Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2006, número de resolución KLCE 04-01213
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE 04-01213 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2006 |
Autoridad de Acueductos y Alcantarillados DE Puerto Rico Peticionario vs. MIGUEL TORRES MALDONADO Recurrido | Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Utuado Cobro de Dinero |
Panel integrado por su presidente, el Juez Gierbolini, el Juez Aponte Jiménez y la Juez Cotto
Vives.
Gilberto Gierbolini, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2006.
En el presente recurso, comparece la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico (la Autoridad de Acueductos) en una acción de cobro de dinero. Este caso procede del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Utuado, y se nos solicita que expidamos recurso revocando resolución emitida el 3 de agosto de 2004 donde se declaró No Ha Lugar la petición solicitando Relevo de Sentencia al amparo de la Regla 49.2 de las Reglas de Procedimiento Civil, 31 L.P.R.A., Apéndice III, Regla 49.2. El tribunal a quo no acogió el recurso fundamentándose en que la misma se presentó a destiempo al haber expirado el plazo de seis meses que se dispone en la Regla 49.2 de las de Procedimiento Civil, supra.
Al examinar el recurso presentado, DENEGAMOS la expedición del recurso y ORDENAMOS que continúen los procedimientos.
I
El 18 de mayo de 2001, la Autoridad de Acueductos presentó una demanda en cobro de dinero contra el Sr. Miguel Torres Maldonado por la cantidad de $5,990.06 por concepto de servicio de agua y alcantarillado. Oportunamente, la parte demandada contestó la demanda, y alegó en esencia: 1) no tiene contrato con la Autoridad de Acueductos para ser suplido de agua; 2) existe una servidumbre perpetua de acueducto, suscrita por una antecesora de la demandante que lo hace acreedor del agua gratis.
El demandado presentó reconvención contra la Autoridad de Acueductos alegando, entre otras cosas que: 1) la Autoridad de Acueductos se niega a brindarle gratis el servicio de agua; 2) esa obligación surge de un contrato. Solicitó entonces, que si se declarase nula e ineficaz la servidumbre de acueducto, la Autoridad de Acueductos pague el costo de remoción de la tubería de acueducto de aproximadamente 1,000 metros lineales y que se le compense por los daños que cause la remoción. La Autoridad de Acueductos contestó la reconvención.
Así las cosas...
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