Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Marzo de 2018, número de resolución KLAN201401693

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401693
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2018

LEXTA20180321-024 - Cecilia Torres Ramos - v. Dr. Americo Oms

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE Y HUMACAO

PANEL VII

CECILIA TORRES RAMOS
Demandante-Apelada
v.
DR. AMÉRICO OMS, por sí
y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales; DARCY R. PÉREZ, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales; SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES
compuesta por ambos;
GLOBAL SERVICES PROVIDERS, INC.
Demandados-Apelantes
KLAN201401693
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Caso Núm. J PE2013-0033 Sobre: Acción Derivativa Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Juez Surén Fuentes, la Juez Birriel Cardona y el Juez Flores García.[1]

Surén Fuentes, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de marzo de 2018.

El 17 de octubre de 2014, comparecen ante nos Global Services Providers, Inc. (Global), el Dr. Américo Oms Rivera (Dr. Oms), su esposa Darcy Raquel Pérez Rivera (Sra. Pérez) y la Sociedad Legal de Gananciales por ellos compuesta. Solicitan que revoquemos la Sentencia Parcial que dictó el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce (TPI) el 29 de agosto de 2014.

Mediante la referida determinación, el Foro Primario dictaminó que Cecilia Torres Ramos (demandante) es accionista de Global.

Por los fundamentos que a continuación expondremos, CONFIRMAMOS la determinación recurrida.

I.

El 22 de enero de 2013, la demandante incoó una causa de acción derivativa y en daños y perjuicios en contra de Global y los esposos Oms-Pérez.

La demandante alegó que, a pesar de ser accionista de Global junto con los esposos Oms-Pérez, éstos han retenido el control económico de los fondos de Global. Adujo que los co-demandados Oms-Pérez utilizaron los ingresos de Global para beneficio personal ocasionándo daños a la corporación. En virtud de lo anterior, solicitó el nombramiento de un Síndico que proteja los intereses de la corporación. Los co-demandados por su parte se opusieron y argumentaron que la demandante no es accionista de Global por lo cual no tiene derecho a instar una acción derivativa.

Consecuentemente, el TPI celebró varios días de vista a los únicos fines de recibir prueba sobre si la demandante es accionista de Global. Lo anterior, debido a que la acción derivativa sólo procede si la demandante es accionista. Mediante su reclamo, la demandante solicitó acceso a los libros de la corporación y el nombramiento de un Síndico. Aquilatada la prueba, el TPI formuló 179 determinaciones de hechos, razón por la cual nos limitaremos a transcribir de la sentencia apelada algunos de sus fundamentos.

A continuación un resumen de los testimonios ofrecidos durante dicha vista, según surgen de la transcripción de la prueba oral. Cabe indicar que los co-demandados Oms-Pérez y Global comparecieron a la vista con sus respectivas representaciones legales.

Cecilia Torres Ramos (Demandante)

Durante el examen directo, y a preguntas sobre los acuerdos entre ella y Global, declaró:

P Testigo, ¿cuáles fueron los acuerdos que usted, que se acordaron entre Global Services Providers y su persona?

R Número uno, que me iban a prestar $29,000, de parte del doctor Américo Oms; número dos, que para garantizar sus $29,000, ellos se iban a hacer cargo de la parte económica de la Corporación y yo me iba a hacer cargo, yo, Cecilia Torres, me iba a hacer cargo de administrar e implantar el programa TAFT, porque era la que tenía conocimiento[...] Dentro de, de esos acuerdos, también llegamos a un acuerdo de adelantarme $5,000.00 mensuales de dividendos. Y que cuando se terminara el año, me iban a cuadrar los dividendos, como ocurrió en el año 2010 y 2011.

Luego de eso, el otro acuerdo fue que Global Services Providers se hacía responsable de todas las contribuciones [...]

P Le pregunto si usted sabe si esos acuerdos se plasmaron en algún sitio.

R No, Señor. No.[2]

Inquirida sobre lo sucedido en agosto de 2012 relacionado al asunto en controversia, narró:

R [...] Y el 23 de agosto de 2012, por fin me reúno con él [Dr. Oms], indicándole que yo necesitaba que se me cuadraran los dividendos, que se me diera el dinero adeudado, que se me diera la auditoría. [...] Luego me dijo que, en la cuenta, habían solamente $197,000.00, y que si me conformaba con $25,000.00 adelante, porque no había mucho dinero.

P ¿Qué hizo usted, una vez que usted recibe...?

R Pues, acepté [...]

Entonces, el 27 de agosto de 2012 yo recibo el cheque de $25,000.00, como dividendo.[3]

A los fines de sustentar su capacidad de accionista, la demandante declaró:

P Testigo, ¿qué razón, finalmente, si alguna, tiene usted para decir que usted es accionista de Global?

R Primeramente, fui la que creé la Corporación, fui la que preparé la documentación, la que tenía el conocimiento técnico [...] La que tenía el contacto y a quien se le iba a adjudicar la propuesta, era a mí. Y la que tenía que implantar todo el andamiaje de la Cor...del Programa [...][4]

Como parte de su examen directo, la demandante atestó haber recibido alrededor de $570,000.00 en dividendos.[5] Solicitó el nombramiento de un Síndico para el manejo de la chequera de Global. Ello porque durante una reunión en el año 2010 supo que Global no había pagado sus contribuciones locales ni federales, ni desempleo, seguro social ni había rendido planillas, a pesar de haber contratado un CPA para que manejara estos asuntos. Según relató, el mismo día de la reunión se hicieron los cheques de un año. Arguyó que lo mismo sucedió al año siguiente.[6]

Durante el contrainterrogatorio, y a preguntas del representante legal de Global, la demandante declaró:

P Escuche mi pregunta, el 17 de junio [de 2009], ¿usted era Accionista de Global?

R Sí.

P Okey, ¿Pero no estaba recibiendo ningún emolumento, ningún pago por los servicios, las gestiones, que usted estaba haciendo a esa fecha?

R No.

P Muy bien. Y lo cierto es que, [...] ¿en esta carta usted le notifica a ellos que usted está dispuesta a renunciar a esas acciones?

R Sí, Señor.

[...]

P ¡Ah! O sea, ¿quién era la persona que tenía autoridad para darle a usted el adelanto de dinero que usted está solicitando en esta carta y que le dirige al doctor Oms y su esposa? ¿Quién es?

R Nosotros tres.

P ¡Huh!

¿Porque los tres eran accionistas de Global?

R Eso es correcto.[7]

También durante el contrainterrogatorio, la demandante aclaró que a pesar de que el contrato entre Global y el Departamento de la Familia se otorgó en octubre de 2009, el primer cheque pagadero a Global en pago de sus servicios se recibió en mayo de 2010. Con relación a quién sufragó los gastos de Global durante dicho período, atestó:

P Así que, aparte del dinero que ya usted declaró que el doctor Oms había tenido que depositar e invertir en Global, desde esa fecha que usted me señala, ¿verdad?, desde principios de octubre del 2009 hasta mayo del 2009, [sic] ¿el doctor Oms continuó sufragando todos los gastos de Global?

R Con unas líneas de créditos.

P Con unas líneas de créditos. Y esas líneas de crédito, ¿lo cierto es que usted no participó como guarantee de esas líneas de crédito?

R No se me permitió.

P No se le permitió. Y lo cierto es, que usted para esa fecha, 2009, ¿todavía estaba en quiebra, en el Tribunal de Quiebras, no había sido discharge porque no fue discharge hasta el 2010?

R Me imagino.[8]

Cuestionada sobre el contenido de una minuta con fecha de 12 de agosto de 2011, la demandante confirmó que de ésta emana su solicitud para que la composición de la corporación sea que cada accionista -refiriéndose al doctor Oms, la Sra. Pérez y la demandante- tenga una participación de un 33% de las acciones.[9]

Dijo conocer que para que una corporación emita dividendos a sus accionistas tiene que declarar ganancias. Mas, negó conocer que la emisión de dividendos debía reflejarse en una resolución corporativa. Añadió que ningún dividendo recibido consta en una resolución corporativa.[10] Indicó haber incluido los ingresos de $2,500 quincenales como dividendos en sus planillas para los años contributivos 2009, 2010, 2011 y 2012.[11] Expresó haber recibido su primer cheque quincenal de Global en julio de 2009 y el último en enero de 2013.[12]

A preguntas del abogado de los co-demandados Oms-Pérez, la demandante admitió que según la Resolución Corporativa de octubre de 2009 ésta presuntamente posee 0% de las acciones de Global.[13] Sin embargo expresó que, durante el segundo semestre del año 2011, ella y los demandados negociaron verbalmente dividir las acciones de Global en partes iguales, entiéndase 50% para ella y el restante 50% para los demandados.[14]

Así también lo hizo constar en la demanda presentada en enero de 2013.

Finalmente, y contrario a lo anterior, la demandante arguyó en su demanda enmendada ser titular del 100% de dichas acciones.[15] Negó haber renunciado a sus acciones a cambio de recibir dinero quincenalmente en pago por sus servicios como contratista independiente ante su situación de crisis económica.[16]

Durante el re-directo, la demandante indicó que no discutió ni negoció con los demandados su carta fechada el 17 de junio de 2009 en la cual expresó su interés por renunciar a las acciones de Global a cambio de un adelanto mensual que le ayude a aliviar su carga económica.[17]

Consecuentemente, entiende que ello no tuvo efecto alguno.[18] Inquirida sobre por qué firmo la Resolución Corporativa de la cual surge que no tiene participación como accionista, declaró:

R Porque yo era dueña de la Corporación y necesitábamos una línea de crédito y necesitábamos el dinero. Y él [Dr. Oms] me dijo que confiara en él, que eso era “de mentiras”.

P ¿Y, y, y para qué se necesitaba ese documento?

R Alegadamente el Gerente del Banco le indicó que como yo estaba en quiebras no podía estar presente...[19]

Indicó que recibió $200,000 por concepto de dividendos en respuesta a su carta de 1 de diciembre de 2011 en la cual reclamó el pago de las...

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