Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Mayo de 2019, número de resolución KLRX201900019

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRX201900019
Tipo de recursoRecursos extraordinarios
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2019

LEXTA20190531-093 - Johanna Torres Berrios v. Jose Angel Santiago Rivera

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AIBONITO

PANEL IX

JOHANNA TORRES BERRIOS
Peticionaria v. JOSÉ ANGEL SANTIAGO RIVERA Recurrido
KLRX201900019
Recurso procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aibonito Caso Núm. B DI2013-0002 Sobre: Divorcio

Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Grana Martínez y el Juez Sánchez Ramos.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de mayo de 2019.

I.

La señora Johanna Torres Berríos y el señor José Angel Santiago Rivera tiene dos hijas en común, Joharies Marie Santiago Torres y Johelis Marie Santiago Torres. El Sr. Santiago Rivera ostenta la custodia y patria potestad compartida de la menor Joharies y la Sra. Torres Berríos ostenta la custodia y patria potestad compartida de la otra menor, Johelis.

La Sra. Torres Berríos peticionó el traslado al estado de Georgia, UUEE, de la Menor que tiene bajo su custodia. Posteriormente, también la Menor bajo la custodia del padre, expresó su deseo de trasladarse a los Estados Unidos con su madre y hermana.

El 7 de junio de 2018 ambos padres firmaron un Acuerdo Entre Las Partes, en el que el padre consintió al traslado de ambas menores con su madre.

Además, concedió la custodia de la menor Joharies Marie Santiago Torres a favor de su madre. Posteriormente, el Sr. Santiago Rivera presentó una Moción en Solicitud de Reconsideración. Solicitó la custodia de su hija, Johelis Santiago Torres.

Luego de varios trámites procesales, el 13 de marzo de 2019, el Tribunal de Primera Instancia celebró vista de custodia en rebeldía, por no haber comparecido la madre de la Menor ni su representante legal. Luego de escuchar la prueba, dicho Foro declaró Con Lugar la Moción y concedió la custodia de la Menor al padre y la patria potestad a ambos padres. Ordenó a su vez a que la madre entregará la Menor a su padre una vez ésta terminara el presente curso escolar. Esta determinación fue notificada mediante Resolución del 13 de marzo de 2019, notificada el 4 de abril de 2019.

El 22 de mayo de 2019 la Sra. Torres Berríos presentó una Moción Urgente de Relevo de Resolución de Custodia por Nulidad, Se refiera a Informe Social y Vista. Alegó que el Foro primario había concedido la custodia de la Menor de manera unilateral, cuando la misma se encuentra fuera de Puerto Rico. Además, sostuvo que ello ocurrió:

  1. ...

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