Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Febrero de 2018, número de resolución KLCE201701825

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201701825
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2018

LEXTA20180212-008 - Gladys E. Rodriguez Cruz -

vs v. National State Security Police demandado Ronnie Petenko demandado-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE GUAYAMA, FAJARDO Y HUMACAO

GLADYS E. RODRÍGUEZ CRUZ Demandante-Recurrida Vs. NATIONAL STATE SECURITY POLICE Demandado RONNIE PETENKO Demandado-Peticionario
KLCE201701825
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao Caso Núm.: HSCI201600286 Sobre: Discrimen

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la JuezLebrón Nieves y la Juez Méndez Miró

Méndez Miró, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de febrero de 2018.

El Sr. Ronnie Petenko (señor Petenko) solicita que este Tribunal revoque una Resolución que dictó el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao (TPI). En esta, el TPI declaró no ha lugar la solicitud de desestimación que presentó el señor Petenko, en su carácter personal, en cuanto ciertas causas de acciones laborales, entre ellas, una reclamación bajo la Ley Núm.115, infra.

Se expide el recurso de certiorari y se revoca la Resolución del TPI.

I.Tracto Procesal

La Sra. Gladys Rodríguez Cruz (señora Rodríguez) presentó una Demanda Enmendada en contra de National State Security Police h/n/c Best Elite Security (NSSP) y en contra del señor Petenko, como presidente de NSSP y en su carácter personal. Entabló su reclamación al amparo de Ley Núm. 115[1], la Ley Núm. 100[2], la Ley Núm.17[3], la Ley Núm. 80[4]

y bajo los Art. 1802-1803 del Código Civil de Puerto Rico[5]. En esencia, alegó que, luego de acudir a la División de Normas y Salarios del Departamento del Trabajo, el señor Petenko: 1)la re‑ubicó de su lugar de vigilancia a uno más peligroso; 2)la descendió del puesto de Sargento; 3)le redujo el sueldo; y 4)le disminuyó las horas de empleo. Arguyó que, por razón del ambiente hostil, y las condiciones precarias de su trabajo, se vio en la obligación de renunciar. En cuanto a la Ley Núm. 115, supra, argumentó que NSSP y el señorPetenko “incurrieron en prácticas e implementaron un plan de acción en el empleo en clara represalia”.[6]

El señor Petenko presentó una Contestación a Demanda y Solicitud de Desestimación y Reconvención. Negó las alegaciones según entendió y levantó las defensas afirmativas correspondientes. Solicitó, además, la desestimación de la causa de acción en su carácter personal. Sostuvo que todas las reclamaciones que instó la señora Rodríguez imponían, únicamente, responsabilidad a NSSP.

Argumentó que “para efectos legales[,] este no responde personalmente a la [señoraRodríguez] bajo las leyes citadas”.[7]

La señora Rodríguez se opuso. Arguyó que al momento de los hechos, el señor...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR