Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Abril de 2017, número de resolución KLAN201601012

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201601012
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Abril de 2017

LEXTA20170428-009 - Benjamin Rebollo Oyola v.

Universidad Interamericana De PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-CAGUAS

PANEL IV

BENJAMIN REBOLLO OYOLA, JOSÉ VÁZQUEZ VÁZQUEZ
APELANTE
v.
UNIVERSIDAD INTERAMERICANA DE PUERTO RICO, Y OTROS
APELADOS
KLAN201601012
Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm. KPE2008-2734 consolidado con KPE2008-2735 Sobre: Discrimen Ilegal y Discriminatorio por razón de edad.

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y la Jueza Cortés González

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de abril de 2017.

Benjamín Rebollo Oyola y José Vázquez Vázquez [apelantes o querellantes] acuden ante nosotros en recurso de apelación para cuestionar una Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan [TPI] el 10 de junio de 2016. Mediante esta el TPI denegó las querellas presentadas por Rebollo Oyola y Vázquez Vázquez por discrimen por edad y acoso laboral.

ANTECEDENTES

El 24 de julio de 2008, Benjamín Rebollo Oyola [Rebollo Oyola] y José Vázquez Vázquez [Vázquez Vázquez]

individual y separadamente presentaron demanda por discrimen contra su patrono, la Universidad Interamericana de Puerto Rico. Posteriormente solicitaron consolidar los casos y así se dispuso.

En esencia, alegaron que Rebollo Oyola comenzó a trabajar en la Universidad Interamericana para agosto de 1985 por contrato sin tiempo determinado para la posición de supervisor de mantenimiento. Vázquez Vázquez así laboró un año después en posición similar. Ambos alegan que a principios del mes de julio de 2007 fueron citados a una reunión con todo el personal de mantenimiento para informarles que la posición de supervisor que ocupaban sería eliminada, como consecuencia directa de un plan de reorganización. Sin embargo, el 7 de septiembre del mismo año, la Universidad publicó una convocatoria de plaza vacante para el puesto de Supervisor de Conservación y Servicios Generales, puesto con las mismas funciones que ellos llevaban a cabo en el puesto eliminado.

Los demandantes, al ser eliminados sus puestos, aceptaron ser descendidos. Por ello, alegaron que la reorganización bajo la cual fueron descendidos fue una excusa para despedirlos por ser personas de edad avanzada.

La Universidad Interamericana fue emplazada, y luego de un largo descubrimiento de prueba, se celebró el juicio el 9 de diciembre de 2014; toda la evidencia documental fue estipulada.

La parte querellante presentó como testigos a la Sra. Darlin Janice torres, Directora de Recursos Humanos; Sra. María de Lourdes Ortiz, actual Decana auxiliar de Administración y quien fuera Supervisora de Conservación y Servicios Generales y supervisaba a los querellantes; Sra. Norma Flores Galarza, quien comenzó a ocupar la plaza de Supervisora de Conservación y Servicios Generales y a los querellantes Rebollo Oyola y Vázquez Vázquez. La parte querellada presentó a los testigos, Sr. Jimmy Cancel, Decano de Administración, quien presentó a la Decana el plan de reorganización y era el supervisor directo al que respondía el Departamento de Conservación y Servicios Generales donde laboraban los querellantes. También testificó la Dra.

Marilina Lucca Wayland. Sometido el caso y luego de que las partes sometieran el memorando de derecho en apoyo a sus alegaciones, el TPI emitió

Sentencia el 10 de junio de 2016. En la misma trazó las siguientes determinaciones de hechos:

  1. El querellante José Vázquez Vázquez comenzó a trabajar en la Universidad Interamericana el 4 de agosto de 1986, por virtud de contrato de tiempo indeterminado, en la posición de supervisor de mantenimiento.

  2. El querellante Benjamín Rebollo Oyola comenzó a trabajar en la Universidad Interamericana el 19 de agosto de 1985, por virtud de contrato de tiempo indeterminado, en la posición de supervisor de mantenimiento.

  3. Allá para el mes de julio de 2007, los querellantes ocupaban plazas de Supervisor de Servicios de Limpieza y fueron informados que se había realizado una restructuración administrativa y que se habían eliminado las plazas de supervisor que ocupaban.

  4. Al notificar sobre la restructuración y que las plazas de los querellantes quedaban eliminadas, la Universidad les ofreció a ambos la alternativa de quedarse en dos plazas de empleados de mantenimiento.

  5. Al ofrecerles la plaza, ambos querellantes la aceptaron. Si no cogían el puesto quedaban fuera del empleo porque las plazas habían sido eliminadas.

  6. Con anterioridad a esta restructuración de julio de 2007, se habían llevado a cabo otras restructuraciones.

  7. Hasta el 31 de julio de 2007, ambos querellantes ocupaban el puesto de "Supervisor de Servicios de Limpieza". En dicho puesto, los querellantes realizaban funciones de supervisión.

  8. Efectivo el 1ro de agosto de 2007, ambos querellantes pasaron a ocupar el puesto de "Encargado de Conservación y Mantenimiento".

  9. El 14 de septiembre de 2007, se publicó una Convocatoria para el puesto de Supervisor de Conservación y Servicios Generales y ninguno de los querellantes la solicitó.

  10. El 26 de noviembre de 2007, se publicó una Convocatoria para el Puesto de Oficial Administrativo III de Conservación y Servicios Generales y ninguno de los querellantes la solicitó.

  11. La acción de personal llevada a cabo por la Universidad no conllevó cambios en el salario mensual ni en los beneficios de ninguno de los querellantes.

  12. El nuevo puesto objeto de la acción de personal llevada a cabo por la UIPR no conlleva funciones de supervisión.

  13. Como parte de los cambios efectuados, los querellantes pasaron a realizar labores de mantenimiento, sin poder delegar las mismas.

  14. El 11 de julio de 2008, la Universidad publicó un Aviso de Plaza Vacante, Convocatoria 2008-09-002, para la posición de Supervisor de Conservación y Servicios Generales.

  15. El 15 de julio de 2008, el querellante José Vázquez presentó una solicitud escrita ante el Departamento de Recursos Humanos de la parte querellada, solicitando ser considerado para la posición de Supervisor de Conservación y Servicios Generales.

  16. El querellante Benjamín Rebollo también solicitó la plaza de Supervisor de Conservación y Servicios Generales el 15 de julio de 2008.

  17. El querellante Vázquez tiene grado universitario de bachillerato y el Sr. Rebollo Oyola tiene un diploma de escuela superior.

  18. A la fecha de julio de 2007, ambos querellantes tenían más de 60 años de edad.

  19. Los querellantes se acogieron a los beneficios del retiro y ya no laboran para la Universidad.

  20. La restructuración administrativa fue trabajada y recomendada a la Rectora Sra. Marilina Wayland, por el Decano de Administración, Sr. Jimmy Cancel, mediante memo del 18 de junio de 2007.

  21. La Rectora recomendó la restructuración para aprobación del Presidente de la Universidad, Lic. Manuel Fernós, mediante memorando del 26 de junio de 2007.

  22. Mediante memorando del 18 de julio de 2007, la Directora Ejecutiva de Recursos Humanos del Sistema, Sra. Maggie Colón Orellano, le notificó a la Rectora la aprobación de la restructuración administrativa por el Presidente Interino, Lcdo. Agustín Echevarría.

  23. Para el año 2009, en el Recinto Metropolitano de la Universidad Interamericana había un total de doscientos catorce (214) empleados administrativos, de los cuales noventa y dos (92) tenían entre 40 a 50 años de edad; cincuenta y cuatro (54) tenían de 51 a 60 años de edad; y, treinta y nueve (39) tenía de 61 a 88 años de edad.

  24. Para el año 2009, en el Recinto Metropolitano de la Universidad Interamericana había un total de doscientos once (211) empleados de Facultad, de los cuales; treinta y tres (33) tenían de 40 a 50 años de edad; ochenta y nueve (89) tenían de 51 a 60 años de edad, y, ochenta (80) tenían de 61 a 88 años de edad.

  25. Del total de cuatrocientos catorce (414) empleados del Recinto Metropolitano de la Universidad para el 2009, el 30% tenían entre 51...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR