Ley Núm. 105 de 2 de julio de 2015, para crear el 'Fondo de Apoyo Municipal 2015-2016' y definir sus usos; crear el 'Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016' y definir sus usos; enmendar el Artículo 13 de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 por la cantidad de cincuenta y cinco millones cuatrocientos treinta mil dólares ($55,430,000) al 'Fondo de Apoyo Municipal 2015-2016', la cantidad de treinta y un millones novecientos cuarenta y nueve mil dólares ($31,949,000) al 'Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016', y la cantidad de doce millones seiscientos veintiún mil dólares ($12,621,000) al 'Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial' creado mediante la Ley 73-2014, todas provenientes del 'Fondo de Reserva' y/o cualquier otra fuente que identifique la Corporación del Fondo de Seguro del Estado; para enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-20...

EventoLey
Fecha 2 de Julio de 2015

(P. de la C. 2487)

(Conferencia)

LEY NUM. 105

2 DE JULIO DE 2015

Para crear el “Fondo de Apoyo Municipal 2015-2016” y definir sus usos; crear el “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” y definir sus usos; enmendar el Artículo 13 de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 por la cantidad de cincuenta y cinco millones cuatrocientos treinta mil dólares ($55,430,000) al “Fondo de Apoyo Municipal 2015-2016”, la cantidad de treinta y un millones novecientos cuarenta y nueve mil dólares ($31,949,000) al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016”, y la cantidad de doce millones seiscientos veintiún mil dólares ($12,621,000) al “Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial” creado mediante la Ley 73-2014, todas provenientes del “Fondo de Reserva” y/o cualquier otra fuente que identifique la Corporación del Fondo de Seguro del Estado; para enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” por la cantidad estimada de nueve millones setecientos trece mil trescientos cuarenta y ocho dólares ($9,713,348), provenientes de las cuentas de ahorro y/o reserva de la Comisión Industrial cuyas cuentas se identifican; para enmendar la Sección 16 de la Ley Núm. 138 de 26 de junio de 1968, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial” creado mediante la Ley 73-2014 por la cantidad de cinco millones de dólares ($5,000,000), provenientes del “Fondo de Reserva” y/o cualquier otra cuenta que identifique la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles; para enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 20 de 9 de abril de 1976, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial” creado mediante la Ley 73-2014 por la cantidad de doce millones de dólares ($12,000,000) de la cuenta 0750000-238-081-1998; para enmendar el Artículo 16 de la Ley 41-2009, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Apoyo Municipal 2015-2016” por la cantidad de nueve millones de dólares ($9,000,000) de la cuenta 0140000-226-081-2012, y ochocientos mil dólares ($800,000) de la cuenta 0240000-226-081-1998, y una transferencia al “Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial” creado mediante la Ley 73-2014, por la cantidad de ciento cincuenta mil dólares ($150,000) de la cuenta 0250000-226-781-2012; para enmendar el Artículo 12 de la Ley 172-1996, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” por la cantidad de tres millones quinientos mil dólares ($3,500,000) de la cuenta 0500000-226-782-1998, y un millón de dólares ($1,000,000) de la cuenta 0240000-226-882-1998; para enmendar el Artículo 3 de la Ley 268-2003, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016”por la cantidad de cuatro millones de dólares ($4,000,000) provenientes del Fondo para la Adquisición y Conservación de Terrenos en Puerto Rico, de la cuenta 0500000-281-081-2004 o cualquier otra; para enmendar el Artículo 6 de la Ley 171-2014 para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” por la cantidad de dos millones de dólares ($2,000,000) de la cuenta 2340000-248-081-2002 o cualquier otra; para enmendar el Artículo 14 de la Ley 20-2012, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” por la cantidad de un millón de dólares ($1,000,000) de la cuenta 1190000-237-081-2012 o cualquier otra; para enmendar el inciso (d) del Artículo 417 de la Ley Núm. 60 de 18 de junio de 1963, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial” creado mediante la Ley 73-2014 por la cantidad de dos millones quinientos mil dólares ($2,500,000) de la cuenta 0750000-238-780-1998 o cualquier otra; para enmendar el inciso (e) del Artículo 12 de la Ley Núm. 136 de 3 de junio de 1976, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” por la cantidad de ochocientos mil dólares ($800,000) de la cuenta 0500000-243-881-1998; para enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 15 de 20 de julio de 1990, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” por la cantidad de seis millones de dólares ($6,000,000) de la cuenta 0240000-245-081-1998 y dos millones de dólares ($2,000,000) de la cuenta 0240000-245-882-1998 o cualquier otra; para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 47 de 4 de junio de 1982, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Apoyo Municipal 2015-2016” por la cantidad de tres millones de dólares ($3,000,000) de la cuenta 0240000-245-779-2005, o cualquier otra; para enmendar el Artículo 2.03 de la Ley 404-2000, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” por la cantidad de un millón cuatrocientos dieciocho mil setecientos cincuenta y cuatro dólares ($1,418,754) de la cuenta 0400000-253-081-2002, o cualquier otra; para enmendar el Artículo 17 de la Ley Núm. 8 de 5 de agosto de 1987, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial” creado mediante la Ley 73-2014, por la cantidad de un millón quinientos mil dólares ($1,500,000) de la cuenta 0400000-253-780-1999; para enmendar el Artículo 1 de la Ley 237-1996, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial” creado mediante la Ley 73-2014 por la cantidad de un millón de dólares ($1,000,000) de la cuenta 0550000-229-779-2004 o cualquier otra; para enmendar el inciso (q) del Artículo 23.05 de la Ley 22-2000, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial” creado mediante la Ley 73-2014 por la cantidad de un millón de dólares ($1,000,000) de la cuenta 0490000-299-792-2001 o cualquier otra; para enmendar el Artículo 8 de la Ley 74-2006, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial” creado mediante la Ley 73-2014 por la cantidad de un millón de dólares ($1,000,000) de la cuenta 0950000-297-081-2008 o cualquier otra; para enmendar el inciso (a)(2) de la Sección 3 de la Ley Núm. 52 de 11 de agosto de 1989, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” por la cantidad de dos millones setecientos mil dólares ($2,700,000) de la cuenta 0750000-238-779-1998 o cualquier otra; para enmendar el Artículo 17.03 de la Ley 164-2009, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial” creado mediante la Ley 73-2014 por la cantidad de dos millones de dólares ($2,000,000) de la cuenta 0230000-245-081-2010 o cualquier otra; para enmendar la Sección 17 de la Ley 73-2008, según enmendada, para redistribuir los porcentajes que ingresarán en el Año Fiscal 2015-2016 exclusivamente, al “Fondo Especial para el Desarrollo Económico” y las cantidades porcentuales que ingresarán al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016”; para enmendar el inciso (a)(1) del Artículo 2.2 de la Ley 83-2010, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” por la cantidad de cinco millones de dólares ($5,000,000) de la cuenta 1320000-274-081-2011 o cualquier otra; para enmendar el Artículo 29 de la Ley 53-1996, según enmendada, para proveer que en el Año Fiscal 2015-2016 se realice una transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” por la cantidad de un millón de dólares ($1,000,000) de la cuenta 0400000-253-081-1998 o cualquier otra; para ordenar la transferencia al “Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016” de un millón setecientos mil dólares ($1,700,000) de la cuenta 0820000-232-081-2010, con descripción “Presupuesto 2009-2010”, la cantidad de cinco millones ciento cincuenta y cinco mil seiscientos noventa y ocho dólares ($5,155,698) de la cuenta 1270000-245-081-2014, con descripción “Inventario Cuentas Banco”, la cantidad de tres millones de dólares ($3,000,000) de la cuenta 0710000-297-780-2000, con descripción “Cert. Necesidad y Conveniencia”; proveer el término para realizar las transferencias; proveer la autorización para realizar transferencias entre las partidas dispuestas en los fondos creados por la Ley; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La situación fiscal por la que nos encontramos...

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