Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Junio de 2019, número de resolución KLAN201700856
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201700856 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 28 de Junio de 2019 |
PREMIUM BRANDS OF PUERTO RICO, INC. Apelada v. RL FOOD SERVICES CORP. h/n/c PONCE CASH AND CARRY; MINERVA LUNA DIU, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta con su esposo Salvador Rovira; CORPORACIÓN A; JOHN DOE Apelante | | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Caso Núm. J CD2013-0600 Sobre: Cobro de Dinero |
Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, la Juez Nieves Figueroa, la Jueza Soroeta Kodesh y el Juez Torres Ramírez[1]
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de junio de 2019.
El 24 de junio de 2013, Premium Brands of Puerto Rico, Inc., (Premium Brands), presentó Demanda de cobro de dinero contra RL Foods Services Corp., h/n/c Ponce Cash and Carry (RL), Minerva Luna Diou, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por esta y su esposo, el Lcdo. Salvador Rovira Rodríguez (los esposos Rovira Luna). Reclamó el pago de $36,733.95 por concepto de facturas vencidas y no pagadas y el 20%
de dicha suma, en concepto de honorarios de abogado.
La Demanda indicó que los cónyuges Salvador F. Rovira Rodríguez y Minerva Luna Diou son los dueños y administradores de RL.[2] Añadió, que el 18 de abril de 2011, la Sra.
Minerva Luna, libre y voluntariamente, y en representación de RL, suscribió una Solicitud de Crédito, en la cual manifestó ser dueña principal de RL. Dicha solicitud fue acompañada con una Garantía Personal, mediante la cual la Sra.
Luna Diou se constituyó como fiadora y principal pagadora, en carácter solidario, de cualquier deuda u obligación que RL hubiese contraído para con Premium Brands.[3] Ante ello, Premium Brands sostuvo que los esposos Rovira Luna y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, respondían solidariamente por las deudas de RL.
Tras varios trámites procesales, el 30 de junio de 2016, notificada el 15 de julio de dicho año, el Tribunal de Primera Instancia dictó Sentencia Sumaria contra los codemandados. En la misma, el Tribunal recurrido resolvió, en efecto, que los esposos Rovira Luna responden solidariamente por la deuda incurrida por RL y garantizada personalmente por la Sra. Luna Diou.
Inconforme, el 15 de junio de 2017, la Sra. Luna Diou y el Sr.
Rovira Rodríguez, junto a su Sociedad Legal de Bienes Gananciales, acudió ante...
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