Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Junio de 2021, número de resolución KLCE202001285

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202001285
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución22 de Junio de 2021

LEXTA20210622-006 - Betzaida Maldonado Cordero v. Cud Salud

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

BETZAIDA MALDONADO CORDERO
Recurrida
v.
CUD SALUD, INC.
Peticionaria
KLCE202001285
Recurso de certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso Núm.: SJ2018CV04022 Sobre: Violación de Leyes Laborales Ley 2, Procedimiento Sumario

Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Domínguez Irizarry y la Jueza Rivera Marchand.

Rivera Marchand, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 22 de junio de 2021.

Comparece el peticionario, Centro Unido de Detallistas, Salud Inc.

(CUDS o peticionario) y nos solicita la revocación de la Resolución emitida el 3 de diciembre de 2020 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan.

En el referido dictamen, el Tribunal recurrido denegó tanto la Solicitud de Sentencia Sumaria que presentó el peticionario como la Moción Sometiendo Moción de Sentencia Sumaria Parcial Bajo Sello que presentó la señora Betzaida Maldonado Cordero (Sra. Maldonado o recurrida).

Por los fundamentos que expresaremos a continuación, se expide el auto de certiorari a los fines de modificar los hechos en controversia. Veamos.

I.

El 7 de junio de 2018, la Sra. Maldonado instó una Querella en contra de CUDS por despido injustificado.[1] En la misma, señaló que el Centro Unido de Detallistas (CUD) la contrató en julio de 1993 para ejercer como oficial de servicio al cliente en el área de “data entry” de planes médicos.

Añadió que pasó a ejercer las mismas responsabilidades por igual salario y beneficios en CUDS.[2] La Sra. Maldonado adujo que recibió una carta de despido fechada el 28 de diciembre de 2017 con efecto inmediato presuntamente por razones atribuibles a la situación económica de la CUDS tras el paso del huracán María por Puerto Rico.[3] En la Querella, la recurrida alegó que tras su despido, el CUDS mantuvo dentro de su misma clasificación ocupacional a cuatro (4) empleados con menor antigüedad a cargo de ejecutar las tareas y responsabilidades que ella ostentaba.

El CUDS contestó la querella y, entre otros asuntos, informó que se había realizado un Plan de Reorganización y Cesantías por motivos económicos producto del cual eliminó la clasificación ocupacional de Oficial de Suscripción y Trámites, plaza única que ocupaba la Sra. Maldonado.[4]

Tras la radicación del Informe de Conferencia con Antelación al Juicio,[5] el CUDS presentó una Solicitud de Sentencia Sumaria.[6] Alegó en síntesis que el despido de la Sra. Maldonado se debió a un proceso de reorganización bona fide que redundó

en la eliminación de la clasificación ocupacional de la recurrida. Arguyó que la reorganización se debió a una disminución en el volumen e ingresos producto del paso del huracán María sobre Puerto Rico. El CUDS señaló además que, los cuatro (4) empleados retenidos de menor antigüedad que la Sra. Maldonado no pertenecían a la clasificación ocupacional de Oficial de Suscripción y Trámites. En apoyo a su solicitud, el peticionario propuso 26 hechos incontrovertidos.[7]

Por su parte, la Sra. Maldonado presentó una Moción Sometiendo Moción de Sentencia Sumaria Parcial Bajo Sello en la cual propuso 81 hechos incontrovertidos.[8] En la misma incluyó varios documentos.[9] Señaló que su clasificación ocupacional no era la única como alegó el CUDS, sino que los siete (7)

oficiales estaban en la misma clasificación ocupacional que ella, por cuanto realizaban funciones similares. Expuso que los requisitos para ocupar las plazas eran iguales y los empleados se sustituían unos a otros durante vacaciones o durante el período de ingerir alimentos.

Sobre la salud financiera de CUDS, la recurrida expresó que la planilla de contribución sobre ingresos del CUDS correspondiente al año 2017 refleja un superávit de $46,688.00, aún luego de aportar $111,000.00 al presidente del CUD, lo cual es evidencia de que no existía tal precariedad económica. Según la recurrida, dicha ganancia no es atribuible a la reorganización puesto que la misma se implementó a finales del 2017.

Con el beneficio de las correspondientes oposiciones de ambas partes a las respectivas mociones de sentencia sumaria[10], el TPI dictó

la Resolución recurrida mediante la cual consignó los siguientes 24 hechos incontrovertidos:

1.

La señora Maldonado comenzó a trabajar en el Centro Unido de Detallistas (“CUD”) el 21 de junio de 1993.

2.

CUDS es una corporación sin fines de lucro organizada bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y reglamentada por la Oficina del Comisionado de Seguros, que se creó en noviembre de 2010, para fungir como una agencia general de seguros con una amplia cartera de productos, no limitados a planes médicos.

3.

El 1 de julio de 2011, el CUD transfirió a la señora Maldonado a CUDS y le informó que dicha entidad pasaría a ser su nuevo patrono.

4.

Antes de la reorganización corporativa, la estructura operacional de CUDS estaba compuesta por dos (2) Departamentos: 1) Departamento de Operaciones de Seguros; y 2) Departamento de Contabilidad General. A su vez, el Departamento de Operaciones de Seguros se componía de tres (3) unidades: (1)

la Unidad de Suscripción y Trámites; (2) la Unidad de Análisis de Cuentas y Cobros, y (3) la Unidad de Servicios. Mientras, el Departamento de Contabilidad General se componía de su Directora y de Facturación e Informes.

5.

En la Unidad de Suscripción y Trámites, se determinaba si los solicitantes cumplían con los requisitos establecidos por el plan de seguros y se efectuaban los cambios de altas, bajas y modificaciones requeridos por éstos. La descripción de puesto de la clasificación ocupacional de Oficial de Suscripción y Trámites cataloga dicho puesto como una “posición de nivel operacional”.

6.

En la Unidad de Análisis de Cuentas y Cobros, se realizaban las gestiones de cobro de primas, se mantenía al día el historial de pago de los asegurados y se tomaban las acciones de cancelación, reinstalación y conciliación de cuentas con las aseguradoras que resultaban, a su vez, del análisis de cuentas de los asegurados. La descripción de puesto de la clasificación ocupacional de Oficial de Análisis de Cuentas y Cobros cataloga dicha posición como un “puesto de nivel operacional/técnico”.

7.

En la Unidad de Servicios, se atendían las consultas telefónicas que se recibían en el Centro de Llamadas de la empresa. La clasificación ocupacional de Oficial de Servicios es de “posición de nivel operacional/técnico”.

8.

Mientras trabajó en CUDS, la señora Maldonado ocupó la clasificación ocupacional de Oficial de Suscripción y Trámites en la Unidad de Suscripción y Trámites de la empresa.

9.

Como Oficial de Suscripción y Trámites, la señora Maldonado era responsable de realizar las siguientes funciones:

a.

Verificar y validar las solicitudes de ingreso al plan de seguros con el primer pago, recibidas diariamente del Productor;

b.

Evaluar que el solicitante al plan de seguros cumpla con todas las políticas de elegibilidad de ingreso al plan, lo cual incluye verificar que el solicitante tenga su membresía de socio activa;

c.

Registrar en CUD WEB las solicitudes de ingreso al plan de seguros y referir a la Unidad de Análisis de Cuentas y Cobros los pagos y documentos correspondientes; d. Validar la entrada de solicitudes de ingreso al plan de seguros en el portal de la Entidad o su envío en papel para el trámite de suscripción con la aseguradora;

d.

Preparar listas con los contratos nuevos de los asegurados que solicitaron acogerse al débito electrónico (ACH) y tramitar el envío de los cupones provisionales;

e.

Registrar en el sistema los documentos recibidos de los asegurados;

f.

Colaborar con la Supervisora del Departamento en las comunicaciones y trámites con las aseguradoras, análisis de casos y otras funciones;

g.

Colaborar con las funciones de la Unidad de Análisis de Cuentas y Cobros y del Centro de Llamadas;

h.

Atender, orientar y resolver situaciones presentadas por los socios, asegurados u otras personas en sus llamadas telefónicas o referidas por compañeros de trabajo;

i.

Participar en los trabajos de envíos de correspondencia, corrección de correspondencia devuelta, sustitución de la Recepcionista y los Oficiales

j.

asignados a atender público según sea necesario, llamadas a asegurados para gestiones de cobros u obtener información;

k.

Trabajar los casos de los asegurados, preparar informes, atender asuntos referidos por la Supervisora del Departamento;

l.

Colaborar con la Oficial de Servicios encargada de brindarle servicio a los socios del CUD;

m.

Enviar cartas de bienvenida a los ingresos del plan médico notificándoles las políticas de elegibilidad del grupo;

n.

Mantener al día el archivo de documentos, trámites y solicitudes de ingreso de los asegurados;

o.

Tramitar la entrega y recibo de documentos con los Ejecutivos de Cuenta de las compañías aseguradoras;

p.

Generar la requisición y orden de compra de los materiales y equipo de la oficina;

q.

Cumplimentar la hoja de referido para el Departamento de Mercadeo de CUD de los prospectos para Socio y a los Corredores de Seguros los de ingreso al plan médico;

r.

Hacer otras tareas relacionadas conforme a su conocimiento y nivel de su posición en la empresa;

s.

Preparar y procesar el archivo de correspondencia de las cartas de cancelación y aviso de cancelación;

t.

Fotocopiar las solicitudes de ingreso de las aseguradoras;

u.

Registrar y sellar la correspondencia postal de todos los departamentos;

v.

Mantener en condiciones el archivo de documentos de los asegurados, de manera que puedan ser suministrados en caso de ser solicitados;

w.

Enviar mensualmente el archivo de asegurados a los productores de seguros;

x.

Mantener al día el suplido y distribución de los materiales de oficina; y

y.

Revisar el funcionamiento de los equipos tecnológicos y velar por su buen uso.

10. El 20 de septiembre de 2017, Puerto Rico fue...

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