Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2004, número de resolución KLCE0400738

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0400738
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2004

LEXTCA20041130-48 Ex – Parte v. Pierluisi Isern

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

INGRID PIERLUISI ISERN JOSE RIOS RIOS Peticionarios Exparte KLCE0400738 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan Divorcio KDI-1994-0036 (708)

Panel integrado por su presidente Juez Ortiz Carrión, y los Jueces Negroni Cintrón y Rivera Román

Ortiz Carrión, Juez Ponente

SENTENCIA

San Juan, Puerto Rico, a 30 de noviembre de 2004.

José Ríos Ríos recurre de una resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en la cual se le ordenó pagar a la licenciada Maritza Hernández, $4,500.00 por servicios profesionales que le prestó a la alimentista Ingrid Pierluisi Isern y $774.35 por concepto de gastos. Ríos Ríos señala que el tribunal recurrido erró al ordenar pagarle esa suma y plantea que el referido foro sólo tiene autoridad para imponer el pago de los honorarios de abogado en beneficio de la alimentista y no en beneficio de su representante legal.

Antes de dilucidar este señalamiento, hacemos un breve resumen del trámite procesal del caso.

I.

El 21 de enero de 1994, el tribunal recurrido emitió una sentencia de divorcio en la cual disolvió el vínculo matrimonial existente entre Ingrid Pierluisi Isern y José Ríos Ríos. En las estipulaciones suscritas por las partes, se estableció que Ríos Ríos pagaría $375.00 quincenales por concepto de pensión alimentaria más un seguro médico. Posteriormente, las partes enmendaron el acuerdo para modificar la pensión alimentaria a $500.00 mensuales, y para establecer que a Ríos Ríos le correspondería pagar los gastos de matrícula del Colegio de sus dos hijos, $600.00 por concepto de la mensualidad del colegio y todos los gastos escolares; $1,000.00 mensuales por concepto de un auto y $400.00 mensuales de seguro médico para sus dos hijos y la alimentista.

El 21 de enero de 2003, Pierluisi Isern presentó una moción de revisión de pensión alimentaria, en la cual le solicitó al tribunal recurrido que refiriera su caso a la oficina de Examinadores de Alimentos para que se estableciera una pensión alimentaria de conformidad con la Ley de Sustento de Menores. Alegó, además, que el alimentante no había pagado los atrasos del plan médico, y solicitó la imposición de honorarios de abogado.

El 5 de junio de 2003, tras la celebración de una vista ante la Examinadora de Pensiones...

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