Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Diciembre de 2019, número de resolución KLRA201900571

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900571
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2019

LEXTA20191218-039-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL I

IRIS Y. RAMOS MIRANDA
Recurrida
v.
JUNTA DE DIRECTORES CONDOMINIO PASEO DEL FARO
Recurrente
KLRA201900571
Revisión Judicial procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor
Querella Núm.:
C-SAN-2017-0000510
Sobre:
Condominios

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Candelaria Rosa y el Juez Cancio Bigas.

Candelaria Rosa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de diciembre de 2019.

La Junta de Directores del Condominio Paseo del Faro (Recurrente) comparece ante nosotros mediante Solicitud de Revisión Judicial. Solicita que revoquemos la Resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) de 10 de julio de 2019 que declaró con lugar la querella que Iris Y. Ramos Miranda (Recurrida) presentó en su contra y ordenó al Recurrente a abstenerse de cobrarle $3,396.45. Por los fundamentos que expresamos a continuación, confirmamos la Resolución recurrida.

La Recurrida es titular de un apartamento en el Condominio Paseo del Faro (condominio) sometido al régimen de propiedad horizontal. El 25 de febrero de 2012 H.Q.J.

Administration, administrador interino del condominio, celebró una asamblea para seleccionar su primera Junta de Directores. Surge del expediente que -mediante una Resolución Sumaria del DACo en otra querella relacionada identificada bajo el número MA0001799- se declararon ilegales e improcedentes en derecho las determinaciones tomadas en la asamblea de 25 de febrero de 2012, entre ellas, declarar un estado de emergencia y requerir de los titulares aportaciones económicas a esos efectos.1

La Recurrida no pagó tales cuotas por lo que en diciembre de 2014 recibió una carta certificada de la compañía administradora Preferred Home Services, Inc. (Preferred), que le reclamó el pago de $3,840.39 en cuotas de mantenimiento. Ante ello, solicitó a la Recurrente y a Preferred que rectificaran los estados de cuenta de modo que reflejen que tales cuotas proceden desde que se realizó legalmente el traspaso de administración el 4 de octubre de 2014, no desde septiembre de 2012 como pretenden cobrarle. Sin embargo, en enero de 2017, le fueron suspendidos los servicios de agua y electricidad por falta de pago.

El 26 de julio de 2017, a solicitud de la Recurrida, el DACo emitió una orden de cese y desista en contra de la Recurrente ordenando reestablecer los...

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