Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Marzo de 2000, número de resolución KLRA9900819

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA9900819
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2000

LEXTCA20000323-23Almenas Sosa v. ASSMCA

Francisco J. Almenas Sosa, Querellante-Recurrido

v.

ASSMCA-Hospital Ramón Fernández Marina, Querellado-Recurrente

Núm. KLRA9900819

Revisión Administrativa

Procedente de Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago y los Jueces Brau RamírezyUrgell Cuebas.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de marzo de 2000.

Comparece en la causa del epígrafe la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) y solicita revoquemos la resolución emitida por la oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos (OPPI) el 25 de octubre de 1997, que ordenó la reinstalación del Sr. Francisco J. Almenas Sosa, empleado transitorio, por entender que ASSMCA había realizado gestiones afirmativas que indujeron al Sr. Almenas a crear expectativas de renovación de contrato como empleado transitorio e “ ... incurrió en acciones discriminatorias contra la persona de Francisco J. Almenas Sosa”. (Exhibit 1, pág. 1, Apéndice del recurso).

La oposición al recurso fue presentada el 24 de febrero de 2000, quedó sometido y debemos resolver.

Hechos

El Sr. Francisco J. Almenas fue contratado para ocupar un puesto transitorio como Enfermero II en el Área de Servicios de Tratamiento de Salud Mental, Nivel Terciario, Hospital de Psiquiatríaen Río Piedras. El término de dicho nombramiento fue del 3 defebrero de 1997 al 30 de junio de 1997. Además del sueldo mensual se le concedió un diferencial de $151.00 al mes como compensaciónadicional, equivalente a dos pasos por razón de riesgo y dos pasos por motivo de estar sujeto a turnos rotativos.

Durante la orientación inicial, los días 4 y 5 de febrero de 1997, el Sr. Almenas se quedó “...profundamente dormido, dando cabezazos y roncando...” (Véase Apéndice del Escrito de Revisión, a la pág. 41) “... se estimulaba a participar pero aún así volvía a quedarse dormido...” (Véase Apéndice del Escrito de Revisión, a la pág. 42). La Coordinadora de Calidad de Servicio y la Coordinadora de Educación notificaron por escrito lo sucedido al Director del Departamento de Enfermería, Sr. Pedro Nieves.

Así las cosas, el 25 de marzo de 1997 el Sr. Nieves sostuvo una reunión con el Sr. Almenas y la Supervisora General del Departamento de Enfermería sobre la situación que le había sido reportada. En dicha reunión el Sr. Almenas indicó, por primera vez, que ello se debía al uso de unos medicamentos que tenía que ingerir por determinadas condiciones de salud que le aquejaban.

Como resultado de la reunión y debido a tal condición, el Sr. Almenas...

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