Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Diciembre de 2018, número de resolución KLCE201801632

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201801632
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2018

LEXTA20181221-025 - Carmelo Raul Cancel Colon - v. Vanessa Vazquez Baez Demandada-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IX

CARMELO RAÚL CANCEL COLÓN
Demandante-Recurrido
v.
VANESSA VÁZQUEZ BÁEZ
Demandada-Peticionaria
KLCE201801632
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Caso Núm.: FM2018-0465 (405) Sobre: RUPTURA IRREPARABLE

Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Grana Martínez y el Juez Sánchez Ramos.

Grana Martínez, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 21 de diciembre de 2018.

La peticionaria, Vanessa Vázquez Báez, solicita que revisemos la negativa del Tribunal de Primera Instancia a anotar la rebeldía del recurrido, Carmelo Raúl Cancel Colón. Las resoluciones recurridas se dictaron el 5 de octubre de 2018 y 12 de octubre de 2018. Ambas se notificaron el 19 de octubre de 2018.

El recurrido presentó su alegato en el que solicitó la desestimación del recurso.

I

El señor Cancel presentó una demanda de divorcio contra la peticionaria, por la causal de ruptura irreparable. La peticionaria reconvino por adulterio.

El 24 de septiembre de 2018, la peticionaria presentó Urgente moción en solicitud de anotación de rebeldía. La señora Vázquez alegó que el recurrido no contestó la reconvención en el término ordenado.

El 26 de septiembre de 2010, el recurrido presentó Urgente contestación a reconvención.

El 28 de septiembre de 2018, la peticionaria presentó Urgente solicitud de anotación de rebeldía y moción al amparo de la Regla 6.2 de las de Procedimiento Civil. La peticionaria solicitó al tribunal que anotara la rebeldía del recurrido porque su contestación a la reconvención incumplió con la Regla 6.2, supra, y había vencido el término para contestar.

El TPI, el 28 de septiembre de 2018, dictó la orden siguiente:

…URGENTE EN SOLICITUD DE ANOTACIÓN DE REBELDÍA, *NO HA LUGAR. VÉASE CONTESTACIÓN A RECONVENCIÓN PRESENTADA. (Énfasis nuestro).

Esta orden se notificó el 2 de octubre de 2018.

El 3 de octubre de 2018, el recurrido presentó Réplica a urgente solicitud de anotación de rebeldía y moción al amparo de Regla 6.2 de las de Procedimiento Civil. El señor Cancel alegó que el tribunal atendió y denegó la solicitud de anotación de rebeldía, en la orden dictada el 28 de septiembre de 2018. Por otro lado, argumentó que la Regla 6.2, supra, no puede prevalecer sobre su derecho constitucional a no auto incriminarse...

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