Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2006, número de resolución KLRA0600601

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0600601
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2006

LEXTCA20060928-25 Morales De Jesús v. All Engineering Services Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL IX

LUIS MORALES DE JESÚS MARÍA DEL C. ESPINAL WILLIAM MARTÍNEZ LUGO CARMEN OLIVERAS Recurridos v. ALL ENGINEERING SERVICES, INC. PHOENIX CONSTRUCTION S.E. UNITED SURETY & INDEMNITY, CO. Recurrentes KLRA0600601 Revisión de Decisión Administrativa Procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Querellas Núms: 600008075 y 600007652

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Colón Birriel y la Jueza Pabón Charneco.

Brau Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2006.

-I-

La controversia entre las partes está relacionada a la cabida de varios lotes de la Urbanización Hill View en Yauco. Dicha urbanización fue construida por la corporación recurrente All Engineering Services, Inc. (“All Engineering”).

Las dos parejas recurridas adquirieron casas en la Sección A de la mencionada Urbanización. Los recurridos Luis Morales y María del C.

Espinal adquirieron la residencia A-8 mediante escritura

otorgada el 18 de agosto de 2003. Los recurridos William Martínez y Carmen Oliveras adquirieron la residencia A-5 mediante escritura otorgada el 26 de septiembre de 2003.

Según la prueba desfilada ante la agencia, la mencionada Sección A de la Urbanización comprende 12 lotes ubicados en una pendiente. El lote número 12 queda en la parte más baja de la pendiente, mientras que el lote 1 queda en su parte más alta.

De acuerdo al plano de la urbanización, cada una de las propiedades tiene muros de contención, designados como “intermediate wall” al lado derecho de las propiedades. Inicialmente, los muros estaban ubicados en la colindancia de la propiedad y la separaban del lote contiguo. El recurrido Luis Morales declaró que cuando le fue mostrada la propiedad, los puntos de su colindancia derecha coincidían con el muro.

Posteriormente, sin embargo, los puntos de colindancia de las propiedades de la sección fueron reubicados. Ello tuvo como consecuencia que los muros quedasen dentro de la propiedad, lo que impide a los residentes utilizar todo el terreno.

En el caso del lote de Luis Morales y de María del C. Espinal, el muro de contención en el área derecha se encuentra ubicado 2.88 metros más adentro de la colindancia, a .60 metros de la pared de la casa. En el caso de la propiedad de los esposos William Martínez y Carmen Oliveras, el muro de contención del lado derecho de la propiedad está ubicado a 2.4 metros más adentro, a .45 metros de la pared de la casa. En ambos casos, los recurridos se han visto privados de la utilización de parte del terreno de su propiedad.

Los recurridos se quejaron de la situación al corredor encargado de la venta de las residencias. Este les indicó que los muros habrían de ser reubicados para conformarlos a las colindancias. Basado en dicha representación, los recurridos procedieron a adquirir sus propiedades en la Urbanización.

Posteriormente, sin embargo, All Engineering se negó a reubicar los muros. Alegó que las propiedades habían sido construidas de acuerdo a los planos aprobados por la Administración de Reglamentos y Permisos y que no adolecían de defecto alguno de construcción.

Otros residentes del Bloque A de la Urbanización, confrontados con la misma situación, procedieron, a su costa, a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR