Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2004, número de resolución KLRA200300405

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200300405
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2004

LEXTCA20040930-54 Altreche Bernal v. I.B Homes Construction Corp.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

WANDA ALTRECHE BERNAL ROBERTO YORDÁN Querellantes-Recurrido V. I.B. HOMES CONSTRUCTION CORP. Querellada – Peticionario DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR (DACO) Recurrida
KLRA200300405
Revisión Administrativa de Resolución Procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) Querella Núm. 100017698

Panel integrado por su presidente, el Juez Ortiz Carrión, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Negroni Cintrón

Fraticelli Torres, Jueza ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2004.

La recurrente, I.B. Homes Construction Corporation (en adelante IB Homes), recurre de la resolución dictada el 24 de abril de 2003 por el Departamento de Asuntos del Consumidor (en adelante DACO), en la cual se le ordenó devolver a los querellantes, Wanda Altreche Bernal y Roberto Yordán, $5,000.00, —cantidad de dinero que éstos le habían pagado previamente—, dentro de 10 días laborables, contados a partir de la notificación y el archivo en autos de la resolución, más el interés legal correspondiente en caso de incumplimiento.

IB Homes nos solicita la revisión judicial de dicha determinación administrativa porque, según los señalamientos de error, el DACO “actuó de forma arbitraria y caprichosa al emitir una resolución que no está sostenida por [la] evidencia sustancial que obra en el expediente del caso” y “al conceder un remedio más allá del que solicitaron los recurridos, en ausencia de alegaciones y hechos que justificasen la resolución del contrato suscrito entre las partes”.

Luego de contar con la comparecencia de la agencia, procedemos a revisar la resolución recurrida en sus méritos, poniendo especial énfasis en la corrección de las conclusiones de derecho en las que basa su determinación.

I

IB Homes es una corporación privada que se dedica a la construcción de edificios y estructuras. El 15 de agosto de 2000, la señora Wanda Altreche Bernal y su esposo, el señor Roberto Yordán (en adelante los querellantes), suscribieron un contrato de diseño con IB Homes para la confección de un plano arquitectónico de la que sería su residencia. Para los querellantes era importante que IB Homes diseñara una estructura que tomara en cuenta el terreno irregular en el que sería construida y que preservara el ambiente natural que existía en el lugar. El señor Samuel Gutiérrez, Vicepresidente de IB Homes, quien siempre representó a la corporación en los negocios ante los querellantes, entendió que lo que éstos interesaban “era algo nuevo y diferente”. Véase Exposición Narrativa de la Prueba Oral, pág. 4.

Luego de esperar tres meses para que IB Homes estuviera disponible para hacerles el trabajo, las partes suscribieron el siguiente contrato:

PRIMERO

Que IB HOMES CORP.

diseñará un plano arquitectónico únicamente, de acuerdo a las peticiones del contratante:

  1. Residencia familiar de 3 cuartos, 3 baños, sala, comedor, family, cocina, laundry, estudio, doble marquesina y espacio para futura oficina.

SEGUNDO

Primero se diseñará un plano preliminar para ser aprobado y modificado por los CONTRATANTES (sic) en o antes de 30 días de firmar este contrato. Luego de ser aprobado, el preliminar (sic) se procederá a dar el costo de construcción con todos sus permisos requeridos por A.R.P.E.

TERCERO

Se depositará la cantidad de cinco mil dólares ($5,000.00) para cubrir los costos de diseño arquitectónico. El depósito formará parte del costo de construcción una vez se llegue a un acuerdo final y se formalice un contrato de construcción.

CUARTO

De no llegar a un acuerdo final o que el CONTRATANTE desistiese de la construcción se cobrará del depósito los costos de diseño incurridos y se devolverá el balance que quede si alguno. (Énfasis nuestro.)

A mediados de octubre de 2000, aproximadamente dos meses después de haberse firmado el contrato, a pesar de que el acuerdo establecía un término de 30 días para su producción, IB Homes presentó un plano preliminar a los querellantes.

Éste no tenía la firma ni el sello de un arquitecto. Quien presentó el plano y recibió las reacciones y críticas de los querellantes fue el señor Gutiérrez, en representación de IB Homes. Los querellantes solicitaron varias modificaciones al plano.Entre éstas, que se eliminara el uso de tejas en el diseño.

Proveyeron algunas revistas de arquitectura y fotos de diseños que eran de su agrado para facilitarle al arquitecto la realización de las modificaciones. IB Homes modificó el plano original, pero no a la entera satisfacción de los querellantes. Por ejemplo, redujo las tejas que aparecían en el diseño original, pero no las eliminó completamente.

Según el testimonio de la señora Altreche, que fue admitido y creído por la Jueza Administrativa de DACO, los querellantes cuestionaron al señor Gutiérrez respecto a la dificultad en cumplir con las especificaciones solicitadas por ellos. Éste les indicó que el arquitecto entendía “que las tejas eran lo que le iba a esa residencia”. Los querellantes solicitaron, entonces, hablar personalmente con el arquitecto, a quien no conocían. Sin embargo, el señor Gutiérrez les denegó tal solicitud. El señor Gutiérrez admitió en la vista administrativa “que él le dijo a la recurrida que no era necesario que hablaran con el arquitecto porque él entendía lo que se les estaba planteando y que él se lo podía transmitir”. Indicó, además, “que al cliente no se le reúne con el arquitecto subcontratado a menos que él lo entendiera necesario”.Véase Exposición Narrativa de la Prueba Oral, pág. 6.

IB Homes no cuenta entre su personal con arquitectos licenciados, por lo que subcontrata a estos profesionales cuando surge la necesidad. A esos efectos, conforme a las alegaciones de la misma recurrente, IB Homes contrató al arquitecto José Gabriel Mirabal para que diseñara el plano arquitectónico solicitado por los querellantes. Al suscribir el contrato, los querellantes no conocían este dato.

La señora Altreche declaró en la vista administrativa que ella llegó a creer que quien había trabajado el plano era el señor Gutiérrez, quien no tenía licencia de arquitecto en ese momento, según éste admitió. Sin embargo, posteriormente supo, cuando se le entregó la copia final del plano en mayo de 2001, que quien lo firmó fue el Arq. Mirabal. Exposición Narrativa de la Prueba Oral, pág. 3.

Insatisfechos con el plano realizado y presentado por IB Homes, el 5 de junio de 2001, los querellantes cursaron una carta al presidente de la corporación recurrente, el Ing. Israel Bermúdez, en la cual solicitaron “la devolución del balance no utilizado por IB Homes Construction Corp. del depósito de $5,000 dólares que pagamos por concepto del diseño del plano arquitectónico”. Lo que interesaban los querellantes era la devolución del balance del depósito de $5,000.00 que habían entregado como parte del acuerdo original. Claramente entendían que alguna cantidad del depósito se había utilizado para pagar el trabajo que implicaba la preparación del plano arquitectónico, a pesar de que el resultado no era de su entera satisfacción.

En la carta de 5 de junio, los querellantes le informaron al presidente de IB Homes que el señor Gutiérrez les había entregado parte de los planos en marzo de 2001, junto con un...

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