Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Abril de 2021, número de resolución KLAN202100031

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN202100031
Tipo de recursoKLAN
Fecha de Resolución29 de Abril de 2021

LEXTA20210429-006 -

Jaime Luis Mattei Arroyo v. Junta De Directores Cooperativa De Viviendas Los Robles Y Cooperativa De Viviendas Los Robles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

JAIME LUIS MATTEI ARROYO
Recurrido
v.
JUNTA DE DIRECTORES COOPERATIVA DE VIVIENDAS LOS ROBLES Y COOPERATIVA DE VIVIENDAS LOS ROBLES
Peticionarios
KLAN202100031 Apelación acogida como Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Sobre: Revisión Judicial Caso Número: SJ2019CV07971

Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Domínguez Irizarry, la Jueza Rivera Marchand, la Jueza Mateu Meléndez y la Jueza Álvarez Esnard

Domínguez Irizarry, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 29 de abril de 2021.

Las peticionarias, Junta de Directores de la Cooperativa de Vivienda Los Robles y la Cooperativa de Vivienda Los Robles, comparecen ante nos para que revoquemos el dictamen emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 25 de noviembre de 2020, notificado el 30 de noviembre de 2020. Mediante el mismo, el foro a quo dejó sin efecto una resolución dictada por la Cooperativa en contra del señor Jaime L. Mattei Arroyo, ello dentro de un procedimiento sobre revisión judicial por este promovido.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el presente recurso de apelación.

I

Conforme surge del expediente de autos, el señor Jaime Mattei Arroyo fue socio de la peticionaria Cooperativa de Vivienda por espacio de, aproximadamente, veinticuatro (24) años. Allí se le asignó la unidad G04-B, apartamento que habitó junto con su señora esposa, Aracelis Román García, y su hijo, el señor Jaime L. Mattei Román.

El 2 de febrero de 2019, se suscitó un incidente dentro de la unidad residencial ocupada por la familia Mattei Román. Específicamente, el señor Mattei Román recibió una herida de bala en su mano mientras maniobraba un arma de fuego. A raíz de ello, se dio curso al proceso investigativo de rigor. Tras múltiples incidencias, el 5 de junio de 2019, se celebró una vista entre las partes involucradas. Como resultado, el 2 de julio de 2019, la Cooperativa peticionaria emitió una Resolución en virtud de la cual destituyó

al señor Mattei Arroyo como uno de sus socios y ordenó a la familia Mattei Román a desalojar, de manera inmediata, la unidad G04-B. Como fundamento de su determinación, la Cooperativa de Vivienda expuso que el incidente en disputa constituyó una infracción a las normas de convivencia y a su Reglamento.

En desacuerdo con la referida determinación, el 9 de agosto de 2019, el señor Mattei Arroyo presentó la causa de epígrafe ante el tribunal primario. En esencia planteó que, durante el procedimiento concerniente a la investigación efectuada por razón del incidente con el arma, se transgredieron los límites del debido proceso de ley. Días después, solicitó la paralización de los efectos del pronunciamiento en disputa.

Así las cosas, y luego de varios trámites, algunos en consideración al estado de salud del señor Mattei Arroyo, el 5 de agosto de 2020, la Cooperativa...

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