Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Noviembre de 2003, número de resolución KLAN0300376

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0300376
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2003

LEXTCA20031118-01 Mercado Cabán v.

Supermercados Mr.Special,Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL IV AGUADILLA Y MAYAGUEZ

PANEL I

JOSÉ A. MERCADO CABÁN Apelado v. SUPERMERCADOS MR. SPECIAL, INC. Apelantes
KLAN0300376
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Subsección de Distrito, Sala de Mayagüez Civil Núm. IPE20010309 Despido Injustificado

Panel integrado por su presidenta, la juez López Vilanova, el juez Córdova Arone y la juez Feliciano Acevedo.

López Vilanova, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 18 de noviembre de 2003.

Supermercados Mr. Special Inc.

recurre de una sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, que declaró Ha Lugar una querella presentada por José A. Mercado Cabán contra dicha empresa condenándole a pagar $11,308.80 como indemnización por el despido del aquí apelado.

Con el beneficio de la exposición narrativa de la prueba, el escrito del apelado y los autos del caso, procedemos a resolver.

I

José A. Mercado Cabán comenzó a trabajar para Supermercados Mr. Special el 29 de octubre de 1981 y trabajó allí por diecinueve (19) años. Nunca fue disciplinado o amonestado por conducta alguna. Al momento de su despido, ocupaba el puesto de subgerente en la Sucursal de Sabana Grande.

El 3 de octubre del 2001 Mercado fue donde el señor William Ramírez, encargado del Departamento de Frutas y Vegetales de la sucursal de Sabana Grande, con un aguacate para que él (Ramírez) le rebajara el precio, específicamente a cincuenta centavos ($0.50.)

Ramírez le contestó que no podía rebajarlo porque el precio era de un dólar con veintinueve centavos ($1.29) y estaba en buenas condiciones. A pesar de la negativa de Ramírez, Mercado insistió en la rebaja. Ramírez decidió comprar él mismo el aguacate a precio regular con su propio dinero y se lo regaló a Mercado. Al día siguiente, esto es, el 4 de octubre del 2001, Mercado se autorizó a sí mismo una rebaja en un aguacate. Pagó cincuenta centavos ($0.50) a la cajera por un aguacate cuyo precio marcado era de un dólar con veintinueve centavos ($1.29.) Cinco días después, el 9 de octubre del 2001 Mercado fue despedido por este incidente.

El 4 de diciembre del 2001 José

Mercado presentó una querella ante el Tribunal recurrido por despido injustificado conforme a la Ley Núm. 801. Alegó que fue despedido de su empleo sin justa causa y solicitó el remedio provisto en dicha ley, es decir la mesada.

El 17 de enero del 2002 el aquí apelante Mr. Special contestó la querella. Alegó que existía justa causa para el despido porque la conducta del aquí apelado constituyó una violación crasa y grave al

reglamento de la empresa y que se afectó el buen y normal funcionamiento de la misma.

Luego de los trámites de rigor, las partes sometieron el Informe con Antelación a Juicio. El juicio se celebró el 21 de enero del 2003. En el mismo, conforme surge de la exposición narrativa de la prueba, prestaron testimonio William Ramírez, encargado del Departamento de Frutas y Vegetales de la sucursal de Sabana Grande, y Reynaldo Alonso Jr., Director de Recursos Humanos para la cadena de Supermercados Mr. Special. Ramírez se limitó a señalar que el día 3 de octubre del 2001, esto es, un día antes del incidente que motivó el despido, el señor Mercado le pidió una rebaja en un aguacate, y que éste le dijo que no podía dársela porque el producto no se veía dañado. Que por aprecio al aquí apelado decidió comprar el aguacate al precio debido, $1.29 y regalárselo. Nada declaró sobre el incidente que motivó el despido por lo que el abogado del aquí apelado no lo contrainterrogó.

El segundo testigo que presentó Mr. Special fue Reynaldo Alonso Jr. Declaró que tomó la decisión de despedir a Mercado porque éste violó los procedimientos establecidos en la empresa al autorizarse él mismo un descuento a una mercancía, que estaba en condiciones óptimas para la venta. Declaró que...

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