Ley Núm. 118 de 14 de junio de 2012, para añadir la Sección 4030.21 a la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como 'Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico', a los fines de excluir del pago del impuesto de venta y uso las ventas y servicios ocasionales que realizan las iglesias u organizaciones religiosas para recaudar dinero para obras y mejoras permanentes a sus facilidades, actividades directamente relacionadas con su ministerio, así como subvencionar obras de caridad y ofrecer servicios que propendan al desarrollo de programas para el bienestar social; y para otros fines relacionados.

EventoLey
Fecha14 de Junio de 2012

(P. de la C. 3863)

LEY NUM. 118

14 DE JUNIO DE 2012

Para añadir la Sección 4030.21 a la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de excluir del pago del impuesto de venta y uso las ventas y servicios ocasionales que realizan las iglesias u organizaciones religiosas para recaudar dinero para obras y mejoras permanentes a sus facilidades, actividades directamente relacionadas con su ministerio, así como subvencionar obras de caridad y ofrecer servicios que propendan al desarrollo de programas para el bienestar social; y para otros fines relacionados.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Nuestra administración se ha destacado por su estrecha colaboración con las entidades sin fines de lucro, organizaciones de base de fe y las iglesias, en su gesta por atender los males que afectan a nuestra sociedad. En ese sentido, hemos sido enfáticos en brindarles al tercer sector más recursos de manera que brinden mejores servicios a nuestros ciudadanos.

En el caso que nos ocupa, las iglesias y organizaciones de base de fe han aportado enormemente a nuestra lucha contra el crimen. Por ejemplo, el año pasado el Departamento de Recreación y Deportes (DRD) organizó un torneo de baloncesto donde participaron más de tres mil (3,000) jóvenes y niños entre las edades de 8 a 18 años. Este torneo no sólo sirvió para promover la participación en el deporte, sino que a su vez, ayudó a mejorar la condición física de sus participantes y por consiguiente su salud, a la vez que ocupó su tiempo de ocio. Al mismo tiempo, las iglesias y organizaciones de base de fe aprovechaban los jóvenes participantes para promover la enseñanza de valores. Dicho de otro modo, utilizamos el deporte para reducir la incidencia criminal, mejorar la calidad de vida de nuestra juventud a la vez que se inculcaban valores que les permitían ser mejores ciudadanos.

Actualmente, las iglesias y organizaciones de base de fe colaboran estrechamente en el recogido de armas que realiza el Gobierno de Puerto Rico en virtud de la amnistía que autorizó la Ley 34-2012. Este Ley permitió la participación de las iglesias en el recogido de armas y los resultados han sido sorprendentes. Por ejemplo, en los primeros diez días de las amnistía, se recogieron ciento treinta y cinco (135) armas y diez mil ciento sesenta (10,160) municiones. Si comparamos estos resultados con la última amnistía de armas en Puerto Rico, año 2004...

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