Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Septiembre de 2006, número de resolución KLCE060760

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE060760
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2006

LEXTCA20060929-55 Alonso Calvo v. González Martínez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL III SUSTITUTO

MARÍA BEATRIZ ALONSO CALVO Recurrida RAFAEL GONZÁLEZ MARTÍNEZ Peticionario EX PARTE KLCE060760 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón Civil Núm. DDI2001-29139 (700)

Panel integrado por su presidenta, la Juez Bajandas Vélez, el Juez Aponte Hernández y la Jueza Fraticelli Torres.

Bajandas Vélez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de septiembre de 2006.

Comparece ante nos el Sr. Rafael González Martínez (el Sr. González o el peticionario) y nos solicita que revoquemos la resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (el TPI) el 5 de mayo de 2006 y notificada el día 9 de igual mes y año. Por medio de tal resolución, el TPI declaró no ha lugar la Moción Solicitando Devolución de Pagos Conforme a Sentencia presentada por el peticionario el 21 de marzo de 2006.

Analizado el recurso presentado y el derecho aplicable, resolvemos denegar la expedición del auto de certiorari solicitado.

I

El 26 de octubre de 2001, el Sr. González y la Sra. María Beatriz Alonso Calvo (la Sra. Alonso o la recurrida) presentaron una

Petición de Divorcio por la causal de consentimiento mutuo. Como parte de los acuerdos allegados entre ellos, el Sr. González se comprometió a satisfacer para sus dos hijos menores de edad la suma de $5,000 mensuales, un plan médico, los gastos escolares de su hija y los gastos de estudios universitarios de su hijo. Luego de la celebración de la correspondiente vista, el TPI emitió sentencia de conformidad el 7 de diciembre de 2001, a la que incorporó los referidos acuerdos.

El 26 de junio de 2002, el peticionario solicitó la rebaja de la pensión alimentaria por la alegada merma de sus ingresos. Además, pidió que la reducción de la pensión se retrotrayera a la fecha de la presentación de su petición. La Sra. Alonso se opuso a tales peticiones y alegó el incumplimiento del peticionario con los pagos de la pensión alimentaria fijada.

Después del TPI referir el asunto a la Examinadora de Pensiones Alimentarias (la EPA), ésta celebró la vista los días 3 y 9 de junio de 2004.1 El 7 de julio de 2004, la EPA emitió su Informe en el que recomendó que se redujera la pensión alimentaria mensual a la cantidad de $2,765. Ello, debido a que se había vendido el inmueble ganancial en que residían los menores, por lo que no era necesario efectuar el pago de $2,235 mensuales por la hipoteca de éste. También recomendó que la reducción de la pensión fuese efectiva a la fecha de la resolución que el TPI dictara a esos efectos, o sea, que tuviese efecto prospectivo.

El TPI acogió el aludido informe e incorporó sus recomendaciones en la resolución dictada el 12 de julio de 2004. Insatisfecho, el Sr. González solicitó la reconsideración de la misma, la cual fue referida a la EPA para su atención.

Después de la EPA devolver el asunto al TPI, debido a que no tenía facultad para entender en los planteamientos de derecho incluidos en la moción, el tribunal emitió una orden dirigida a la recurrida para que mostrara causa por la cual la modificación de la pensión no debía hacerse retroactiva a la fecha en que el Sr. González la solicitó. La Sra. Alonso se opuso al remedio intimado por el TPI en escrito de 1 de octubre de 2004. Adujo que el Sr. González había desacatado constantemente las órdenes del TPI respecto al pago de la pensión alimentaria.

Sometido el asunto, en resolución dictada el 20 de octubre de 2004, el TPI denegó la reconsideración solicitada por el peticionario. Por no estar de acuerdo con dicho dictamen, el 15 de diciembre de 2004 el Sr. González presentó ante este Tribunal de Apelaciones el recurso de apelación KLAN04-1521.

Así las cosas, en noviembre de 2005 el peticionario y la recurrida suscribieron un acuerdo mediante el cual el Sr. González le entregó a la Sra. Alonso varias obras de arte valoradas en $113,200 que le habían sido adjudicadas como parte de la liquidación de la sociedad de bienes gananciales constituida entre ellos.2

Conforme reza el aludido acuerdo, las obras de arte fueron entregadas en pago de la pensión alimentaria adeudada por el peticionario hasta diciembre de 2005. Tal deuda fue desglosada de la siguiente manera: $62,000, incluidos en el Capítulo 13 del caso de Quiebras número 05-9815 incoado por el peticionario; $28,577.08, en concepto de pensión alimentaria hasta el mes de diciembre de 2005 (inclusive), gastos universitarios y honorarios de abogados.3 Las partes además convinieron que “[c]ualquier otra suma no indicada al demandado y correspondiente a dicho período queda[ba] liberada con la anterior entrega de obras”.4

Al tenor de lo pactado, en moción fechada 15 de noviembre de 2005, el Sr. González le informó al TPI haber cumplido con lo acordado. De igual modo, la recurrida le informó al TPI haber recibido los días 15 y 16 de noviembre de 2005 de parte del Sr.

González los pagos atrasados por pensión alimentaria hasta el mes de diciembre de 2005, por lo que quedaba saldada toda deuda existente hasta tal fecha.

Acorde con ello, el 18 de enero de 2006 el TPI emitió una orden dirigida a la Administración para el Sustento de Menores requiriendo que ésta reflejara un balance de cero en dicha cuenta.5

Días después, el 31 de enero de 2006, un Panel Hermano emitió sentencia en el recurso KLAN04-1521. Determinó que hubo cambios tanto en la capacidad económica del alimentante como en las necesidades de los alimentistas. Por ello, confirmó la reducción de la pensión alimentaria a $2,765 mensuales y dispuso que la reducción de la misma fuera retroactiva al 26 de junio de 2002, fecha en que el peticionario la había solicitado. Esta sentencia fue notificada el 1 de febrero de 2006 y al presente es final y firme.

El 21 de marzo de 2006, el peticionario presentó ante el TPI una Moción Solicitando Devolución de Pagos Conforme a Sentencia. Adujo que había pagado la suma adeudada en pensión...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR