Ley 40 del 16 de abril de 2020

Fecha de disposición16 Abril 2020
Fecha16 Abril 2020
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manufactura, posesión, uso, funcionamiento, instalación y operación de máquinas de
juegos de azar en negocios que operen en nuestra jurisdicción, entre otras cosas.
Esta Asamblea Legislativa, reconociendo la urgencia de allegar más fondos al
Gobierno de Puerto Rico, a los Municipios, o a ambos, entiendió necesario implementar
nuevas medidas de recaudos y consideró que todavía existen ciertas personas,
industrias y sectores de la población que no aportan al quehacer social de nuestra Isla
de la manera que les corresponde por ley.
Además, el Gobierno de Puerto Rico podrá tener conocimiento directo de las
operaciones diarias de las máquinas de juegos de azar, y así tener un control de las
transacciones realizadas por cada máquina. Finalmente, la Ley 257-2018 otorgó las
herramientas necesarias a la Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico para
poder reglamentar y fiscalizar efectivamente la industria de máquinas de juegos de
azar. De igual manera, recientemente se aprobó la Ley 81-2019, conocida como “Ley de
la Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico” para establecer una Comisión que
se encargaría de fiscalizar todo lo relacionado a las apuestas en eventos deportivas, ligas
de juegos electrónicos, tales como: esports y concursos de fantasías. Además, esta
Comisión se encargará de fiscalizar los juegos de azar y la Industria Hípica.
Por otro lado, Puerto Rico necesita incentivar otras industrias locales, como lo
son los espíritus destilados artesanalmente y los vinos de frutas tropicales. Ciertamente,
la estructura actual de los arbitrios para estos productos no abona al desarrollo
doméstico de estas industrias. Es por ello, que esta Asamblea Legislativa en aras de
promover la producción artesanal, entiende necesario revisar los niveles de producción
que se usan para computar los arbitrios correspondientes y establecer unas tasas
reducidas que beneficie dicha producción.
Además, la eliminación del impuesto sobre la prestación de servicios rendidos a
otros comerciantes y servicios profesionales designados, comúnmente conocido como
B2B, ha sido la política pública de esta Administración. Es por ello, que mediante la Ley
257-2018 eliminamos el B2B a un 77% de los contribuyentes. Ahora, en la presente Ley,
estamos eliminando el impuesto del B2B a un total del 85% de los contribuyentes, al
aumentar la exención para aquellos comerciantes con un volumen de negocios hasta
$300,000.
De igual manera, para los individuos, mediante la Ley 257-2018, logramos una
reducción dólar por dólar de un cinco (5) por ciento. Hoy, para reducir aún más la carga
contributiva de nuestra fuerza laboral, estamos dando una reducción adicional de tres
(3) por ciento para aquellos contribuyentes cuyo ingreso bruto no exceda de $100,000;
esto, para un total de 8% para los individuos que generen $100,000 o menos. Conceder
estas rebajas no ha sido una tarea fácil, pues factores externos a nuestra democracia
impiden cambios necesarios.
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Esta ley cumple con el estándar de ser fiscalmente neutral. Es decir, las rebajas
contributivas como el 3% adicional a los individuos, la exención al B2B, entre otros,
están financiadas con recortes a gastos tributarios o mediante nuevas medidas de
recaudos. A saber, se deroga la ley 212-2002 que, según estudios del Departamento de
Desarrollo y Comercio, tiene un retorno de inversión negativa de 78%. Esto provoca que
estemos subsidiando una operación empresarial que no contribuye al crecimiento
económico de Puerto Rico, en lugar de incentivar actividades empresariales
productivas. Por otro lado, en esta Ley se establece un cargo a los Negocios Exentos con
decretos vigentes bajo la Ley 22-2012 y cualquiera que se haya otorgado o se otorgue a
Individuos Residentes Inversionistas bajo el Código de Incentivos. Este cargo a dichos
decretos es adicional al requisito de la aportación anual mínima que deben realizar al
momento de radicar su informe anual bajo la Sección 6020.10(b) del Código de
Incentivos. De igual manera, se establece un tope de $38 millones en la concesión de
créditos para la industria de cine bajo la Sección 3050.01 del Código de Incentivos. Esta
Asamblea Legislativa entiende que con las medidas incorporadas en el Código de
Incentivos, esta cantidad es suficiente para incentivar proyectos fílmicos que ayuden al
crecimiento económico de nuestra Isla.
En esta Administración, se han reforzado las medidas de cumplimiento en
materia contributiva. El Nuevo Modelo Contributivo de la Ley 257-2018 fue uno
abarcador, otorgando beneficios contributivos a cambio de una mayor fiscalización a los
gastos que los negocios reclaman en sus planillas de contribución sobre ingresos.
Precisamente, mediante la Ley 257-2018 se reforzó de que el contribuyente informara
los gastos incurridos de su industria o negocio a través del mecanismo de declaraciones
informativas. Esto, para asegurar que dichos gastos estuvieran disponibles como
deducciones para computar su responsabilidad contributiva. Ciertamente, la Asamblea
Legislativa es la encargada de establecer, mediante legislación, los conceptos de
ingresos o gastos que se requieren se informen y sobre quiénes tendrán la
responsabilidad de someter dichas declaraciones informativas. Es por esto que en el
Código de Rentas Internas se establece que la no radicación a tiempo de las
declaraciones informativas conlleva la imposición de penalidades a los responsables de
someter las mismas. Ahora bien, existen ciertas instancias donde el contribuyente no
viene obligado a radicar declaraciones informativas sobre ciertas partidas para cumplir
con su responsabilidad contributiva. Por lo que dicha radicación voluntaria no debe
estar sujeta a penalidades.
Estos cambios van de la mano con la introducción por parte del Departamento de
Hacienda de nueva tecnología que agiliza el procesamiento de la información
contributiva y la centraliza en un solo sistema. Durante el mes de febrero de 2020, lanzó
la tercera fase del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI), en donde la mayoría de
las transacciones con el Departamento de Hacienda se harán de manera electrónica a
través de esta herramienta tecnológica. Esta Asamblea Legislativa reconoce el arduo
trabajo que el Departamento de Hacienda ha realizado para implementar los cambios
introducidos por la Ley 257-2018, entre otras leyes posteriores que aclararon la

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