Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2006, número de resolución KLRA200500840

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200500840
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2006

LEXTCA20060228-46 Ortis Alvarado v. 3C Construction y Alfonso Rivera & Asociado

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIONAL JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

CARLOS J. ORTIZ ALVARADO D/B/A C.J.O. CONTRACTORS Recurrente
V.
JUNTA DE SUBASTAS
Municipio de Naranjito
Recurrida
V.
3C CONSTRUCTION Y ALFONSO RIVERA & ASOCIADO
Licitadores Agraciados Recurridos
KLRA200500840
Revisión procedente del Junta de Subasta Municipio de Naranjito

Panel integrado por su presidente el Juez Martínez Torres, por la Jueza Fraticelli Torres y por el Juez Brau Ramírez.

Fraticelli Torres, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2006.

La parte recurrente, Carlos J. Ortiz Alvarado, quien hace negocios como C.J.O. Contractors (C.J.O.), nos solicita que revisemos la determinación de la Junta de Subastas del Municipio de Naranjito que adjudicó la subasta pública # 2 Serie 2005-2006 para el Renglón Núm. 2: Repavimentación de varios caminos severamente deteriorados en comunidades del Municipio de Naranjito, a favor de 3C Construction y Alfonso Rivera & Asociados, dos licitadores cualificados para ese evento.

El recurso de autos se presentó el 17 de noviembre de 2005, conjuntamente con un recurso en auxilio de jurisdicción para paralizar

Los efectos de la subasta, pero lo denegamos por deficiencias en su presentación. El recurso de revisión siguió su curso. Dimos oportunidad a las partes recurridas para presentar sus alegatos. El Municipio de Naranjito compareció únicamente para oponerse a la moción de auxilio de jurisdicción y, en el escrito de réplica, adelantó algunos argumentos sobre los méritos del recurso.

A base de las constancias que obran en el expediente de autos y con el beneficio de los argumentos que han expuestos las partes, resolvemos confirmar la determinación recurrida.

El recurrente C.J.O. nos plantea que la Junta de Subastas incidió en los siguientes aspectos: (1) al adjudicar la subasta a licitadores que no fueron responsivos a lo solicitado y cuyas ofertas, según cotizadas, no son ciertas en términos monetarios; y (2) al emitir una notificación de adjudicación que no cumple con los requisitos impuestos por la ley, el Honorable tribunal Supremo y su propio Reglamento”. Alega que “se privó a los licitadores no agraciados de su derecho a solicitar una revisión competente”.

I

Los licitadores de la subasta pública # 2 Serie 2005-2006 para el Renglón Núm.

2, impugnada en el recurso de autos, debían realizar las obras siguientes, según surge de la propuesta que la Junta de Subastas entregó a los participantes:

  1. Limpieza y destape de las obras pluviales existentes en el camino.

  2. Extracción del material inestable en las áreas del camino que así lo requieran. Sustituir por material selecto (tosca o mogolla) debidamente compactado.

  3. Limpieza de ambas orillas del camino. El recogido y la disposición de la basura y/o escombros generados en la limpieza de orillas de los caminos será responsabilidad del contratista.

    También tenían que cumplir con las condiciones que siguen, las que continúan con el número 4 en la enumeración conjunta de obras y condiciones que contiene la propuesta de la Junta:

  4. Instalación de letrero identificando el costo original del proyecto y origen de los fondos.

  5. Asistir a la Conferencia de Pre-Construcción.

  6. Cumplir con la Escala Salarial aplicable al Proyecto –

    PR – 04002 “Heavy Highway”.

  7. Para la adquisición de las especificaciones y condiciones se requiere una fianza no reembolsable de CINCUENTA ($50.00)

    DÓLARES en efectivo, giro postal, cheque certificado o “Bid Bond” de una firma reconocida.

  8. Se requiere una propuesta por cada camino con su desglose de partidas.

  9. Los licitadores deberán cumplir con los documentos requeridos por la Junta de Subastas.

  10. Duración del Proyecto, DIEZ (10) DÍAS laborables por cada camino.

  11. Daños líquidos por cada camino ascenderá a CINCUENTA (50.00) DÓLARES por día de atraso. (Apéndice, págs. 33-34.)

    Los licitadores 3C Construction y Alfonso Rivera & Asociados ganaron la buena pro de la subasta # 2- Serie 2005-2006 - Renglón 2, a juicio de la Junta de Subastas del Municipio de Naranjito, por “ser los mejores postores y cumplir lo requerido por la Junta de Subastas”. La notificación de la adjudicación que obra en el expediente de autos describe los distintos renglones de la subasta e identifica con letras los nueve caminos que serían pavimentados. Su texto indica que la Junta se reunió el 30 de agosto de 2005 y adjudicó la repavimentación de seis caminos a la firma 3C Construction y la repavimentación de los otros tres a la empresa Alfonso Rivera & Asociados. Coloca la suma propuesta por cada uno de los dos licitadores junto al nombre del camino.1

    La notificación concluye con la siguiente advertencia:

    Es nuestro deber informarle de su derecho a solicitar información adicional [y] documentación pertinente por parte de esta Junta de Subastas. Para impug[n]ar la adjudicación de esta subasta, podrá presentar la misma al Tribunal Apelativo de Puerto Rico dentro del plazo de veinte (20) días a partir de la fecha de...

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