Ley Núm. 0021. “Ley de Moratoria de Emergencia y Rehabilitación Financiera de Puerto Rico”

Legislatura2013-2016
EventoLey
MedidaP S1591
AutoresSen. Eduardo Bhatia Gautier, Sen. Miembros del PPD
Fecha 6 de Abril de 2016

(P. del S. 1591)

LEY NUM. 21

6 DE ABRIL DE 2016

Para crear la ``Ley de Moratoria de Emergencia y Rehabilitacion Financiera de Puerto Rico''; para disponer la declaracion de un estado de emergencia fiscal por la Asamblea Legislativa; para instaurar los procesos de declaracion, establecimiento y condiciones del periodo de emergencia, segun definido por esta Ley, para el Banco o cualquier otra entidad gubernamental, segun definidos ambos terminos por esta Ley, y disponer las facultades del Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; para realizar enmiendas a la Ley Organica del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico, Ley Num. 17 de 23 de septiembre de 1948, segun enmendada, a los fines de reenumerar los Articulos 12 al 21 como Articulos 15 al 24, y anadir nuevos Articulos 12 y 13, para modificar el proceso de nombramiento de un sindico; para anadir un nuevo Articulo 14 a la Ley Num. 17 de 23 de septiembre de 1948, supra, a los fines de permitir la organizacion y operacion de un banco puente; para enmendar la Cuarta Parte del Articulo 2 de la Ley Num. 17 de 23 de septiembre de 1948, supra, para modificar las disposiciones en torno a las subsidiarias del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico; para enmendar el Articulo 11 de la Ley Num. 22 de 24 de julio de 1985, segun enmendada, correspondiente a la Ley Organica del Banco de Desarrollo Economico para Puerto Rico, a los fines de modificar las disposiciones sobre el nombramiento de un sindico; y para otros fines relacionados.

EXPOSICION DE MOTIVOS
Introduccion Artículos 101 a 2001

La crisis fiscal del Gobierno de Puerto Rico ha llegado al momento mas critico en la historia. No obstante las medidas abarcadoras y sin precedente que ha puesto en vigor esta Administracion en los pasados tres (3) anos para reencaminar al Estado Libre Asociado de Puerto Rico (el ``ELA'' o ``Puerto Rico'') hacia la recuperacion economica y la sostenibilidad fiscal, la falta de acceso a los mercados de capital, el elevado nivel de deuda, y el deteriorado clima economico que persiste, han llevado a las finanzas del Gobierno de Puerto Rico a un punto de inflexion. Esta Administracion ha realizado multiples esfuerzos para continuar con el pago de las obligaciones generales del ELA, asi como del pago de las deudas de otras instrumentalidades, mientras se continuaban brindando servicios esenciales. Sin embargo, la escasez en los recursos y la limitada liquidez, amenazan con obligar al Gobierno de Puerto Rico a tener que escoger entre honrar compromisos con nuestros acreedores o continuar proveyendo servicios basicos y esenciales al pueblo de Puerto Rico.

La obligacion primordial de todo gobierno es, en primer lugar, su deber para con el pueblo a quien sirve y a quien responde. Por ende, la obligacion legal y moral del ELA de proveer para el bienestar del pueblo de Puerto Rico, es, necesariamente, de primer rango y superior a cualquier otra. Segun se ha divulgado en numerosos informes, en los proximos meses vencen obligaciones de pago sustanciales y onerosas, tanto para el ELA como para el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico (``BGF''). Ante esta coyuntura historica, en la cual el Gobierno del Estado Libre Asociado no cuenta con recursos suficientes para cumplir con el servicio de la deuda tal y como esta pactado y, ademas, continuar proveyendo servicios esenciales a la ciudadania, el ELA necesita herramientas para ejercer su poder de razon de estado para proteger la vida, salud, y el bienestar del Pueblo de Puerto Rico.

Medidas de Reforma Fiscal

La prioridad de esta Administracion ha sido atender la crisis fiscal y economica de Puerto Rico. Una vez da inicio el cuatrienio, tomamos medidas contundentes para, corregir problemas estructurales que drenaban las finanzas del ELA, detener las practicas fiscales erradas del pasado; y allegar el financiamiento necesario para lograr la sostenibilidad fiscal del ELA. Hemos emprendido estos esfuerzos trabajando de cerca con la gerencia del BGF; agente fiscal, ente depositario y financiero del ELA, que tambien ha implantado varias medidas importantes para paliar sus propios problemas de liquidez.

Ante la necesidad inminente de una fuente de financiamiento, en marzo del 2014 el ELA emitio $3.5 mil millones en bonos de obligacion general. No obstante, plenamente conscientes de que para lograr una solucion sostenible y permanente a los problemas financieros del Gobierno de Puerto Rico se tenia que dejar atras el financiamiento de deficits recurrentes, el producto de esta emision se utilizo para el pago de ciertas obligaciones ya comprometidas, y para proveerle al ELA una fuente de financiamiento interino mientras nos dabamos a la tarea de implementar una serie de reformas fiscales, mientras, a su vez, otras medidas estructurales ya instauradas generaban resultados.

Igualmente, y con el fin de aumentar los recaudos del fisco, aumentamos la tasa del Impuesto Sobre Ventas y Uso de un siete por ciento (7%) a un once punto cinco por ciento (11.5%) a traves de la aprobacion de la Ley 72-2015. Por otra parte, y con el fin de encontrar una solucion a uno de los problemas mas apremiantes del BGF, y que mas entorpecen su gestion como proveedor de financiamiento al ELA, aprobamos un aumento al arbitrio sobre el crudo a traves de la implementacion de la Ley 1-2015. La medida cedio estos nuevos recaudos a la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (``AFI''), y autorizo a esta a emitir bonos con el fin de utilizar el producto de la venta de dichos bonos para asumir y repagar la deuda de $2.2 mil millones de la Autoridad de Carreteras y Transportacion (``ACT'') con el BGF, y para la cual no existia una fuente de pago.

Vale la pena recalcar que la deuda de la ACT con el BGF es el resultado de practicas irresponsables del pasado - particularmente durante el periodo comprendido entre el 2009 y el 2012 - cuando el BGF otorgaba financiamientos al ELA y sus instrumentalidades, sin fuentes de repago fijas y comprometidas.

Ademas, la derogacion de la Seccion 936 dio paso a la perdida de una de las fuentes de financiamiento mas importantes para el BGF dado a que las empresas elegibles bajo la Seccion 936 tenian que mantener cierto porcentaje de sus depositos con el Banco. La conclusion de su eliminacion gradual durante un periodo de diez (10) anos resulto en una profunda trasformacion en la estructura de financiamiento del BGF. Asimismo, contribuyo a la perdida de miles de empleos en la manufactura, provocando efectos catastroficos a la economia del ELA. Consecuentemente, el BGF se vio obligado a buscar a otras fuentes de fondos para continuar proveyendo financiamiento al ELA y sus instrumentalidades. Mas aun, durante la segunda fase de la eliminacion gradual durante diez (10) anos de la Seccion 936 (2001-2006), el BGF comenzo a depender cada vez mas de un robusto programa de pagares (promissory notes) como una fuente clave de financiacion, habilitado por la excelente calificacion crediticia del BGF y del ELA. A medida que el ELA y, posteriormente, el BGF, comenzaron a experimentar las primeras degradaciones de la calificacion de su credito entre los anos 2004 y 2006, la viabilidad del programa de pagares del BGF peligro, por lo tanto, dejando a este una vez mas sin una fuente clave de financiacion para continuar ejerciendo su rol de agente financiero del ELA. Asi las cosas, en el 2006, el BGF emitio su primera serie de notas cuya cantidad entonces aumento drasticamente durante los anos 2009 al 2012. La administracion de turno durante ese cuatrienio aumento la deuda pendiente del BGF a un total de $5.6 mil millones para el 30 de junio de 2012. Para agravar el cuadro del agente fiscal, la hoja de balance del BGF durante ese periodo quedo seriamente comprometida, pues el Banco dio un sinnumero de prestamos a largo plazo - con terminos de vencimiento de mas de veinte (20) anos - mientras que las notas emitidas durante ese mismo periodo todas cuentan con vencimientos de entre cinco (5) a quince (15) anos. En otras palabras, el BGF asumio, del 2009 al 2012 una serie de obligaciones a mediano plazo, pero postergo el recibo de sus ingresos para el futuro lejano, creando un desbalance dramatico entre sus activos y pasivos.

No obstante ya la incertidumbre en los mercados, y la degradacion de varios creditos del ELA por parte de Moody's Investor Services, aumentaron drasticamente la prima de riesgo de la transaccion y provoco que los inversores que potencialmente hubieran comprado notas exigieran condiciones sumamente onerosas e irrazonables como condicion para participar de la transaccion. En fin, no obstante el repago de la deuda de la ACT con BGF hubiera fortalecido la situacion financiera y la liquidez del BGF, las condiciones del mercado no eran favorables y el ELA tomo la decision responsable de no acceder a una transaccion de financiamiento irrazonable que hubiera resultado excesivamente onerosa para Puerto Rico.

Ademas de esta y las otras medidas de recaudos implantadas, y del intento de acceder a los mercados de financiamiento, con la aprobacion de las Leyes 3-2013 y 160-2013, esta Administracion ya habia encaminado reformas estructurales comprensivas para atender los deficits actuariales historicos de los sistemas de retiro de nuestros empleados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR