Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Octubre de 2019, número de resolución KLRA201900442

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900442
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2019

LEXTA20191008-010 - Rg Engineering v. Autoridad De Energia Electrica De PR Arg Precision Corp. Licitador Agraciado

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

RG ENGINEERING, INC.; SIEMENS POWER GENERATION SERVICES COMPANY, LTD
Recurrente
v.
AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE PUERTO RICO
Recurrido
ARG PRECISION CORP.
Licitador Agraciado
KLRA201900442
Revisión Administrativa procedente de la Autoridad de Energía Eléctrica
Querella Núm.
Q-038-2018-0017
Q-038-2018-0018
SOBRE:
Solicitud de Reconsideración de Selección de Proponente en Procedimiento de Request for Proposal
(RFP) 82695

Panel Especial integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, el Juez Rivera Colón y la Jueza Cortés González[1]

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de octubre de 2019.

Comparece RG Engineering, Inc. (en adelante RGE o recurrente), mediante recurso de Revisión Judicial, y solicita la revocación de la adjudicación de un Request for Proposal (RFP) y la eventual paralización y eficacia de un contrato otorgado a la Compañía A.R.G.

Evaluados los escritos de las partes y los documentos complementarios que obran en los apéndices de estos, se CONFIRMA la resolución recurrida. Exponemos.

I

Mediante Resolución emitida el 9 de julio de 2019 por el Juez Administrativo adscrito a la Secretaría de Procedimientos Adjudicativos de la Autoridad de Energía Eléctrica (en adelante AEE), se confirmó la determinación de adjudicación del R.F.P. 82695, adoptada previamente por el Comité Evaluador de Subastas de la Agencia, y que a su vez había sido objeto de solicitud de reconsideración de las licitadoras SIEMES y RGE.

Analizadas las Determinaciones de hechos adoptadas por el Juez Administrativo en su Resolución de 9 de julio de 2019, acogemos las mismas y la reproducimos como parte del presente dictamen.

Determinaciones de Hechos

  1. El huracán María impactó directamente a Puerto Rico el 20 de septiembre de 2017, causando daños en más de un 80% de la infraestructura de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).

  2. Como consecuencia del impacto del huracán en la infraestructura de la AEE, la agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) autorizó una misión al Cuerpo de Ingenieros de Estados Unidos (USACE por sus siglas en inglés) para proveer generación en el norte y este de Puerto Rico, mediante turbinas móviles.

  3. Como parte de estos esfuerzos, se instalaron, mediante una renta, dos generadores de 28 MW, cada uno, en la Central Palo Seco y un generador en La Estación Hidro Gas, Yabucoa.

  4. La Autoridad encontró necesaria la adquisición inmediata de unidades que puedan sustituir los tres equipos rentados, pues la red eléctrica aun está vulnerable y en reparación, lo que aumenta el riesgo de apagones.

  5. La renta mensual de las tres unidades provistas por USACE era de unos $4.5 millones mensuales.

  6. El costo total estimado de la compra de las tres unidades de similar capacidad, incluyendo equipos auxiliares e infraestructura es de un costo aproximado de $58 millones.

  7. El 29 de agosto de 2018, la Junta de Gobierno de la AEE mediante Resolución 4640, autorizó la adquisición de las tres unidades generatrices portátiles mediante el proceso competitivo de RFP.

  8. El 5 de septiembre de 2018, la AEE comenzó el proceso de Solicitud de Propuestas 82695 para la adquisición de tres unidades generatrices.

  9. Se invitaron a través de la plataforma electrónica Power Advocate a las compañías Siemens Energy (Siemens), Pratt & Whitney (PW), General Electric (GE), tres manufactureros de turbinas en configuración móvil.

  10. Se autorizó a los manufactureros a participar a través de un representante autorizado. Los representantes autorizados fueron RG Engineering, Inc. por GE, y ARG Precision, Inc. por PW.

  11. El 24 de septiembre de 2018, se cerró el evento de RFP y se recibieron propuestas de las siguientes compañías:

    1. Siemens Energy, Inc.

    2. RG Engineering, Inc.

    3. ARG Precision, Corp.

  12. Las propuestas se evaluaron de conformidad con los siguientes criterios establecidos:

    1. Price proposal (60 points) b. Experience and Capacity (15 points) c. Approach and Methodology (15 points) d. Compliance with all Applicable Federal, and Puerto Rico Regulations (10 points)

  13. El 24 de septiembre de 2018, el Director Ejecutivo de la AEE, José F. Ortiz Vázquez, designó un Comité compuesto por los siguientes funcionarios:

    1. Miguel A. Del Valle Morales, División de Ingeniería y Servicios Técnicos, Directorado de Generación.

    2. José M. Cruz Pérez, División de Ingeniería y Servicios Técnicos, Directorado de Generación.

    3. Félix A. Hernández Cabán, Directorado de Asuntos Jurídicos.

    4. José A. Roque Torres, Directorado de Finanzas.

    5. Natalia Martínez Lugo, División de Suministros.

  14. Además, el Comité contó con la asesoría de María V. Mercado Rondón de la División de Protección Ambiental y Matt Lee de Filsinger Energy Partners.

  15. El proceso de evaluación de propuestas se efectuó por el Comité, en conformidad con los criterios establecidos en la Sección 3 “Selection Criteria” del RFP, requirió el análisis individual de cada propuesta para determinar el cumplimiento de los proponentes.

  16. Además, el Comité evaluó los requisitos para el alcance de trabajo, según indicado en la Sección 2 “Scope of Services” y cualificaciones de los proponentes requeridos en la Sección 4 Proponent Requirements, Inciso 4.2 Required Qualifications of Proponent.

  17. Como parte del Informe de Evaluación se incluyeron los siguientes anejos:

    1. Performance Proposal – Incluye un resumen de las capacidades de los generadores incluidos en cada propuesta incluyendo capacidad de generación en mega watts (MW) utilizando diésel y gas natural, tiempo requerido para alcanzar esta capacidad y heat rate de cada modelo propuesto.

    2. Price Proposal – Tabla que indica los precios de cada proponente por generador, su instalación y costos de operación y mantenimiento por los primeros cuatro años.

    3. Comparison Model - Se compararon las propuestas en término de Net Present Value (NPV), Equivalent Uniform Annualized Cost (EUAC) y Levelized Costo of Energy (LCOE). La evaluación se realizó con una proyección de 20 años, utilizando diésel como combustible y con factores de capacidad de 25% u 5.7% (500 horas).

    4. Price Comparison – Se tabularon los resultados del Comparison Model y convirtieron los resultados a escala del 1 al 5, según requerido en la Sección 3.1 Scoring Criteria. El Comité utilizó los resultados del factor de capacidad de 5.7% porque el permiso requerido es el de fuente generatriz de emergencia emitido por la Oficina de Gerencia y Permisos (OGPe) y la Junta de Calidad Ambiental (JCA) e. Scoring Table – Tabla que muestra las puntuaciones provistas por el Comité a los proponentes con los resultados obtenidos.

  18. El Comité evaluó la propuesta de RG Engineering, Inc. y determinó que la propuesta presentada por esta compañía cumple con todos los criterios establecidos en el RFP. Proveyeron una declaración jurada que establece su relación contractual con GE y los autoriza a participar del evento como representante exclusivo de dicha empresa. La evaluación de su capacidad financiera la realizó el representante exclusivo de dicha empresa. La evaluación de su capacidad financiera la realizó el representante del Directorado de Finanzas, quien determinó que la compañía tiene la capacidad para cumplir con el financiamiento de este proyecto de acuerdo con la información provista de Camino Group, su compañía matriz. La evaluación de los representantes de Generación indicó que esta propuesta cumple con el alcance técnico requerido en este RFP.

  19. El precio ofrecido por el proponente RG Engineering por el suplido e instalación de las tres unidades fue de $60,200,100.

  20. El Comité evaluó la propuesta de ARG Precision, Inc. y determinó que esta compañía presentó una propuesta que cumple con todos los criterios incluidos en el RFP. PW suministró una declaración jurada en la que certifica su relación con ARG y le autoriza a participar del evento como representante exclusivo de sus equipos. El representante del Directorado de Finanzas evaluó su capacidad financiera a base de los estados financieros de Mitsubishi Heavy Industries Group, compañía matriz de PW, provistos por ARG. Además, esta compañía suministró un compromiso de financiamiento por parte de Bostonia Partners con el cual financiaría dicho proyecto en conjunto con PW. En esta, se demuestra que la compañía tiene la capacidad para cumplir con el financiamiento del proyecto. La propuesta cumple con los requisitos técnicos del RFP, basado en la evaluación de los representantes del Directorado de Generación.

  21. El precio ofrecido por el proponente ARG Precision por el suplido e instalación de las tres unidades fue de $57,897,492.

  22. El comité evaluó la propuesta de Siemens Energy y determinó que su propuesta cumple con todos los criterios establecidos en el RFP. Se evaluó la capacidad financiera de Siemens a base de la información provista y se determinó que posee el capital para cumplir con el financiamiento del proyecto, según evaluado por el representante del Directorado de Finanzas. La propuesta también cumple técnicamente con lo requerido en los documentos del RFP, conforme a la evaluación realizada por los representantes del Directorado de Generación.

  23. El precio ofrecido por el proponente Siemens por el suplido e instalación de las tres unidades fue de $94,999,998.

  24. Como parte del proceso de RFP, el 21 de septiembre de 2018, la AEE indicó a través de la plataforma de Power Advocate que utilizaría como criterio de evaluación la fórmula del Level Cost of Energy (LCOE) para obtener el costo de las propuestas para el criterio de evaluación, dicha fórmula es la que la industria frecuentemente utiliza.

  25. La AEE indicó a los proponentes, que la información requerida para el LCOE estaba incluida en el Addendum 6 del rfP.

  26. La AEE utilizó...

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