Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Diciembre de 2021, número de resolución KLRA202100526

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202100526
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2021

LEXTA20211214-028 - Empresas Benitez Toledo Inc. Licencia Oril Num. 3227 El Farmer Inc. Licencia Oril Num. 3368 Ivan F. Martinez Torres Licencia Oril Num. 3241 S v. Oficina Para La Reglamentacion De La Industria Lechera De PR (oril)

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL XI

EMPRESAS BENÍTEZ TOLEDO INC.
Licencia ORIL Núm. 3227
EL FARMER INC.
Licencia ORIL Núm. 3368
IVÁN F. MARTÍNEZ TORRES
Licencia ORIL Núm. 3241
Recurrentes
V.
OFICINA PARA LA REGLAMENTACIÓN DE LA INDUSTRIA LECHERA DE PUERTO RICO (ORIL)
Recurrida
KLRA202100526
Revisión de Decisión Administrativa procedente del Departamento de Agricultura, Oficina para la Reglamentación de la Industria Lechera de Puerto Rico Orden Adm. Núm.: 2021-33 Sobre: Para crear un Fondo para la Bonificación del Pago por Calidad

Panel integrado por su presidenta; la Juez Lebrón Nieves, el Juez Rivera Torres y la Jueza Santiago Calderón

Lebrón Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de diciembre de 2021.

El 7 de octubre de 2021, compareció ante este Tribunal de Apelaciones, el Sr. Iván F. Martínez Torres (en adelante, el señor Martínez Torres), Empresas Benítez Toledo Inc., y El Farmer Inc. (en adelante y en conjunto los recurrentes), mediante recurso de Apelación. Nos solicitan que declaremos nula la Orden Administrativa Núm. 2021-33 emitida por la Oficina para la Reglamentación de la Industria Lechera (en adelante, ORIL).

Por los fundamentos que adelante esbozamos, desestimamos el recurso de revisión administrativa por falta de jurisdicción.

I

Surge del expediente, que el 30 de septiembre de 2020, el Administrador de ORIL emitió un Informe: Proyecto para Bonificación por Calidad de Leche.[1] En dicho informe, recomendó que se estableciera un plan piloto para bonificar a los ganaderos por la calidad de la leche producida. Los parámetros que se considerarían para propósitos de la bonificación sería el contaje de células somáticas y el porciento de grasa de la leche. Se indicó que, dicha iniciativa buscaba fomentar el mejoramiento de las prácticas de manejo de producción de leche en las vaquerías y asegurar la salud de los consumidores a través de un producto de calidad óptima.

El 5 de octubre de 2020, el Administrador de ORIL emitió la Carta Circular 2020-35.[2] Dicha carta fue dirigida a todos los productores de leche y plantas elaboradoras con licencias de ORIL. Ello, en relación con el Proyecto para Bonificación por Calidad de Leche. Mediante la carta circular, se les comunicó a los productores de leche que la Junta de Directores del Fondo para el Fomento de la Industria Lechera (FFIL) aprobó una asignación de fondos para el plan piloto de bonificación por calidad de leche.

El programa tenía el objetivo de fomentar, a través de una bonificación monetaria, las prácticas adecuadas en el manejo del hato productor, el cual tendría como resultado asegurar el bienestar de los animales y la salud de los consumidores. El periodo estimado del plan piloto sería de seis (6) meses o hasta que se identificara una fuente de fondos recurrentes para continuar con el mismo.

Posteriormente, el 26 de mayo de 2021, el Administrador Interino de ORIL emitió una Resolución y Orden de Precios de Leche en Todos sus Niveles en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (Resolución y Orden de Precio de Leche).[3] La Resolución y Orden de Precio se emitió al amparo de la Ley Núm. 34 del 11 de junio de 1957, infra. Como parte del proceso, ORIL notificó a todos los componentes de la industria lechera un informe de hallazgos y publicó en el periódico Primera Hora un Aviso de Vista Pública. La vista pública se llevó a cabo el 2 de febrero de 2021, de manera remota.

En lo aquí pertinente, en la Resolución y Orden de Precio, ORIL incluyó determinaciones relacionadas a la calidad de la leche en Puerto Rico, específicamente, sobre el Programa de Bonificación por Calidad.[4]

Indicó que, tenía el deber ministerial de asegurar el cumplimiento de la Ley Núm. 34 de la Industria Lechera, así como de los reglamentos, resoluciones y órdenes emitidas a su amparo. Aseveró también que, tenía el deber de asegurar al consumidor un producto de la más alta calidad a precios razonables.[5]

Así, ORIL determinó que implantaría mediante una orden administrativa separada, el programa de bonificación por calidad de leche.

Asimismo, el 26 de mayo de 2021, ORIL emitió la Orden Administrativa Núm. 2021-18, Precio de la Leche Fresca y “UHT” en todos los Niveles, Efectivo el 10 de junio de 2021.[6] En la misma, se dispuso la estructura de precios de la leche y en ella se incluyó el costo del programa de incentivo por calidad.

Posteriormente, el 10 de septiembre de 2021, ORIL emitió la Orden Administrativa Núm. 2021-33 (OA-2021-33).[7] Ello, para crear un fondo para la bonificación del pago por calidad. La Orden Administrativa fue emitida al amparo de las facultades conferidas por la Ley Núm. 34 de 11 de junio de 1957, según enmendada. En dicha orden, ORIL reiteró que la bonificación de pago por calidad estimulaba el desarrollo de los negocios de vaquerías en Puerto Rico.

Aseveró que, de esa forma se cumplía con los fines de la Ley Núm. 34, del 11 de junio de 1957, según enmendada y se establecía un programa dirigido a asegurar el bienestar general y la salud de los consumidores. Por tanto, mediante la Orden Administrativa se adoptó el mecanismo para el pago de la bonificación por calidad.

De esta manera, se creó el Fondo para la Bonificación del Pago por Calidad y los parámetros exigibles para ser elegible para el pago por calidad.

Las normas establecidas en dicha orden son de estricto cumplimiento para los productores de leche, plantas elaboradoras, Fondo Fomento Industria Lechera e Inspectores del Programa de Calidad. Los productores fueron apercibidos de que su incumplimiento con dicha orden podría conllevar la...

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