Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Octubre de 2018, número de resolución KLAN201800594

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201800594
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2018

LEXTA20181025-009 - Antonio Gentilini Morales H/h/c Gentilini Construction v. Yolanda Carreras Negron

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

ANTONIO GENTILINI MORALES H/H/C GENTILINI CONSTRUCTION
Apelada
v.
YOLANDA CARRERAS NEGRÓN;
CRESPO & RODÍGUEZ, INC.; FULANO DE TAL; MENGANO DE TAL; ZUTANO DE TAL
Apelante
KLAN201800594
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Civil Núm.: D CD2013-0342 Sobre: Cobro de dinero.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, el Juez Ramos Torres, el Juez Bonilla Ortiz.

Jiménez Velázquez, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de octubre de 2018.

La parte apelante, señora Yolanda Carreras Negrón y Crespo & Rodríguez, Inc., solicita que revisemos la Breve relación del caso, determinaciones de hechos, conclusiones de derecho y Sentencia, emitida el 20 de marzo de 2018 y notificada el 27 de marzo de 2018, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. En esta, el foro primario declaró con lugar la demanda de cobro de dinero presentada por la parte apelada, señor Antonio Gentilini Morales h/n/c Gentilini Construction. En su consecuencia, condenó a la parte apelante al pago de las partidas reclamadas.

Luego de evaluar la apelación instada, así como la oposición de la parte apelada, los autos originales y la transcripción de la prueba oral, se confirma la determinación emitida por el Tribunal de Primera Instancia.

I

El 7 de febrero de 2013, el señor Antonio Gentilini Morales h/n/c Gentilini Construction (señor Gentilini) presentó una demanda sobre cobro de dinero contra la señora Yolanda Carreras Negrón y Crespo & Rodríguez, Inc. (en conjunto, señora Carreras) Reclamó el balance pendiente de pago por concepto de materiales y labores de construcción realizados en la residencia de la señora Carreras y en el local comercial que ocupa la corporación, ascendente a un total de $ 70,090.00. En la demanda, adujo que había realizado múltiples gestiones de cobro, sin éxito alguno, y que la deuda estaba vencida, era líquida y exigible.

La señora Carreras presentó su contestación a la demanda, en la que admitió haber contratado al señor Gentilini para hacer las obras, pero, en cuanto a la residencia sostuvo que el señor Gentilini había abandonado la construcción y que, por ello, empleó a otra persona para corregir los vicios y terminar la obra. Así pues, incluyó una reconvención en daños y perjuicios por incumplimiento contractual.

En la contestación a la reconvención, el señor Gentilini negó el abandono de la obra, tras indicar que los trabajos se detuvieron por órdenes del Municipio de Guaynabo, quien había ordenado la paralización de los trabajos por presuntas violaciones al permiso de construcción concedido.

Trabada la controversia y luego de varios incidentes procesales, el 13 de agosto de 2015, los abogados de las partes presentaron un Informe sobre conferencia preliminar entre abogados, que fue aceptado como acta para regir los procedimientos de la vista en su fondo.

El juicio se llevó a cabo los días 14 y 16 de marzo, y 29 de septiembre de 2016.[1] El señor Gentilini ofreció como prueba testifical su propio testimonio. Por su parte, la señora Carreras presentó su declaración, así como los testimonios del ingeniero Gaddier García García y del diseñador de exteriores e interiores, Juan Francisco Sotomayor Miranda.

En el turno de prueba de la parte demandante, el señor Gentilini declaró que se desempeña como handyman desde hace aproximadamente 20 años bajo el nombre de Gentilini Construction.[2] De tal forma, la señora Carreras y su esposo lo contrataron para realizar trabajos en el edificio comercial localizado en el Barrio Monacillos de Rio Piedras, donde opera Crespo & Rodríguez, Inc. Luego, lo contrataron para hacer mejoras en la residencia del matrimonio.[3]

En cuanto a los trabajos realizados en el local comercial, el señor Gentilini describió en qué consistieron los mismos y declaró que por dichas obras recibió un pago parcial de parte de la señora Carreras, quien aún le adeudaba un balance de $2,395.00.[4]

Con respecto a la residencia, el señor Gentilini testificó que los trabajos comenzaron a principios de 2009 y terminaron en diciembre de 2012.[5]

Aclaró que no opera una nómina de empleados, sino que contrata a los obreros según la etapa en que se encontraba la obra, a los que él o la señora Carreras les pagaban por sus servicios. A su vez indicó que la señora Carreras contrató al ingeniero Gaddier García García para que tramitara los permisos de construcción. Sin embargo, acreditó que ella era la que figuraba como contratista de la obra en el letrero que se colocó en el área de la construcción y quien supervisaba e impartía instrucciones para los trabajos. El testigo aseveró que nunca vio los planos ni los permisos de la construcción. Al ingeniero García lo vio en la obra unas tres o cuatro veces y este nunca le hizo observaciones relacionadas a deficiencias en la construcción.[6]

El señor Genitilini añadió que el Municipio de Guaynabo paralizó la obra en varias ocasiones como resultado de querellas presentadas por los vecinos del área.[7] Por otro lado, señaló que en agosto de 2012, la señora Carreras contrató a otras personas para hacer las terminaciones.[8] A su vez, admitió que no completó los trabajos en la primera planta de la residencia, debido que está habitada por la señora Carreras y esta no permitió el acceso. El señor Gentilini enfatizó que no facturó por trabajos no realizados.[9] Ahora bien, testificó que cursó a la señora Carreras una factura por los trabajos completados en la residencia y que, del total del importe, la señora Carreras le adeudaba la cantidad de $67,695.00.[10]

También, alegó que la señora Carreras nunca le indicó deficiencia alguna en los trabajos realizados en la residencia.[11] Por último, en el contrainterrogatorio, el señor Gentilini negó que la señora Carreras le entregara una carta en la que objetara los trabajos realizados.[12]

Luego, prestó su declaración la señora Carreras, quien admitió la contratación de señor Gentilini. Asimismo, afirmó que los planos de la ampliación de la residencia los realizó el ingeniero García y que estos fueron aprobados por la Oficina de Permisos del Municipio de Guaynabo, lugar donde ubica la vivienda.[13] Explicó que ella compró los materiales y que el señor Gentilini facturaba solo por la labor.[14]

Asimismo, indicó que el señor Gentilini abandonó el proyecto y que tuvo que incurrir en gastos de contratación de otras personas que le terminaran el trabajo.[15]

En el contrainterrogatorio, la señora Carreras dijo que por la obra del edificio, ella le pagó al señor Gentilini la totalidad de lo que él facturó.[16] Por otro lado, afirmó que, en más de una ocasión, se paralizaron las obras de construcción de la residencia a consecuencia de las querellas de los vecinos. [17]

También testificó el ingeniero Gaddier García García, diseñador e inspector designado de la obra. En lo pertinente, este admitió en el contrainterrogatorio que, basado en un informe realizado por él, la Oficina de Permisos había emitido la Resolución que concluyó que las obras de construcción en controversia se habían realizado satisfactoriamente.[18]

Por último, testificó el señor Juan Francisco Sotomayor Miranda, quien anteriormente se dedicaba al diseño de interiores y exteriores y, a petición de la señora Carreras acudió a su residencia a observar los trabajos realizados. Sin embargo, este no...

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