Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Diciembre de 2019, número de resolución KLAN201901071

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201901071
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2019

LEXTA20191218-012-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IX

AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN DE PUERTO RICO
Apelado
V.
WALGREENS OF PUERTO RICO, INC.
Apelante
KLAN201901071
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm. SJ2019CV08642 (508) Sobre: DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Brignoni Mártir, y la Jueza Grana Martínez y la Jueza Ortiz Flores1.

Grana Martínez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de diciembre de 2019.

La apelante, Walgreens of Puerto Rico, solicita que revoquemos la sentencia de desahucio y cobro de dinero en rebeldía, que el Tribunal de Primera Instancia dictó en su contra. La apelada, Autoridad de Carreteras y Transportación de PR o ACT, solicitó una prórroga para presentar su alegato en oposición, toda vez que las partes continuaban un diálogo dirigido a finiquitar las controversias entre estos. Concedido el término, las partes no pudieron llegar a acuerdo alguno y la ACT declinó, mediante moción, presentar alegato en oposición, por lo que resolvemos sin más dilación.

I

El 23 de agosto de 2019, la apelada presentó una demanda de desahucio y cobro de dinero contra la apelante. La Autoridad alegó que le arrendó a Walgreens un terreno para usarlo como estacionamiento y que la apelante le adeudaba $114,400.00 de cánones vencidos y no pagados. Además, de otras cantidades reclamadas en la demanda. La apelante no compareció a la vista de desahucio.

El 10 de septiembre de 2019, el TPI anotó la rebeldía de la apelante y dictó sentencia en su contra. El foro apelado ordenó a la apelante el desalojo de la propiedad y el pago a la apelada de $121,264.00 acumulados al 15 de mayo de 2019. Además, de cualquier otra cantidad acumulada hasta el desalojo, los intereses acumulados a 6% y $1,000 de costas y honorarios.

Inconforme, la apelante presentó este recurso en el que hace el siguiente señalamiento de error:

Erró el TPI al dictar una Sentencia en rebeldía a base de unas alegaciones de la parte demandante que no se encontraban sustentadas por los documentos presentados por la parte demandante en apoyo de la demanda instada.

II

A

El desahucio es el medio que tiene el dueño de un inmueble arrendado para recobrar judicialmente su posesión, cuando ocurre alguna de las causas de extinción. El desahucio sumario es un procedimiento reglamentado por los Artículos 620-634 del Código de Enjuiciamiento Civil, 32 LPRA secs. 2821-2838, que responde al interés del Estado en atender expeditamente la reclamación del dueño de un inmueble, al que le han interrumpido los derechos a poseer y disfrutar su propiedad. Las sentencias que el TPI emite como parte del procedimiento de desahucio sumario son apelables. Adm. Vivienda Pública v. Vega Martínez, 200 DPR 235, 240 (2018).

El objetivo principal del desahucio es recuperar la posesión de hecho de un bien inmueble mediante el lanzamiento o la expulsión del arrendatario o precarista que lo detente sin...

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