Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2018, número de resolución KLCE201800492

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201800492
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Abril de 2018

LEXTA20180430-018 - Green House Affordable Housing Llc D/b/a Casa Verde Rental v. Evaliz Rivera Medina

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE GUAYAMA-HUMACAO-FAJARDO

PANEL XII

GREEN HOUSE AFFORDABLE HOUSING LLC D/B/A CASA VERDE RENTAL Recurrida
v.
EVALIZ RIVERA MEDINA Peticionaria
KLCE201800492
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo Civil. Núm.: NSCI201700531 (307) Sobre: Desahucio

Panel integrado por su presidenta la Juez Coll Martí, la Juez Lebrón Nieves, la Juez Méndez Miró

Coll Martí, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2018.

Comparece el Lcdo. Moisés Abreu Cordero y nos solicita que revisemos unas órdenes emitidas por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo.

Mediante las aludidas determinaciones, el foro primario denegó relevar al Lcdo.

Abreu Cordero de la representación y le impuso una sanción económica de $800 por su incomparecencia a la vista de desahucio pautada para el 5 de abril de 2018. Por los fundamentos que discutiremos, se deniega la expedición del auto de Certiorari solicitado y se levanta la paralización de los procedimientos.

Veamos los hechos pertinentes.

I

El 28 de diciembre de 2017, Green House Affordable Housing LLC., D/B/A Casa Verde (Green House o parte recurrida) presentó una demanda de desahucio en contra de la Sra. Evaliz Rivera Medina. El emplazamiento fue diligenciado el 30 de diciembre de 2017 y las partes quedaron citadas a la vista de desahucio del 8 de enero de 2018. Sin reparos de la parte demandante, la vista fue reseñalada para el 12 de febrero de 2018, toda vez que el Lcdo. Abreu no estaba preparado.

Así las cosas, la vista del 12 de febrero de 2018 fue pospuesta, ya que la demandada no compareció debido a que sus hijos habían sido intervenidos quirúrgicamente y estaban hospitalizados. Así pues, la vista fue reseñalada para el 6 de marzo de 2018. En la vista del 6 de marzo de 2018, la Sra. Rivera Medina adujo en corte abierta que el Sr. Bryant Román era parte indispensable en el pleito. Ante dicho planteamiento, el tribunal recalendarizó la vista de desahucio y ordenó incluir al Sr. Román como codemandado.

Ante ello, la vista quedó pautada para el 5 de abril de 2018. Entretanto, el 27 de marzo de 2018, el Lcdo. Abreu Cordero presentó una “Moción sobre Renuncia de Representación Legal” en la que señaló que durante una reunión con la Sra.

Rivera Medina...

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