba. El tribunal la dio por sometida y ordenó a la apelada a presentar su prueba. Dicha parte presentó el testimonio de la codemandada Doris León Cruz, pero renunció al testimonio de Elizabeth León Cruz. Ambas partes presentaron memorandos de derecho sobre la solicitud de desestimación y el caso quedó sometido.

El 6 de octubre de 2015, el foro primario dictó la sentencia apelada, en la que desestimó la demanda por insuficiencia de prueba. El Tribunal de Primera Instancia determinó los hechos probados siguientes. El 21 de octubre de 2009, las partes otorgaron un contrato de autorización de venta exclusiva del inmueble descrito en la demanda. El contrato venció sin que se materializara la venta y no fue renovado por escrito. Posterior a su vencimiento, la apelante consiguió arrendar la propiedad. El 9 de agosto de 2010, las partes otorgaron un segundo contrato, mediante el cual la propiedad fue arrendada a un tercero. La apelante compareció como administradora del contrato de arrendamiento. Las partes acordaron que la apelante recibiría una comisión con cargo...

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