Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Febrero de 2018, número de resolución KLRA201700872

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201700872
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2018

LEXTA20180226-012 - Mildred Rosado Sanchez v. Negociado De Seguridad De Empleo

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE GUAYAMA-HUMACAO-FAJARDO

PANEL XII

MILDRED ROSADO SÁNCHEZ
Recurrente
v.
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO
Recurrido
KLRA201700872
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, Negociado de Seguridad de Empleo Apel. Núm.: H-02694-17S Sobre: Inegibilidad a los beneficios de compensación por desempleo, Sección 4(b)(2) de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico

Panel integrado por su presidenta la Juez Coll Martí, la Juez Lebrón Nieves y la Juez Méndez Miró

Coll Martí, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de febrero de 2018.

Comparece la Sra. Mildred Rosado Sánchez por derecho propio y de forma pauperis[1] y nos solicita que revisemos una Resolución del Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, emitida el 15 de agosto de 2017, notificada el 7 de diciembre de 2017. Mediante la aludida determinación, el foro administrativo confirmó la determinación de la árbitro de la División de Apelaciones de denegar su solicitud de beneficios de compensación por desempleo bajo la sección 4(b)(2) de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico, i.e., abandonar un trabajo adecuado sin tener justa causa. Por medio de la presente Sentencia, confirmamos a la agencia recurrida.

I

Surge del expediente apelativo que la División del Negociado de Seguridad de Empleo determinó que la Sra. Rosado Sánchez era inelegible a recibir los beneficios de desempleo debido a que esta abandonó voluntariamente su empleo.

Inconforme con dicha determinación, la recurrente impugnó la determinación ante la árbitro de la División de Apelaciones, quien ratificó la inelegibilidad de la recurrente para recibir los beneficios de desempleo.

Finalmente, la Sra. Rosado Sánchez presentó una apelación ante la Oficina del Secretario del Trabajo y Recursos Humanos. El 16 de agosto de 2017, la Directora de la Oficina de Apelaciones ante el Secretario emitió la resolución final recurrida mediante la cual confirmó la Resolución emitida por la árbitro de la División de Apelaciones. La Directora expresó que la recurrente quedaba descalificada para recibir los beneficios de compensación por desempleo de conformidad con lo dispuesto en la sección 4(b)(2) de la Ley de Seguridad de Empleo. Dicha determinación fue notificada el 7 de...

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