Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Diciembre de 2021, número de resolución KLRA202100431

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202100431
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2021

LEXTA20211209-009 - Empresas Terrassa v. Departamento De Recursos Naturales

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI

EMPRESAS TERRASSA, INC.
Recurrente
v.
DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES
Recurrido
KLRA202100431
REVISIÓN JUDICIAL procedente del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales Querella núm.: 15-206-A Sobre: Impugnación a Facturas de cobro del DRNA Ley 136 de 3 de junio de 1976, según enmendada

Panel integrado por su presidenta la Juez Lebrón Nieves, el Juez Rivera Torres y la Jueza Santiago Calderón.

Rivera Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de diciembre de 2021.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones Empresas Terrassa, Inc.

(en adelante Terrassa o la recurrente) mediante el escrito de revisión de epígrafe y nos solicita que revoquemos una Resolución emitida por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (en adelante el DRNA o el recurrido) el 1 de junio de 2021, archivada en autos el 4 de junio siguiente.

Mediante la misma, el DRNA declaró No Ha Lugar a la solicitud de impugnación presentada por Terrassa.

Por los fundamentos que se exponen a continuación, confirmamos la Resolución recurrida.

I.

El asunto en controversia tiene su génesis el 24 de noviembre de 2010, cuando el DRNA emitió a Terrasa la Factura al Cobro Núm. 11-050-FA-110 de $507,656.59 por el consumo o extracción de aguas públicas mediante una toma superficial de una charca de almacenamiento en sus instalaciones para uso industrial ubicadas en el Municipio de Toa Alta. La tarifa, conforme a la referida factura, es $500 por cada millón de galones de agua autorizado en un periodo desde agosto de 1997 hasta el 30 de septiembre de 2010. El pago de la misma vencía el 10 de diciembre de 2010.

En desacuerdo con lo facturado, el 30 de diciembre de 2010 Terrassa presentó ante la agencia una impugnación. Luego de varios trámites administrativos, el 20 de mayo de 2015 el DRNA le envió una comunicación a Terrassa expresando que:[1]

… el área técnica, producto de la investigación, concluye que se reafirma en el informe presentado a nuestra División es correcto con el aprovechamiento de las aguas por lo que debe efectuar el pago correspondiente a $507,659.59 en un periodo de quince (15) días.

A la misma vez, se le apercibió del derecho a solicitar una reconsideración a la entonces Secretaria del DRNA, dentro del término de 20 días a partir del recibo de la comunicación. El 18 de junio de 2015 la recurrente solicitó la reconsideración indicando que no aceptaba la deuda mencionada.

Posterior a ello, el 8 de junio de 2017 se celebró la vista administrativa. En la misma testificó como perito de Terrassa el Ing. Luis Baigés Chapel. La prueba testifical del DRNA consistió de los testimonios del Ing. Hugo Febo Boria y del Ing. José Cruz, Director de Facturación y Cobro del DRNA.

La evidencia documental consistió en los siguientes exhibits:[2]

·

Exhibit 1 de la promovente - Informe del Ingeniero Baigés Chapel de 7 de junio de 2016 titulado Comentarios sobre Informe de Extracción de Agua con fecha 20 de octubre de 2010 relacionado con la franquicia O-FA-FAID6-SJ-00147-07062010.

·

Exhibit 2 de la promovente (estipulado)- Tabla de Extracción de Empresas Terrassa, Inc.

Toa Alta de 15 de octubre de 2010 que entregó el Ingeniero Febo para el cobro desde el 1997 al 2010.

·

Exhibit 3 de la promovente - Carta de 26 de febrero de 1997 del Ing. Baigés a la Sra.

Sara Cortés sobre análisis operacionales de las charcas en Terrassa.

·

Exhibit A de la promovida – Carta de 28 de octubre de 2010 del DRNA, Informe de Extracción de Agua Empresas Terrassa, Inc. Municipio de Toa Alta, O-FA-FAID6-SJ-00147-07062010.

·

Exhibit B de la promovida – Carta de 26 de octubre de 2010 del DRNA, Solicitud de Franquicia de Agua, O-FA-FAID6-SJ-00147-07062010, Empresas Terrassa, Inc., Municipio de Toa Alta.

·

Exhibit C de la promovida – Factura al Cobro Núm. FA-110 de 10 de noviembre de 2010

A continuación, expondremos un resumen de los testimonios que resultan pertinentes a las controversias planteadas ante nuestra consideración.

El Ing. Luis Baigés Chapel, perito de Terrassa, es ingeniero químico y consultor en hormigonera, cantera, asfalteras y materiales de construcción.

Este fue aceptado como tal por la Oficial Examinadora sin objeción. Desde el 2005 ofrece este tipo de servicios de consultoría a Terrassa, pero aclaró que trabaja con estos desde el año 90. Indicó que, respecto a franquicias de agua, trabaja la permisología y asesora si existe algún problema. Declaró, además, que en las instalaciones de Terrassa existen charcas de agua privadas y que se utiliza un metro para registrar el consumo de agua. Aclaró que el tipo de metro en las facilidades de Terrassa es Badger, Recordall Meter disc.[3]

Sobre esto, agregó que “Todos, todos los metros Badger …, … registran y tienen el sistema odométrico que utilizan ellos. Son seis anillos odométricos que tienen …, ese aparato completamente independiente …, por completo del aparato de medir.”[4]

En cuanto a los anillos testificó que estos son “[u]no negro y cinco blancos. Eso es para evitar confusiones en lecturas. O sea, tú lees los blancos olvídate del anillo negro. Y ya con esa lectura, esa es la lectura al metro.”[5]

Indicó que el anillo negro da la lectura contínua y los otros blancos dan el valor acumulativo.[6] “Aquí lo, lo ocasiona el negro, el negro le, lo ocasiona y él lo registra, … y ese número se queda, cuando vuelve y da … los otros 100 galones vuelve el otro y da uno, dos, tres y van llegando hasta llegar a 100,000.”[7]

Declaró que según la ilustración en la página 4 del informe (Exhibit 1), la lectura del metro es 85247 y su equivalencia en galones “… lo dice el mismo metro por 100 da los galones. La lectura del blanco por 100 le da a usted el galonaje.”[8] En este caso en particular, expuso que “… el 85,247 por 100 me da a 8,524,700.”[9] Añadió que “… esa expresión numérica multiplicado por 100 esa es la lectura, no hay forma de ver un metro Badger que no sea esa.”[10] Al preguntarle en el interrogatorio directo ¿Cuál es la lectura máxima que registra?, este contestó que 100,000.[11]

El testigo continuó declarando sobre el Exhibit 2 de Terressa el cual fue estipulado y el mismo consta de una tabla preparada por el DRNA intitulada Tabla de Extracción de Empresas Terrassa, Inc. Toa Alta-15 de octubre de 2010. Esta contiene cuatro (4) columnas tituladas; Periodo, Lect.

Inic. Toma, Lect. Final Toma y Extracción total (Gals.). Sobre este documento, el Ingeniero Baigés Chapel testificó lo siguiente:[12]

  1. … Le pregunto, …, ¿qué dice el informe preparado por el ingeniero Febo en relación al periodo de agosto del ′97 a diciembre del ′97?

  2. La lectura inicial fue, tiene tres, seis, ocho dígitos.

  3. Tiene ocho dígitos. … Ahora vamos a ir a su informe a la página 4 en donde está la foto el metro. Le pregunto, ¿cuántos dígitos tiene el metro que surge en la página 4?

  4. Cinco, parte seis y fue en el negro y cinco por la lectura.

  5. Le pregunto, ¿si esa lectura que usted acaba de indicar, […]

    surge del documento la 76308500 que indicó que contiene, contiene ocho dígitos.

    […]

  6. Está compuesta por ocho dígitos.

  7. Está compuesta por ocho dígitos. Le pregunto, ¿si esa lectura puede corresponder a ese metro que está compuesto de seis dígitos o anillos?

  8. No, no, el metro Badger es obligado es seis, tiene seis. No pare más, ni para abajo, ni para arriba.

    […]

  9. […] Si yo tomo eso mismo, la lectura del metro inicial sería …

    76,308 por 100.

    Por otra parte, el perito declaró que el máximo de galones por minuto para el metro Badger es de 100.[13] A preguntas relacionadas con el informe preparado por el Ing. Hugo Febo Boria del DRNA, este indicó que el procedimiento es perfecto, pero la lectura no.[14] Expuso que no aceptaba la lectura, pero sí el procedimiento. Sobre esto, especificó:[15]

  10. ¿Y qué procedimiento es el que usted acepta?

  11. Bueno, el, que la multiplicación que imagínese a ver que a él le da 1,000,000, 1,204,000 a 120,000,000, la diferencia es muy grande.

  12. ¿Y cuál sería su cómputo?

  13. Pues, que el, el cómputo mío serían 120,000,000.

    El Ingeniero Baigés Chapel concluyó que los ciclos fueron “donados” por 100,000, 100,000,000 de galones en vez de 10,000. “Eso, ahí nada más tenemos una cantidad gigantesca. No es lo mismo 100,000,000, estamos hablando 90,000,000 más. Eso es …”[16] En referencia a la página 11 del informe de 7 de junio de 2016, (Exhibit 1) este precisó:[17]

    Bueno, esto es lo que más o menos resume lo que hemos hablado aquí.

    “How to read (ininteligible) water meter register.” El metro es de 10 galones, “test cicle” y la lectura es de 100, el total es de 100 galones que es 28,332, 2832. Uno, dos, tres, cuatro y cinco, blancos. Si fuera 100 galones el “cycle”.

    Durante el contrainterrogatorio el Ingeniero Baigés Chapel aclaró que el metro Badger que se ilustra en la página 4 del informe (Exhibit 1) “es bien viejo”, de los 80’ y “no hay literatura de esto”.[18] Indicó que las especificaciones, en el documento titulado Tecnical Brief e incluido en la página 6 del informe, son de un metro nuevo y no es el mismo.[19] Reiteró que el metro fue probado por él en el 1997 y eran 100 galones por minuto.[20]

    La Oficial Examinadora intervino durante el contrainterrogatorio, a los fines de aclarar que el metro utilizado en las instalaciones de Terrassa era el ilustrado en la página 4 del informe. Ahora bien, en cuanto a las instrucciones de cómo leer ese metro, esta le preguntó al perito si eran las indicadas en la página 11 del informe o en la página 12. Expresó que “La página 11 siendo 10 galones por ciclo y la 12 siendo 100”.[21] A lo que el testigo respondió “[l]a contestación es el, la unidad más pequeña que es aquí, que es un galón.”[22]

    “O sea, él esta calibrado de 10 en 10. Eso es un “10 gallon cycle”. Es [e]ste y ese es el que tiene ahí que utilizar en la figura ahí para leerlo.”[23]

    Nuevamente...

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