Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Marzo de 2006, número de resolución KLAN20060128

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN20060128
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2006

LEXTCA20060310-05-

Sucesión de Dolores Morales v. Mercedes del Valle

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE CAGUAS

SUCESIÓN DE DOLORES MORALES ROLDÁN Y CARLOS DEL VALLE MALAVÉ, COMP. POR CARMEN, ALFREDO, ROSALÍA, Y AMELIA TODOS DE APELLIDOS DEL VALLE MORALES APELANTE VS CLOTILDE MERCEDES DEL VALLE MORALES, GRACILIANO DE JESÚS DEL VALLE, GRACILIANO DE JESÚS CRUZ APELADOS KLAN20060128 APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de CAGUAS Caso Núm: EAC20010458 Sobre: DIVISIÓN BIENES HEREDITARIOS

Panel integrado por su presidente, la juez Pesante Martínez, la juez Feliciano Acevedo y el juez Escribano Medina

Escribano Medina, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 10 de marzo de 2006.

La sucesión DEL VALLE MORALES, compuesta por CARMEN, ALFREDO, ROSALIA Y AMELIA, todos de apellido DEL VALLE MORALES (apelantes), solicitan la revisión de una sentencia del Tribunal de primera Instancia, Sala Superior de Caguas (Hon. Ayxa Rey Díaz, J) emitida el 20 de diciembre de 2005, archivada en autos copia de su notificación el 30 de diciembre de 2005 en el caso Sucesión Del Valle Morales, et als v. Clotilde Del Valle Morales, et als, caso núm. EAC2001-0458, sobre: División de Bienes Hereditarios, partición y Adjudicación.

I

El 26 de octubre de 2001 los apelantes presentaron demanda sobre división de bienes hereditarios, partición y adjudicación contra la Sra. Clotilde Mercedes Del Valle Morales y su hijo el Sr. Graciliano de Jesús Del valle.

En la referida demanda, los apelantes alegaron ser dueños de una finca de 6.9236 cuerdas sita en el Barrio Cayagüas del municipio de San Lorenzo, la cual heredaron de su causante la Sra. Dolores Morales Roldan.

Alegaron además que la referida finca está siendo ocupada por la demandada Sra. Clotilde Mercedes y su hijo Gracilano, privando a los apelantes del disfrute o disposición de su participación y devengando frutos de la finca en claro perjuicio de los apelantes. Por ello, solicitaron se ordenara la valoración, tasación, división y adjudicación de la finca.

Contestada la demanda, el 11 de febrero de 2004 el foro de instancia designó al Sr. Rafael Fernández Vázquez como tasador del caso. Este visitó la finca y el 17 de mayo de 2005 rindió un informe de valoración.

El 22 de septiembre de 2005, fecha en que se había señalado la celebración de la vista en su fondo, la representación legal de los...

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