Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Julio de 2006, número de resolución KLAN0501597

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0501597
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución11 de Julio de 2006

LEXTCA20060711-12 Pérez Torres v. Castro Arocho

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA

CHRISTIAN PÉREZ TORRES
Apelante
v.
AGENTE WILLIAM CASTRO AROCHO, POLICÍA DE PUERTO RICO, SECRETARIO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE PUERTO RICO
Apelados
________________________________ EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Demandante-Apelado
v.
CHRISTIAN PÉREZ TORRES
Acusado-Apelante
KLAN0501597
KLAN0600305
Apelación proce-dente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla Caso Número: AACI200501298 SOBRE: Revisión Boleto de Tránsito y Obras Públicas ____________________ Apelación proce- dente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla Número Caso : A1TR2005-01574 Sala 403 Sobre: Infracción al Art. 3.23 de la Ley 22 de Tránsito

Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el Juez Córdova Arone y el Juez Soler Aquino

Córdova Arone, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a _11_ de julio de 2006.

Comparece ante nos, el señor Christian Pérez Torres (Sr. Pérez o el apelante) mediante el recurso de apelación de epígrafe. En el mismo nos solicita que revoquemos las Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla (TPI) el 10 de noviembre de 2005 y notificada el 18 de igual mes y año. Mediante dicha Sentencia, el TPI declaró no ha lugar un recurso de revisión de multa administrativa, bajo la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, 9 L.P.R.A. sec. 5001 et. seq., mejor conocida como Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico.

Adviértase, que el caso que nos ocupa fue consolidado con otro recurso de apelación presentado posteriormente por el apelante1. En dicho recurso, el apelante solicita que revoquemos la sentencia emitida por el TPI, el 13 de febrero de 2006, en la cual declaró culpable al apelante por infracción al Articulo 3.23 de la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, supra.

En síntesis, debemos resolver si la prueba desfilada ante el T.P.I. fue suficiente para sostener las sanciones impuestas por las infracciones a la Ley de Vehículos y Tránsito. Por los fundamentos que exponemos a continuación, confirmamos las sentencias apeladas.

I

Surge del expediente que, al Sr. Pérez se le impuso una multa administrativa de ciento setenta y cinco dólares ($175.00), por conducir a exceso de velocidad. Inconforme, el Sr. Pérez incoó un recurso de revisión judicial ante el T.P.I., según...

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