Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Abril de 2019, número de resolución KLCE201900436

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201900436
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución25 de Abril de 2019

LEXTA20190425-017 - Juan Cruz Serrano v. Autoridad De Carreteras Y Transportacion De PR Y Otros Demandados Municipio Autonomo De Caguas demandado-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XII

JUAN CRUZ SERRANO, FELICITA MARRERO SANTIAGO Y LA SOCIEDAD DE GANACIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandantes-Recurridos Vs. AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN DE PUERTO RICO Y OTROS Demandados MUNICIPIO AUTÓNOMO DE CAGUAS Demandado-Peticionario
KLCE201900436
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Caso Núm.: ECD2017-0666 (704) Sobre: Acción Civil

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la JuezBrignoni Mártir y la Juez Méndez Miró

Méndez Miró, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de abril de 2019.

El Municipio Autónomo de Caguas (Municipio) solicita que este Tribunal revise la Resolución que emitió el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas (TPI). En esta, el TPI declaró No Ha Lugar la Solicitud de Sentencia Sumaria y/o Desestimación del Municipio.

Se desestima por falta de jurisdicción.

I.Tracto Procesal

El 25 de julio de 2017, el Sr. Juan Cruz Serrano, la Sra.

Felícita Marrero Santiago y la Sociedad Legal de Gananciales que componen (en conjunto, matrimonio Cruz Marrero) presentaron una Demanda en contra del Municipio y la Autoridad de Carreteras y Transportación de PuertoRico (Autoridad). En síntesis, alegó que, en agosto de 2009, la Autoridad expresó interés en adquirir varios metros cuadrados en dos fincas del matrimonio Cruz Marrero. Posteriormente, se instó una demanda de expropiación a la inversa que culminó con una Sentencia a principios de 2017. En esta, se aprobó el acuerdo entre el matrimonio Cruz Marrero y la Autoridad, y se fijó el valor de cada metro cuadrado en $64.27.

No obstante, el matrimonio Cruz Marrero sostuvo que la ocupación de los terrenos ocurrió desde antes del 2de marzo de 2009, cuando se comenzó a construir en ellos. Manifestó que ello le impidió el libre uso y disfrute de sus terrenos. Reclamó una compensación de $306,000.00.

Luego, el Municipio presentó su Contestación a la Demanda. En esencia, negó responsabilidad por el proyecto y la expropiación. Luego de varios trámites procesales, el matrimonio Cruz Marrero presentó una Solicitud de Sentencia Sumaria Parcial. Pidió que el TPI determinara que el Municipio llevó a cabo la construcción. El Municipio hizo lo propio y presentó...

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