Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2004, número de resolución KLAN0400746

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0400746
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2004

LEXTCA20040930-12 Ramírez Bonilla v. Ramírez Bonilla

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ

JOSÉ FRANCISCO RAMÍREZ BONILLA
Apelado
v.
MAGALI RAMÍREZ BONILLA Y OTROS
Apelantes
KLAN0400746
Apelación Procedente del Tribunal Superior de Mayagüez Caso Núm. IAC2002-0145 Sala 206 Sobre: Impugnación de Testamento

Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el Juez Córdova Arone y el Juez González Rivera

Córdova

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2004.

Los apelantes nos solicitan la revisión de una sentencia dictada sumariamente por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez, el 5 de febrero de 2004. Mediante la misma dicho foro declaró con lugar una moción de sentencia sumaria presentada por el apelado, el Sr. José Francisco Ramírez Bonilla (Sr. Ramírez), y en consecuencia declaró nulos los dos testamentos en controversia, debido a la preterición de éste, abrió la sucesión intestada y ordenó proceder con el inventario, avalúo y tasación de los bienes hereditarios de los causantes, para su posterior liquidación. Revocamos. Veamos los hechos pertinentes.

I

El 20 de mayo de 2002 el Sr. Ramírez presentó ante el Tribunal de Primera Instancia una demanda sobre impugnación de testamento. En apretada síntesis, alegó que es hijo del Sr. José Francisco Ramírez Silva y la Sra.

Perseverancia Bonilla Bonilla, ya fallecidos, los cuales otorgaron testamentos abiertos, en los cuales lo desheredaron. El Sr. Ramírez solicitó que se declararan nulos ambos testamentos, toda vez que no se le desheredó conforme a derecho.

Los apelantes contestaron la demanda, negando los hechos esenciales de la misma.

Luego de varios incidentes procesales, durante la conferencia sobre el estado de los procedimientos, celebrada el 25 de junio de 2003, ambas partes litigantes estuvieron contestes en que no existía controversia real sustancial en cuanto a los hechos esenciales alegados en la demanda, que sólo estaban en controversia cuestiones de derecho, por lo que coincidían en que el caso se resolviera por la vía sumaria.

Así pues, el Sr. Ramírez presentó una Moción Solicitando Sentencia Sumaria, en la cual alegó que las causas que expresaron sus padres en sus respectivos testamentos para desheredarlo no son aquellas reconocidas en el Código Civil, siendo la institución de herederos nula, por haberse preterido a un heredero forzoso. El Sr. Ramírez solicitó que se declararan nulos ambos testamentos y que se procediera al inventario, avalúo y tasación de los bienes hereditarios, para su posterior liquidación, conforme a las disposiciones del Código Civil referentes a la sucesión intestada

Los apelantes...

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