Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Octubre de 2018, número de resolución KLCE201701625

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201701625
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2018

LEXTA20181018-008 - El Pueblo De PR v. Rafael Mojica Berrios

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN-CAROLINA

PANEL VIII

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrido
v.
RAFAEL MOJICA BERRÍOS
Peticionario
EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrido
v.
LUIS I. RODRÍGUEZ CRUZ
Peticionario
KLCE201701625
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Crim. núm. DBD2016G0176 Sobre: Art. 190 (E) CP y otros CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Crim. núm. DBD2016G0175 Sobre: Art. 190 (E) CP y otros

Panel integrado por su presidente el Juez González Vargas,[1] la Jueza Nieves Figueroa y el Juez Rivera Torres.

Rivera Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de octubre de 2018.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el Sr. Luis I. Rodríguez Cruz (en adelante el señor Rodríguez Cruz o el peticionario) mediante el recurso de Certiorari de epígrafe solicitándonos la revisión de una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (el TPI) el 22 de mayo de 2017, notificada el 21 de agosto siguiente. Mediante dicho dictamen, el TPI declaró No Ha Lugar a la Moción Solicitando Supresión de Evidencia presentada por el peticionario.

El peticionario acompañó con su recurso una Moción en Auxilio de jurisdicción solicitando paralización de procedimientos ante el TPI de Bayamón. El 18 de septiembre de 2017 dictamos una Resolución declarando Ha Lugar la referida moción por lo que se ordenó la paralización de los procedimientos.

Por los fundamentos que detallamos a continuación, expedimos el recurso de certiorari solicitado y confirmamos el dictamen recurrido.

I.

El 6 de febrero de 2016 al peticionario y al coacusado Rafael Mojica Berríos, le sometieron varias denuncias por hechos ocurridos el 5 de febrero de 2016 a eso de las 6:30 am en el restaurante de comida rápida McDonald’s de la Plazoleta del Cantón Mall en Bayamón. Al peticionario se le imputó violación al Artículo 190 del Código Penal de 2012 (robo agravado); Artículos 5.04 y 5.05 de la Ley de Armas de 2000 (posesión y portación de arma sin licencia) y Artículo 198 del Código Penal de 2012 (daños a la propiedad). Celebrada la vista de determinación de causa para arresto en alzada, se determinó causa por los delitos antes enunciados. De igual manera se determinó causa probable para juicio en la Vista Preliminar celebrada el 20 de mayo de 2016.

El 21 de septiembre de 2016 el señor Rodríguez Cruz presentó una Moción de Supresión de Evidencia. En esencia señaló que el registro y el allanamiento se realizó sin orden y sin motivos fundados, ya que él se encontraba dentro de su residencia. Alegó, además, que los testimonios de los agentes eran estereotipados. El Ministerio Público (en adelante el recurrido) presentó su oposición señalando que el registro se realizó contemporáneo al arresto en una estructura que, según descrita por los agentes, parecía deshabitada (en estado de abandono).

El TPI señaló la vista de supresión de evidencia la cual se celebró los días 10 de marzo, 24 de abril, y 15,17 y 22 de mayo de 2017. En la vista declararon los siguientes testigos:

· Sra.

Sylvia Beteta (Gerencial de entrenamiento)

· Sra.

Sabi Rivera Rivera (Asistente de Gerente)

· Agente Juan C. Ortiz Rivera Placa #34902

· Agente Víctor Acevedo Placa # 35145

· Sr.

Luis I. Rodríguez Cruz (co-acusado)

Surge de la Exposición Narrativa de la prueba que el 5 de febrero de 2016 a eso de las 6:15 am hubo un robo en el restaurante McDonald’s de Plaza Cantón en el Municipio de Bayamón. Relató la Sra. Sylvia Beteta que un hombre le apuntó con una pistola plateada. En ese mismo instante llegó un segundo hombre el cual tenía un cuchillo negro e hizo un amague como si le fuera a cortar la cara, pero luego se fue. El hombre de la pistola verificó que el safe (bóveda donde se guarda todo el dinero) estuviera cerrada.

Posteriormente la señora Beteta observó como ambos hombres introducían dinero de dos cajas en una mochila negra con diseño rojo. Una de las cajas tenía $90 y la otra $1,215. Además, uno de los hombres se apropió de una cartera de cosméticos y un celular.[2]

Declaró la señora Beteta que, al salir del restaurante por la salida de emergencia, y por la cual salió el resto del personal, vio salir una motora con otra que estaba más adelante. La empleada Michelle le dijo que eran más de dos personas en motoras distintas, que una estaba vigilando el área, que las personas que los asaltaron se montaron en una motora oscura que no tenía tablilla. Segundos después, llegó una patrulla de la Policía de Puerto Rico y el Agente Juan Ortiz Rivera le preguntó cómo estaban vestidos los asaltantes y por dónde se habían ido. Acto seguido la patrulla sale en la dirección señalada.[3]

El Agente Juan C. Ortiz Rivera declaró que el 5 de febrero de 2016 tenía un turno de 4 am a 12 pm y se le asignó una patrulla junto al policía Jonathan Cruz. Se encontraba patrullando por la Carretera 2 en dirección a la Carretera 167 cuando cursaron mensaje de robo en proceso en el McDonald’s del Cantón Mall. Solicitó permiso para llegar al lugar, ya que no era su jurisdicción, pero estaba cerca. Al llegar entrevistó a la señora Beteta desde la patrulla y ella le indicó que los asaltantes andaban dos en una motora negra sin tablilla, que tenían un arma de fuego y cuchillo, y que se habían ido por una salida que da para el área de La Cambija. Le señaló que acababan de salir. También le mencionó otra motora que se mantuvo en el área dando vueltas en la cual andaban otros dos individuos. Recibida dicha información salió en dirección hacia La Cambija.[4]

En lo aquí pertinente, surge de la Exposición Narrativa lo siguiente:[5]

Al salir del Cantón Mall se sale a la carretera 29. Luego hay un semáforo y al doblar a la izquierda y llega al área de la La Cambija. Cuando entra a la Cambija, viene un individuo que venía en su vehículo les indica una información. Continuó al lugar donde le habían indicado. […] Y encontró dos motoras con las descripciones que le habían dado, una negra sin tablilla y otra con una llave. Ambas motoras las tocó y estaban calientes. […] Encontró las motoras al frente de un local que a simple vista pudieron entender que estaba deshabitado. […] Las motoras estaban en el local que aparentaba deshabitado, había un ranchito al lado y había una puerta que daba acceso al local, que era donde estaban las motoras. [….] Había una puerta de metal con ventanas que daban acceso al local donde estaban las motoras. Las motoras estaban estacionadas. Cuando fueron a abrir la puerta, la misma estaba abierta.

Lograron acceso.

En el contrainterrogatorio el Agente Ortiz Rivera señaló que al salir del McDonald’s no divisó ninguna motora y que la persona que lo paró durante el trayecto fue la que le indicó por donde cogieron las motoras. Donde le indicó el caballero había un callejoncito y entró a pie. “Según él, para entrar determinó que parecía una estructura no habitada.”[6]

La defensa presentó como prueba el testimonio del aquí peticionario.

Dada la pertinencia del referido testimonio a continuación transcribimos la Exposición Narrativa de este.[7]

Dice se llama Luis Rodríguez Cruz y actualmente reside en Parque Flamingo. Es estudiante de Antilles College. El 5 de febrero con relación a la residencia donde fue arrestado él residía en esa residencia que tenía alquilada a Mario Correa. Es una residencia de tres cuartos y un baño, la cual él residía con una pareja. Según contrato eran $300 mensuales por seis (6) meses, con agua y luz incluida. Se dividía con la pareja a razón de $150 él y 150 la pareja. La pareja eran David Ortiz y Christie Agosto. Eran amistades de él. Vivía allí también su hermano Ramon Rodríguez, él y la pareja. El 5 de febrero de 2016 a la hora de los hechos esas personas estaban allí. Ese día a las 6am él estaba en su habitación dormido cuando se levanta con un alboroto, mucho ruido. Cuando se levanta y pasa a la sala se encuentra con unos agentes de frente y le dicen que se tire al piso. El estaba en calzoncillos boxers. La casa era completa, tenía nevera, estufa, microhondas, David tenía un bebé y...

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