Sentencia de Tribunal Apelativo de 1 de Septiembre de 2009, número de resolución KLAN20071876

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN20071876
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2009

LEXTCA20090900-01 Felix García v. ELA de P.R.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMON

PANEL VIII

ROSA I. FELIX GARCIA APELANTE V. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA; MARIA MUÑOZ SERRANO, FULANO DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS APELADOS ROSA I. FELIX GARICA APELANTE V. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA; MARIA MUÑOZ SERRANO, FULANO DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS APELADOS KLAN200701876 KLAN200701892 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Sobre: Despido Injustificado por incapacidad y otros APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Sobre: Despido Injustificado por incapacidad y otros

Panel especial integrado por su presidente, el Juez González Vargas, el Juez Soler Aquino1 y la Juez Carlos Cabrera.

González Vargas, Troadio, Juez Ponente

S E N T E N C I A

E N

R E C O N S I D E R A C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico, a 00 de septiembre de 2009.

Mediante recurso de apelación KLAN071876, la señora Rosa I. Félix García cuestionó ante este Tribunal la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI), el 10 de octubre de 2007. Planteó que, a pesar de que el TPI declaró ha lugar su demanda en contra del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA) y el Departamento de la Familia sobre despido ilegal, erró al aplicar el límite dispuesto por la Ley de Pleitos contra el Estado en el cómputo de la compensación por salarios y beneficios no devengados por el período en el que fue privada de su empleo. Asimismo, planteó como insuficiente la cuantía de $10,000.00 concedida por concepto de angustias y sufrimientos mentales.

Por su parte, el ELA también apeló la referida Sentencia mediante el recurso KLAN071892. Nos señaló que el TPI erró al concluir que el despido de la señora Félix García había sido injustificado, al aplicar los remedios que provee el artículo 5-A de la Ley Núm. 45, al conceder una partida por daños y sufrimientos mentales, y al ordenar la reinstalación en su puesto.

Luego de que consolidáramos ambos recursos, dictamos Sentencia confirmatoria, aunque resolvimos modificar el dictamen del TPI a los únicos efectos de eliminar la limitación de $75,000.00 del total a ser pagado a favor de la señora Félix García. En consecuencia, devolvimos el caso para el nuevo cómputo de la totalidad de los salarios y otros beneficios dejados de devengar.

Oportunamente, el ELA presentó una moción de reconsideración

a nuestro dictamen. La señora Félix García, por su parte, presentó una “Moción en respuesta a reconsideración”.

Al reexaminar detenidamente los méritos del recurso presentado por el ELA, acogemos la reconsideración solicitada y resolvemos de conformidad.

I.

A fin de enmarcar nuestra decisión en el nuevo contexto procesal en el que nos encontramos, resumimos los hechos más relevantes de este caso. Según se desprende de los autos, la señora Félix García prestó sus servicios para el Departamento de la Familia desde el 7 de septiembre de 1988 hasta el 13 de diciembre de 2002. Durante ese término se desempeñó como Analista de Incapacidad III en el Programa de Determinación de Incapacidad de Seguro Social del Departamento de la Familia, devengando un salario de $1,671.00 mensuales.

El 11 de marzo de 2002 el Departamento de la Familia refirió a la señora Félix García al programa INSPIRA para ser evaluada en cuanto a su salud emocional, en vista de preocupaciones y observaciones surgidas relacionadas con su desempeño y productividad en el empleo. Con el beneficio de los resultados del examen realizado, el 4 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR