Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Mayo de 2021, número de resolución KLRA202000356

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202000356
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2021

LEXTA20210526-008 - La Rosa De Saron Caring Furniture v.

Grisel Arce Soto

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

LA ROSA DE SARÓN CARING FURNITURE, INC.
Recurrente
v.
GRISEL ARCE SOTO
Recurrida
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO
Agencia Recurrida
KLRA202000356
Revisión administrativa procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos Caso Núm. A-00815-20AE Sobre: ELEGIBILIDAD BENEFICIOS DE COMPENSACIÓN POR DESEMPLEO. SECCIÓN 4(b)(2) DE LA LEY DE SEGURIDAD DE EMPLEO DE PUERTO RICO

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Jueza Brignoni Mártir y la Jueza Grana Martínez.

Grana Martínez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de mayo de 2021.

La parte recurrente, La Rosa de Sarón Caring Furniture Inc., solicita que revisemos la resolución del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos que le concedió a la señora Grisel Arce Soto los beneficios de seguro por desempleo.

La Oficina del Procurador General solicita la desestimación del recurso, debido a la falta de legitimación del patrono para cuestionar la concesión de los beneficios.

La recurrente expresó su oposición a la desestimación del recurso.

Los hechos fácticos que anteceden este recurso son los siguientes.

I

El Negociado de Seguridad de Empleo determinó que la recurrida era elegible para recibir los beneficios del seguro por desempleo. La recurrente apeló la decisión. El Departamento del Trabajo realizó la correspondiente vista y confirmó la eligibilidad de la recurrida. La recurrente solicitó

reconsideración y le fue denegada.

Inconforme, la recurrente presentó este recurso en el que hace los señalamientos de errores siguientes:

Erró el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos al emitir una decisión administrativa insuficiente a la luz de la Sección 3.14 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme al determinar de forma concluyente y estereotipada que la reclamante tuvo justa causa para renunciar a su trabajo por una “serie de sucesos” sin determinar cuáles son los sucesos que componen la “serie de sucesos” que a juicio de la agencia justifican que la reclamante renunciará a su empleo de seis años vis a vis enfrentar la suspensión de 2 semanas de empleo y sueldo.

Erró el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos al emitir una decisión administrativa en la cual determina que una renuncia de un empleado como respuesta a una medida disciplinaria de empleo y sueldo por dos semanas es causa suficiente para justificar la renuncia y así declarar al empleado renunciante como...

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