Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2004, número de resolución KLCE0301530

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0301530
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2004

LEXTCA20040331-43 Guzmán Marcelino v. Rivera Freytes

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN PANEL VI

Ángel Guzmán Marcelino, en representación de H.G. Air Conditioning, Inc. Demandante-Peticionario v. Lilliam Rivera Freytes y Evelyn Gascot Ortiz y/o quien esté ocupando la propiedad Demandadas-Recurridas
KLCE0301530
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón DCD2003-1918 (503) Desahucio por Falta de Pago y Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago, el Juez Urgell Cuebas y la Juez Feliciano Acevedo.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de marzo de 2004.

El apelante, Sr. Ángel Guzmán Marcelino, en representación de H.G. Air Conditioning, Inc., solicita que revisemos la Sentencia Parcial y la Resolución y Orden del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, fechadas 30 de octubre de 2003. En la Sentencia Sumaria, el tribunal de instancia dispuso el archivo de la demanda de desahucio presentada por el apelante por haberse tornado académica. En la Resolución y Orden, el tribunal dispuso la consolidación de la causa de acción sobre cobro de dinero con otro pleito que las demandadas apeladas instaron contra el apelante sobre el mismo contrato de arrendamiento.

El Sr.

Guzmán señala que incidió el tribunal al declarar que la causa de acción en desahucio que había presentado era académica y ordenar su archivo. Señala, además, que incidió el tribunal al disponer que la vista de la causa de acción en cobro de dinero que había presentado se consolidase con la demanda en daños y perjuicios que estas últimas habían presentado contra él.

Los hechos pertinentes a las controversias presentadas son como sigue. En enero de 2003 el Sr. Guzmán, en representación de H.G. Air Conditioning, Inc., como arrendador, suscribió un contrato de arrendamiento con las señoras Lilliam Rivera Freytes y Evelyn Gascot Ortiz, sobre un local comercial que sería utilizado para la distribución de materiales y equipos de floristería.

Cuando las arrendatarias gestionaron los permisos de usos surgió un señalamiento del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, al efecto de que el local no tenía un sistema de extinción apropiado en la planta alta. Éstas solicitaron al arrendador corregir el señalamiento del Cuerpo de Bomberos pero, según ellas, nada hizo. Al no poder obtener el permiso de uso, tuvieron que descontinuar...

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