Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Octubre de 2018, número de resolución KLRA201700746

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201700746
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2018

LEXTA20181023-019 - Enrique Reyes Alicea v. Departamento De Educacion Patrono Corporacion Del Fondo Del Seguro Del Estado Aseguradora Honorable Comision Industrial De PR Agencia

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y CAGUAS

PANEL V

ENRIQUE REYES ALICEA
Recurrido
v.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
Patrono
CORPORACIÓN DEL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO
Aseguradora Recurrente
HONORABLE COMISIÓN INDUSTRIAL DE PUERTO RICO
Agencia Recurrida
KLRA201700746
Revisión Administrativa procedente de la Comisión Industrial de Puerto Rico Caso Núm: 16-207-07-0951-01 Caso Fondo: 14-13-32619-0 Sobre: Tratamiento en Recidiva Condición Orgánica

Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, la Jueza Soroeta Kodesh y la Jueza Romero García

Soroeta Kodesh, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de octubre de 2018.

Comparece la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (en adelante, CFSE), por medio del recurso de revisión administrativa de epígrafe presentado el 11 de septiembre de 2017. Nos solicita que revisemos una Resolución de Vista Pública dictada el 1 de junio de 2017, y notificada el 13 de junio de 2017, por la Comisión Industrial de Puerto Rico (en adelante, la Comisión Industrial). Mediante la determinación recurrida, la Comisión Industrial revocó una decisión de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (en adelante, CFSE) de no reabrir el caso del Sr.

Enrique Reyes Alicea (en adelante, el señor Reyes Alicea o el recurrido). De conformidad con lo anterior, la Comisión Industrial aumentó el porcentaje de incapacidad a un veinticinco porciento (25%) de las funciones fisiológicas generales, a descontar lo previamente otorgado, incluidas las condiciones médicas de radiculopatía S1 derecha y discos herniados a nivel de L3-L4, L4-L5 y L5-S1. Asimismo, ordenó el pago de la compensación antes indicada, a tenor con lo establecido en la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, 11 LPRA sec.1 et seq.

Por los fundamentos que expresamos a continuación, se confirma la determinación recurrida.

I.

De acuerdo al expediente del caso de epígrafe, el 21 de febrero de 2014, el señor Reyes Alicea presentó una reclamación ante la CFSE. En síntesis, alegó que se había lastimado la espalda baja, mientras subía un dron pesado en un depósito de basura. Luego de recibir tratamiento en las instalaciones de la CFSE, el señor Reyes Alicea fue dado de alta el 29 de febrero de 2016.

El 15 de agosto de 2016, la CFSE notificó una Decisión del Administrador sobre Incapacidad Parcial Permanente. En síntesis, el señor Reyes Alicea fue notificado del porcentaje de incapacidad que le fue otorgado a consecuencia de las secuelas del accidente que había reportado.

Subsecuentemente, el 15 de diciembre de 2016, el señor Reyes Alicea presentó una Solicitud de Reapertura de Caso. En síntesis, solicitó que su caso fuera reabierto debido a que continuaba con dolor fuerte constante. En igual fecha, 15 de diciembre de 2016, la CFSE notificó una Decisión del Administrador sobre Tratamiento Médico. En esencia, denegó la reapertura del caso tras concluir que el tratamiento requerido por el recurrido era uno de sostén, en atención a la condición de esguince lumbar, radiculopatía S1 derecha, HNP L3-4, L4-5, L5-S1.

El 22 de febrero de 2017, el recurrido presentó una nueva Declaración Voluntaria de Lesionado o Informe Cuando el Patrono se Niega a Informar el Accidente (caso #17-13-30461). En síntesis, alegó que, mientras realizaba labores de limpieza, levantó un cubo lleno de agua y sintió dolor en su espalda.

Por otro lado, el 16 de marzo de 2017, la Comisión Industrial celebró una vista médica para atender un recurso de revisión instado por el señor Reyes Alicea y relacionado a la denegatoria de reapertura de caso, según notificada el 15 de diciembre de 2016, mediante una Decisión del Administrador sobre Tratamiento Médico.

El 16 de marzo de 2017, notificada el 11 de abril de 2017, la Comisión Industrial dictó una Resolución en la que denegó la reapertura del caso, según solicitado por el recurrido. Asimismo, dispuso que el recurrido debía continuar el tratamiento médico para la condición médica mencionada en el caso #17-13-30461.

No conteste con la anterior determinación, el 21 de abril de 2017, el recurrido incoó un recurso de apelación. Celebrada una vista el 19 de mayo de 2017, la Comisión Industrial dictó una Resolución el 1 de junio de 2017, la cual fue notificada el 13 de junio de 2017. Mediante la aludida Resolución, la Comisión Industrial revocó la determinación de la CFSE de no reabrir el caso del señor Reyes Alicea. De acuerdo al expediente médico, la Comisión Industrial aumentó el porcentaje de incapacidad del recurrido a veinticinco (25%) de las funciones fisiológicas generales, a descontar lo previamente otorgado, incluidas las condiciones de radiculopatía S1 derecha y discos herniados a nivel de L3-4...

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